24 Ago 2020
decreto Nº 0706: la Municipalidad de Rosario extendió la vigencia de las habilitaciones municipales
Mediante el decreto Nº 0706 la Municipalidad de Rosario extendió la vigencia de las habilitaciones municipales de locales en general con algunas excepciones específicas que se indican en la norma, cuyo texto completo adjuntamos.
La norma establece que toda habilitación comercial, industrial y de servicio a desarrollar por personas humanas o jurídicas, dentro del ejido de la ciudad de Rosario, sea ésta con o sin fines de lucro, se otorgará por el plazo de diez (10) años, previo cumplimiento de todos los requisitos previstos en la normativa vigente. En caso de incumplimiento, se le dará intervención a la Dirección General de Inspección de Industrias, Comercios y Servicios, para que proceda según corresponda en el ámbito de sus competencias.
Por otro lado dispone de manera transitoria una «Extensión Automática» gratuita a las vigentes, en los siguientes términos:
Cuando la habilitación haya sido otorgada por el plazo de cinco (5) años previsto en el artículo 24 del decreto No 234811997, artículo 15 del decreto Nº 181812014 y/o artículo 14 del Decreto Nº 1555/2019, hayan sido beneficiados o no, por las prórrogas de habilitación otorgadas por los Decretos Nº 1440/2018, 5512019 y 66312020, su vencimiento opere durante el año 2020 o en adelante y la misma se encuentre vigente, el interesado podrá solicitar una extensión automática de dicha habilitación, la que será concedida por el plazo de cinco (5) años contados a partir de su vencimiento.
Para este supuesto, el interesado podrá acceder a través de la Plataforma de Habilitaciones (PH), con clave fiscal, a la opción de «Extensión Automática», con una antelación de hasta 6 meses, previo al vencimiento de su habilitación, debiendo concluir con el trámite antes de que opere el mencionado vencimiento.
Accediendo a esta opción se verificará la presentación del correspondiente Libre Multa personal y de comercio y del Certificado de Pago de Derecho de Registro de Inspección y Tributos relacionados.
Para aquellos casos en los que el vencimiento de la habilitación se produzca dentro de los seis primeros meses de vigencia del presente Decreto, los requisitos antes citados resulten observados y el interesado no logre concluir con el trámite antes de dicho vencimiento, el sistema emitirá un permiso provisorio, el cual tendrá validez hasta cumplidos los seis meses de vigencia del presente Decreto. El mismo deberá contener la leyenda «Permiso Provisorio según Decreto 070612020».
Una vez verificados los requisitos mencionados, la plataforma habilitará la opción de impresión del Certificado por el plazo de cinco (5) años, el cual contendrá la leyenda «Habilitación otorgada por Extensión automática». Dicho certificado se extenderá con los mismos condicionamientos con los que fue otorgado oportunamente.