26 May 2021
Normativa relacionada con Restricciones Segunda ola COVID 19
Sancionadas a partir del 22 de mayo
El Gobierno de la Provincia de Santa Fe sancionó el Decreto Nro. 700/2021 y el Gobierno Municipal sancionó el Decreto Nro. 858/2021; ambos decretos se adhieren a la normativa emitida por el Poder Ejecutivo Nacional en su Decreto Nro. 34/2021 en el cual se establecen restricciones a la circulación de las personas y al desarrollo de las actividades económicas, comerciales, industriales y sociales.
El Decreto Provincial, ratifica la prohibición de circular con vehículo particular desde las 0 a las 24 hs. hasta el 30 de mayo.
Está autorizado el funcionamiento presencial de las siguientes actividades: supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de venta de alimentos, higiene personal y limpieza, farmacias (en este caso sin perjuicio del sistema de turnos de guardia), ferreterías, veterinarias y provisión de garrafas en el horario de 6 a 18 hs. El resto de los rubros se encuentran autorizados a funcionar bajo modalidad venta on line o con reparto a domicilio en el mismo horario.
Los locales gastronómicos están habilitados para funcionar bajo modalidad para llevar o con reparto. Sin comensales en el local y con dotaciones de personal mínimas.
En el caso del Decreto Municipal habilita la actividad gastronómica bajo las características antes mencionadas de la siguiente manera, modalidad para llevar hasta las 23.30 hs, con reparto a domicilio hasta las 0.30 hs.
Adjuntamos Normativa