27 Oct 2021

AFIP: Novedades

 

 

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el día 15 de enero de 2022 inclusive el plazo de inscripción en el “ Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias ”.

Ello aplica para aquellos responsables inscriptos que posean cuentas en el Registro, beneficiadas por las exenciones previstas en el artículo 10, inciso d) del Anexo del Decreto N° 380/01 o en el inciso sin número incorporado por el Decreto N° 485 del 6 de julio de 2017 al precitado artículo 10, y que encuadren, a partir del 1 de agosto de 2021, en uno de los beneficios similares establecidos por el Decreto N° 301/21.

La extensión se otorgó en virtud de la alta cantidad de solicitudes de inscripción recibidas, y a fin de poder resolverlas en tiempo y forma según detalló el organismo en la Resolución General 5089/2021 .

Por otra parte, la AFIP creó un nuevo Indicador Mínimo de Trabajadores (IMT) para los servicios postales privados que permite mejorar la capacidad de fiscalización laboral del organismo sobre la actividad. La incorporación del indicador eleva a 90 los IMT que dispone el ente recaudador para determinar la cantidad mínima de trabajadores, así como las remuneraciones correspondientes en distintas actividades y sectores.

Los IMT son un instrumento que le permite a la AFIP establecer la cantidad mínima de trabajadores y trabajadoras que deben afectarse a una actividad económica en un período determinado . La herramienta que está vigente para actividades como la construcción, call centers, frigoríficos, supermercados, estaciones de servicio, restaurantes y bares también contempla montos de las remuneraciones de las y los asalariados.

La medida, publicada a través de la Resolución General 5090/2021 , establece que el indicador para los servicios postales privados está sectorizado en 11 regiones, de acuerdo a la densidad poblacional de cada una de ellas, ya que es la variable de mayor incidencia en el servicio. Además, la normativa determina la cantidad de trabajadores necesarios para los servicios de cartas simple, certificadas o expreso, encomiendas y puerta a puerta.

 

Compartir articulo

Facebook Linkedin Twitter