29 Mar 2017
Modificaciones en la resolución “Precios Transparentes”
A dos meses de su entrada en vigencia la nueva resolución simplifica la información que debe exhibirse en los comercios.
Cuando los precios se presenten financiados en los puntos de venta deberá indicarse el precio de contado, el anticipo si lo hubiere, la cantidad de cuotas y monto de cada una.
No tendrán la obligación de exhibir el Costo Financiero Total cuando se trate de una compra financiada, ni la Tasa Efectiva Anual.
Deberán exhibir: No deberán exhibir ahora:
– Precio contado. – CFT Costo financiero total.
– Cantidad de cuotas. – TEA Tasa de interés efectiva anual.
– Monto de cada cuota.
Comercio Electrónico
Solo en las operaciones a través de comercio electrónico y publicidad por cualquier medio masivo de comunicación deberá exhibirse el costo financiero total CFT.
Sin Interés
Quienes comercialicen productos o servicios bajo la modalidad de venta financiada en cuotas no podrán incluir en sus anuncios la frase “sin interés”, cuando el costo de financiación sea trasladado al precio de venta al consumidor.
Solo en el caso que el costo de la financiación sea absorbido por el comercio o entidades financieras habilita a incluir la frase «sin interés».
Departamento de Economía
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