18 Jun 2018
Las ART tendrán la obligación de cotizar a las empresas por aplicativos de AFIP
Aquellas ART que no contesten podrán ser sancionadas, según resolución 47/2018 SRT.
El 31 de mayo, la Superintendencia de Riesgos de Trabajo emitió la resolución 47/2018. Crea el servicio por Clave fiscal “APLICATIVOS DE AYUDA A LA COTIZACIÓN”, el cual estará disponible para los empleadores en “eServicios S.R.T. – Sistema de Ventanilla Electrónica”. Establece asimismo los aplicativos “SOLICITUD ELECTRÓNICA DE COTIZACIÓN (S.E.C.)” y “CONSULTA ELECTRÓNICA DE OFERENTES (C.E.O.)”.
El aplicativo “S.E.C.” es una herramienta que permite a un empleador comunicarse fehacientemente con una A.R.T. -de su elección- a la vez, a efectos de solicitar cotización para la cobertura de los riesgos del trabajo del personal a su cargo. Las A.R.T. tendrán un plazo de CINCO (5) días hábiles para contestar, a través del mismo aplicativo, la solicitud de cotización recibida. Transcurrido el plazo mencionado sin que medie respuesta, la A.R.T. quedará automáticamente incursa en incumplimiento a lo establecido en el artículo 27, inciso 2 de la Ley N° 24.557.