22 Ene 2025
Comercios podrán mostrar precios de bienes y servicios en dólares
La Resolución 4/2025 de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía publicación en el Boletín Oficial estableció que quienes ofrezcan directamente a destinatarios finales bienes o servicios podrán exhibir los precios, además de hacerlo en pesos, en dólares estadounidenses u otra moneda extranjera.
La normativa es de carácter facultativo, es decir que no implica una obligación para comerciantes y prestadores de servicios.
Forma de exhibir el precio
- Además de ser exhibidos en pesos $, podrán exhibirse en dólares u otra moneda extranjera.
- El precio exhibido corresponderá al importe total y final que deba abonar el consumidor.
En tipografía menor:
- El importe neto sin IVA ni otros impuestos nacionales indirectos
- Acompañado de la leyenda “PRECIO SIN IMPUESTOS NACIONALES”.
Cuando los precios se exhiban financiados
- Deberá indicarse el precio de contado
- La cantidad y monto de cada cuota
- El costo financiero total efectivo anual CFT
- Queda eximido de cumplir con la tipografía menor
Servicios Internacionales
Quienes ofrezcan servicios que sean prestados desde, hacia y en el exterior, podrán exhibir y publicitar los precios en dólares estadounidenses.