22 Ene 2025

Comercios podrán mostrar precios de bienes y servicios en dólares

La Resolución 4/2025 de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía publicación en el Boletín Oficial estableció que quienes ofrezcan directamente a destinatarios finales bienes o servicios podrán exhibir los precios, además de hacerlo en pesos, en dólares estadounidenses u otra moneda extranjera.

La normativa es de carácter facultativo, es decir que no implica una obligación para comerciantes y prestadores de servicios.

Forma de exhibir el precio

  • Además de ser exhibidos en pesos $, podrán exhibirse en dólares u otra moneda extranjera.
  • El precio exhibido corresponderá al importe total y final que deba abonar el consumidor.

En tipografía menor:

  • El importe neto sin IVA ni otros impuestos nacionales indirectos
  • Acompañado de la leyenda “PRECIO SIN IMPUESTOS NACIONALES”.

Cuando los precios se exhiban financiados

  • Deberá indicarse el precio de contado
  • La cantidad y monto de cada cuota
  • El costo financiero total efectivo anual CFT
  • Queda eximido de cumplir con la tipografía menor

Servicios Internacionales

Quienes ofrezcan servicios que sean prestados desde, hacia y en el exterior, podrán exhibir y publicitar los precios en dólares estadounidenses.

Si usted es socio, acceda al informe completo, llenando el siguiente formulario.

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