12 Nov 2024
Crean el Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores
La Resolución General 5599/2024 de AFIP-ARCA dispuso la creación del Padrón PADIC en el que deberán registrarse las relaciones entre los trabajadores independientes y los colaboradores independientes.
La Ley Bases había establecido la creación de la figura del trabajador independiente con colaboradores (hasta 3), para llevar adelante un emprendimiento productivo y acogerse a un régimen especial unificado que deberá basarse en la relación autónoma, sin que exista vínculo de dependencia entre ellos ni con las personas contratantes de los servicios u obras.
Trabajadores independientes: son aquellos a cargo del emprendimiento productivo y quienes tienen a su cargo a los colaboradores.
Colaboradores independientes: son aquellos que integran el emprendimiento productivo bajo la dirección o mando del trabajador independiente.
Requisitos para la inscripción de trabajadores y colaboradores:
- Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).
- Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3 como mínimo.
- Encontrarse inscriptos como trabajadores autónomos o adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).
Cómo inscribirse en el PADIC:
- Ingresar al sitio web ARCA.
- Opción “Agregar Emprendimientos”
Informando:
- Nombre de fantasía.
- Fecha de inicio y finalización, de corresponder.
- Domicilio de desarrollo de la actividad, de corresponder.
- CUIT de los colaboradores independientes.
Los trabajadores y sus colaboradores independientes recibirán la identificación asignada al emprendimiento productivo denominada “CÓDIGO PADIC” en su respectivo Domicilio Fiscal Electrónico.
Confirmación de colaboradores
Los colaboradores independientes tendrán un plazo de 72 horas para confirmar o rechazar su participación en la opción “Aceptar o Rechazar”.
Rescisión del vínculo
Tanto los trabajadores como los colaboradores independientes podrán rescindir en cualquier momento el vínculo informándolo en el PADIC.