06 Ene 2025

Extienden el beneficio a microempresas del impuesto a los Créditos y Débitos

Mediante el decreto 1137/2024 publicado en el boletín oficial el 27/12/2024 se extiende hasta el 31 de diciembre de 2025 la posibilidad de que las microempresas puedan computar hasta un 30 % del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias efectivamente ingresado como pago a cuenta de hasta el 15 % de las contribuciones patronales.

Se extiende el beneficio para contribuciones patronales al SIPA correspondientes a remuneraciones devengadas entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025.

Asimismo, el 70% restante podrán utilizarse como pago a cuenta del impuesto a las ganancias, tal como establece el artículo 6° de la ley 27.264.

Para ejercer la opción se deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Caracterización “272 – Microempresas Ley 25300” en el Sistema Registral.
  • Cuenta bancaria, sobre la que se haya percibido el impuesto, a nombre del propio empleador.

Parámetros para categorización de MiPyMES que determinan el acceso al certificado y sus beneficios:

Descargar aquí: Decreto 1137-2024 PE

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