15 Feb 2024
MiPyMEs acceden al MLC para pagar deudas de importaciones
El BCRA estableció las siguientes disposiciones en materia de alternativas de acceso al mercado de cambios para el pago de importaciones de bienes.
ALTERNATIVAS PARA IMPORTACIONES CON REGISTRO ADUANERO ANTERIOR AL 13/12/2023
1. MiPyME con deudas declaradas por hasta USD 500.000
Cerca de 10.000 empresas, dentro de las cuales más de 5.100 son micro pymes, 3.900 pequeñas y 1.000 medianas, representando casi un 80% del universo total de MiPyMEs tendrán acceso al Mercado Libre de Cambios en los próximos 3 meses para saldar sus deudas comerciales con el exterior registradas en el Padrón de Deuda Comercial.
- Desde el 10 de febrero podrá acceder a un máximo de USD 50.000.
- Desde el 10 de marzo un adicional de hasta USD100.000.
- Desde el 10 de abril por el monto restante de la deuda.
2. Suscripción de BOPREAL
Los Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre son títulos emitidos por el Banco Central en dólares para ofrecer una solución a importadores de bienes y servicios con obligaciones pendientes de pago. Los bonos podrán ser cedidos al proveedor, esperar al vencimiento o venderlos en el mercado secundario.
3. Dólar Contado con Liquidación CCL
Se pueden pagar con dólares de operaciones de cambio por medio de la compra/venta de títulos con liquidación en dólares en el exterior, cabe aclarar que se perderá por 90 días el acceso al MLC.
4. No se permite cancelar deuda declaradas con dólares propios.
IMPORTACIONES CON REGISTRO ADUANERO A PARTIR DEL 13/12/2023
Para el pago de nuevas importaciones de bienes y servicios que cuenten con registro aduanero a partir del 13 de diciembre de 2023 se estableció un cronograma de acceso a dólares al tipo de cambio oficial.
- Pago inmediato del valor FOB – para combustibles y energía eléctrica.
- 30 días corridos – para productos Farmacéuticos, Atención de la Salud, Fertilizantes, Productos Fitosanitarios e insumos destinados a su elaboración local.
- 180 días corridos – para el pago de autos terminados y otros bienes finales.
- Para la categoría “resto de los bienes” se estableció un calendario de 4 pagos:
Accediendo a divisas para el pago de obligaciones en el exterior a los 30, 60, 90 y 120 días desde la fecha de registro de ingreso aduanero por el 25% del valor FOB en cada tramo.
– a 30 días corridos – se accede al 25% del valor FOB.
– a 60 días corridos – se accede a un 25% adicional.
– a 90 días corridos – se accede a un 25% adicional.
– a 120 días corridos – se accede al 25% restante.