15 Ago 2017

Monotributo: AFIP oficializó la implementación del servicio MOREO.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementó un sistema informático denominado Monotributo- Rectaegorización de Oficio (MOREO) mediante la Resolución General 4103-E.

La AFIP pondrá en marcha el «sistema de Monotributo-Recategorización de Oficio (Moreo)» para poder recategorizar de oficio a los contribuyentes que no hayan informado debidamente su situación fiscal.

La resolución establece que cuando la AFIP constate que un contribuyente adherido al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) no hubiera cumplido con la recategorización, o que habiéndola cumplido, la misma resulte inexacta, pondrá en conocimiento del responsable su recategorización de oficio.

Además de la ubicación de los sujetos recategorizados en el Boletín Oficial en el primer día hábil de febrero, junio y octubre de cada año se notificará al contribuyente mediante el domicilio fiscal electrónico.

La recategorización podrá ser apelada por el contribuyente dentro de los 15 días contados desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial.

El recurso de apelación deberá presentarse mediante transferencia electrónica de datos, accediendo con “Clave Fiscal” al servicio informático denominado “Monotributo – Recategorización de Oficio – (MOREO)”, opción “Presentación del recurso de apelación Art. 74 Decreto N° 1397/79” en el sitio “web” del Organismo (http://www.afip.gob.ar),

La Resolución entrará en vigencia a partir de la recategorización correspondiente al cuatrimestre mayo/agosto de 2017.

Nuevos plazos para la recategorización

Asimismo, mediante la Resolución General 4104-E la AFIP estableció un plazo excepcional para que los monotributistas efectúen su recategorización correspondiente al cuatrimestre mayo/agosto 2017 según el siguiente detalle:

Para las categorías F,G,H,I,J y K el vencimiento será el 20 de septiembre de 2017, para las D y E el 20 de octubre de 2017, las B y C el 20 de noviembre de 2017 y la A el 20 de diciembre de 2017.

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Resolucion-General-4103-E


 

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