El Senado de la Nación aprobó en su última sesión ordinaria el proyecto de actualización de haberes previsionales e incluyó para su financiamiento la eliminación de las exenciones impositivas para los aportantes de las Sociedades de Garantías Recíprocas (SGR).
El 35% del stock de préstamos bancarios dirigidos al segmento Pyme se encuentra garantizado por SGR, mientras que el costo fiscal anual de la desgravación impositiva se estima en u$s 135 millones según datos de la Cámara de Sociedades y Fondos de Garantías (Casfog).
Aspectos financieros de una SGR
- Socios Partícipes
Son las Pymes, sean personas humanas o jurídicas, que reciben las garantías otorgadas por la SGR.
Las Pymes abonan una comisión a la SGR por el aval.
Para obtener un aval una Pyme debe presentar la documentación correspondiente y la SGR realizará una evaluación crediticia. Luego, la SGR presenta el aval ante el banco, que analiza la solicitud y otorga el crédito.
- Socios Protectores
Son personas humanas o jurídicas, como grandes empresas, instituciones financieras o el Estado que realizan aportes de capital al Fondo de Riesgo de la SGR.
- La condición es que el aporte cumpla con el plazo mínimo de permanencia de 2 años.
- Si se retira el aporte antes de transcurrido los 2 años se pierde el beneficio de desgravación debiendo devolverse el impuesto no pagado, con más sus intereses y multas.
- Las SGR cobran comisiones al inversor por recibir el aporte, de mantenimiento anual, etc.
- Las SGR invierten durante los 2 años de plazo, los fondos recibidos en una cartera de inversión en títulos públicos y demás títulos valores de renta fija y variable.
- Si la SGR tiene que hacerse cargo de algún aval de alguna Pyme, lo solventará con los aportes recibidos.
Beneficios impositivos a las SGR que elimina la nueva ley
Quien realice un aporte de dinero a una SGR y lo mantiene por 2 años sin retirarlo, podrá deducir un importe equivalente al monto aportado, de la base imponible del impuesto a las ganancias.
Por ejemplo, supongamos que si se estima que al 31 de diciembre de 2025 la renta neta de todos los gastos y deducciones que la ley del impuesto a las ganancias permite será de $ 100.000 y se realiza dicha inversión de $ 100.000 en una SGR, entonces, su resultado imponible pasará a ser cero y por ende su impuesto resultará ser cero.
Ademas de evitar pagar impuesto en el año de la inversión, también se reduce la base de cálculo de anticipos a ingresar a cuenta del año fiscal siguiente.