AFIP: Novedades

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General 5157/2022  estableció una prórroga para que los contribuyentes puedan acceder a los beneficios previstos en la Ley de Alivio Fiscal. Dicha Ley tenía por objeto acompañar a los contribuyentes en el proceso de recuperación económica.

 

  • Condonación de deudas : El nuevo plazo para acceder al perdón fiscal vence el próximo 16 de marzo . La condonación de deudas pueden solicitarla entidades y organizaciones sin fines de lucro como clubes de barrio, cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones comunitarias. También abarca deudas inferiores a $100.000 de monotributistas y otros pequeños contribuyentes, y de micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado MiPME.
  • Moratoria: La adhesión al plan de regularización está habilitada hasta el 31 de marzo . La primera cuota vencerá el 16 de abril y las subsiguientes los días 16 de cada mes. El plan de facilidades de pago permite solicitar el beneficio por deudas impositivas, aduaneras o de la seguridad social, incluidos intereses, multas y demás sanciones firmes relacionadas, vencidas al 31 de agosto de 2021. Por otra parte, los deudores en concurso preventivo podrán adherirse a la moratoria hasta el 31 de marzo.
  • Contribuyentes cumplidores: Los contribuyentes cumplidores tendrán tiempo hasta el 31 de marzo para acceder a los distintos beneficios establecidos en la ley de alivio fiscal. Los monotributistas podrán acceder a la eximición del componente impositivo del pago mensual que se efectuará a partir del período fiscal mayo de 2022.

Por otro lado, en el marco de la emergencia ígnea la AFIP resolvió establecer para las localidades o departamentos afectados un plazo especial para la presentación de declaraciones juradas, el pago de obligaciones y otros beneficios. La norma fue publicada en la RG 5158/2022 .

Primer encuentro de Comisión de Industria del Año 2022.

Exportaciones, Tarifas Energéticas, Acceso a Insumos e Infraestructura industrial, fueron los temas trabajados.

El martes 22 de febrero se encontraron Industriales de Federación Gremial en la reunión mensual de la Comisión de Industria. La Comisión es una unidad de gestión específica de la Federación Gremial del Comercio e Industria especializada en abordar temas de interés para el mejor desarrollo del Sector Fabril.

En esta oportunidad se diseñaron acciones para comunicar los Programas que tiene disponible la Provincia de Santa Fe y la Nación para el acceso de las Pymes        al comercio exterior; también para relevar y compilar información disponible sobre suelo con afectación industrial específica y superponerlo con el acceso a los servicios públicos y privados disponibles para el desarrollo de localizaciones de empresas. Se analizaron la evolución y perspectivas de las tarifas energéticas y la necesidad de encarar planes y programas de eficiencia energética  en las industrias de Santa Fe. Finalmente, se relevará el faltante de insumos para la producción y cómo esta situación afecta el desenvolvimiento de las cadenas productivas.

Te interesa la info?, querés participar de la Comisión? Completá tus datos en este link y nos comunicaremos!

 

 

Programa REPRO II

 

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación estableció el plazo de inscripción para el Programa REPRO II entre los días 21 y 27 de febrero inclusive.

Asimismo, se aplicarán los siguientes criterios de preselección , respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Programa:

– Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP): enero de 2019 y enero de 2022.

– Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.

– Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: enero de 2022.

– Corte de actualización de bajas de nómina: 20 de febrero inclusive.

– Corte de actualización CBU: 20 de febrero inclusive.

 

En relación al “Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos” , el plazo de inscripción es el mismo mencionado anteriormente y los criterios de preselección son los siguientes:

– Presentar una reducción de la facturación superior al TREINTA POR CIENTO (30%) en términos reales, para el periodo comprendido entre enero de 2019 y enero 2022.

– Periodo de referencia de pagos a acreditar:

• Autónomos: de 06/2021 hasta 12/2021

• Monotributo: de 7/2021 hasta 1/2022

-Corte de pago Monotributistas: pagos hasta el 21 de enero inclusive.

 

Por último, para el Programa de Asistencia Extraordinaria al Sector Hotelero en Zonas y Localidades Turísticas Afectadas , el plazo de inscripción también es entre los días 24 y 30 de enero inclusive bajo los siguientes criterios de preselección :

– Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP): enero de 2019 y enero de 2022.

– Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.

– Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: enero 2022.

– Corte para la actualización en el SISTEMA SIMPLIFICACIÓN REGISTRAL (AFIP) del domicilio del sujeto empleador (domicilio de explotación) en el que la trabajadora o el trabajador desarrolla la actividad laboral: al 20 de febrero inclusive.

– Corte de actualización CBU: 20 de febrero inclusive.

La medida fue publicada mediante la Resolución 113/2022 .

 

Herramientas financieras para MiPyMEs

El Ministerio de Desarrollo Productivo amplió las herramientas del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) que tienen por objeto la promoción y facilitación en el acceso al financiamiento de las micro, pequeñas y medianas empresas, mediante la incorporación de líneas para el otorgamiento de garantías, fomentar operaciones de leasing, establecer mecanismos de préstamos para otorgar microcréditos y la posibilidad de conformar Fondos de Afectación Específicas (FAE) con las provincias para otorgar beneficios para las MiPyMEs que realicen actividades productivas en su región.

La medida fue publicada mediante la Resolución 73/2022 .

AFIP: Modificaciones en los vencimientos de febrero

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso de forma excepcional modificaciones en el calendario de vencimientos para la determinación y/o ingreso de las obligaciones tributarias cuyo vencimiento original operaba entre el 24 y el 25 de febrero.

La Resolución General N°5147/2022 establece que el próximo 23 de febrero será la nueva fecha de vencimiento de los siguientes impuestos:

Impuesto al valor agregado

Terminación de CUIT Fecha de vencimiento
 

Régimen general : Presentación de DDJJ e ingreso de saldo correspondiente al período fiscal enero 2022

            8 – 9         23/02/2022
 

Micro y pequeñas empresas : Ingreso diferido del saldo resultante de la DJ del período fiscal noviembre de 2021 y presentación de la DJ correspondiente al período fiscal enero de 2022

            8 – 9         23/02/2022
 

Actividad agropecuaria : Presentación de la DJ del período fiscal enero de 2022 e ingreso anual del impuesto correspondiente a ejercicios con cierre en enero de 2022

            8 – 9         23/02/2022
Impuesto PAIS     Fecha de vencimiento
Vencimiento del ingreso de las percepciones practicadas entre los días 16 y 22 de febrero de 2022, ambas fechas inclusive           23/02/2022

 

Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y Dióxido de Carbono      Fecha de vencimiento
Régimen de anticipos            23/02/2022

 

Impuesto sobre Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias       Fecha de      vencimiento
Vencimiento del plazo para el ingreso de las sumas percibidas y/o del importe correspondiente al impuesto propio devengado, correspondientes al período comprendido entre los días 16 y 22 de febrero de 2022, ambas fechas inclusive          23/02/2022
Impuesto a las Entradas de Espectáculos Cinematográficos      Fecha de        vencimiento
Ingreso del gravamen correspondiente a las localidades o boletos entregados entre los días 16 y 22 de febrero de 2022, ambas fechas inclusive              23/02/2022

 

 

 

 

Santa Fe + Conectada, oportunidad de Negocios y Desarrollo Tecnológico para empresas locales

Atendiendo la preocupación de empresas del sector de infraestructura tecnológica sobre cómo potenciar la participación de proveedores locales, elevada al Sr. Gobernador Omar Perotti, es que FECOI y CEIL lo invitan a sumarse a la lista de empresas que será presentada a las autoridades que llevan adelante la ejecución de la Red.

Para incluir los datos de su empresa, complete el siguiente formulario haciendo click AQUI

Se detallan a continuación algunas de las capacidades necesarias a cubrir en futuras etapas:

  • Tendido de FO (ADSS) aérea sobre infraestructura de energía de baja, media y alta tensión
  • Tendido de FO soterrada soplada por tritubo
  • Diseño e instalación de nodos de Radio Enlace
  • Red de Transporte DWDM / MPLS
  • Provisión e instalación de Shelters
  • Monitoreo de Redes DWDM

 

Quedamos a disposición para trasladar las inquietudes que surjan.

“La inflación ya arrancó mal en enero. Además, la negociación de abril se consume todo el mes”

Sin expectativas, Edgardo Moschitta, presidente de FECOI, habla sobre los acuerdos salariales que pretende alcanzar el gobierno entre empresarios y gremios

Mientras el gobierno de la nación espera el momento para retomar su “agenda antiinflación”, la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) emitió hoy un comunicado en el que anunció la actualización de la paritaria de Comercio 2021. Según informó, se acordó un incremento salarial del 13% sobre las escalas de remuneraciones básicas preexistentes.

De acuerdo con lo mencionado por la CAC, el aumento del 13% se abonará en forma de asignación no remunerativa, en su valor nominal y no acumulativamente, en dos tramos consecutivos: 3% en febrero, más el 8% ya pactado en el acuerdo de la paritaria vigente, y 10% en marzo. Ambos aumentos mantendrán su carácter no remunerativo hasta abril de 2022, momento en el que se incorporarán a los nuevos básicos de convenio por su valor nominal.

Edgardo Mochitta, presidente de la Federación Gremial de Comercio e Industria (FECOI), explicó los motivos del ajuste: “En abril de 2021 se firmó un acuerdo en el que se preveían cuatro aumentos no acumulativos del 8%. Sin embargo, como la inflación se aceleró en agosto, se optó por firmar un bono de 4 mil pesos y un 9% adicional en noviembre. En enero, teníamos que revisar estos números y se llegó a este nuevo acuerdo del 13%”.

No obstante, todavía resta ver qué camino se seguirá de cara a la paritaria 2022, a firmarse en abril de este año. De momento, las expectativas están puestas en el regreso del presidente Alberto Fernández de su gira por Rusia, China y Barbados.

La gran incógnita será la pauta de inflación. Algunos gremios ya adelantaron que no están dispuestos a repetir el esquema de 2021, cuando se negoció en torno al 29%. El Ejecutivo ya falló en su intento de fijar una pauta del 33% en el Presupuesto 2022, además, ya tuvo un duro arranque de año con una inflación que rondará el 4,5% para enero, con un aumento especialmente alto en el rubro Alimentos (5%).

Moschitta indicó que “nadie tiene expectativas”. En este sentido, argumentó: “Todavía tienen que pasar muchas cosas de acá a abril. La inflación ya arrancó mal en enero y no sabemos qué ocurrirá en febrero. Además, la negociación de abril se consume todo el mes”.

Sin embargo, aclaró que lo más probable es que “en el convenio 2022 se haga lo mismo que en el 2021”, es decir, una paritaria sujeta a revisiones según el avance de la inflación. Por otro lado, no descartó la inferencia de las políticas que adopte el Ministerio de Trabajo o de Economía. Un informe elaborado por Cronista destacó al respecto el impacto del nuevo acuerdo con el FMI, el cual implica reducir drásticamente la emisión monetaria y bajar los subsidios que rigen sobre la energía.

Finalmente, Moschitta comentó que todavía no se encuentran elaboradas las planillas para saber cuáles serán los montos finales para las distintas categorías de Empleados de Comercios. Sin embargo, adelantó que estarán disponibles en los próximos días.

 

Fuente: On 24

Se extendió el Programa Ahora 12

 

El Gobierno Nacional, a través de la Resolución 34/2022 de la Secretaria de Comercio Interior, extendió hasta el día 30 de junio de 2022 el Programa Ahora 12, siendo su plazo prorrogable.

La renovación mantiene todos los rubros previos, pero, según se señaló en los considerandos de la norma, ante la baja incidencia en la utilización de financiamiento para la adquisición de bienes y servicios en 30 cuotas fijas se eliminó tal financiación en rubros seleccionados.

Además, se incrementaron los topes para operaciones de compra que impliquen motos cuyo precio final no sea superior a $ 300.000 y también de anteojos y lentes de contacto recetados cuyo precio final no sea superior a $20.000.

Mediante esta renovación, se continúan ofreciendo los planes de financiación hasta en 24 cuotas con tasas de interés subsidiadas en productos de línea blanca que incluyen calefones, heladeras, congeladores, freezers, aires acondicionados, climatizadores de aire y/o ventilación, lavavajillas, lavarropas y secarropas, cocinas, hornos, anafes, calefactores, estufas y termotanques.

También, las 24 cuotas se pueden encontrar en muebles para el hogar; bicicletas; colchones; neumáticos; accesorios y repuestos automotores; computadoras, notebooks y tablets (de fabricación nacional); televisores y monitores; pequeños electrodomésticos; y materiales y herramientas para la construcción como arena, cemento, cal, yeso, ladrillos, hierro, chapa, aberturas, maderas, cerámicos, sanitarios, caños, tuberías, grifería, membranas, tejas, pintura, vidrios, herrajes y pisos de madera.

El rubro de elementos durables de cocina, que comprende productos como ollas, cacerolas, sartenes y planchas – todos de aluminio – se mantiene en el plan de 12 cuotas, al igual que los rubros de indumentaria y calzado, mientras que las bicicletas (inclusive eléctricas) continúan en los planes de 3, 6 y 24 cuotas. En el caso de los juguetes y juegos de mesa de fabricación nacional, los planes son de 3, 6, 12 y 18 cuotas.

Todos los productos y servicios de todas las modalidades de financiación -3, 6, 12, 18 y 24 cuotas- se pueden adquirir mediante compra online y en los locales adheridos de todo el país, los 7 días de la semana, con todas las tarjetas de crédito con las que se encuentre adherido el comercio.

 

Tasas del Programa para comerciantes

Las tasas máximas de descuento directo que los emisores bancarios pueden aplicarle al comercio, a cobrar en un plazo de 10 días hábiles de realizada la venta para cada plan de financiamiento son:

3 cuotas: 3,82%

6 cuotas: 7,36%

12 cuotas: 13,94%

18 cuotas: 22,54%

24 cuotas: 28,46%

 

Ahora 3

  • 3,82% es la tasa máxima de descuento directo que los emisores bancarios pueden aplicarle al comercio, a cobrar en un plazo de 10 días las ventas realizadas con la modalidad 3 cuotas.
  • Factor máximo a aplicar sobre el precio de contado sin incluir IVA de los intereses 1,0397.

Ahora 6

  • 7,36% es la tasa máxima de descuento directo que los emisores bancarios pueden aplicarle al comercio, a cobrar en un plazo de 10 días las ventas realizadas con la modalidad 6 cuotas.
  • Factor máximo a aplicar sobre el precio de contado sin incluir IVA de los intereses 1,0795.

Ahora 12

  • 13,94% es la tasa máxima de descuento directo que los emisores bancarios pueden aplicarle al comercio, a cobrar en un plazo de 10 días las ventas realizadas con la modalidad 12 cuotas.
  • Factor máximo a aplicar sobre el precio de contado sin incluir IVA de los intereses 1,1619.

Ahora 18

  • 22,54% es la tasa máxima de descuento directo que los emisores bancarios pueden aplicarle al comercio, a cobrar en un plazo de 10 días las ventas realizadas con la modalidad 18 cuotas.
  • Factor máximo a aplicar sobre el precio de contado sin incluir IVA de los intereses 1,2910

Ahora 24

  • 28,46% es la tasa máxima de descuento directo que los emisores bancarios pueden aplicar al comercio, a cobrar en un plazo de 10 días las ventas realizadas con la modalidad 24 cuotas.
  • Factor máximo a aplicar sobre el precio de contado sin incluir IVA de los intereses 1,3979

 

Para mayor información, podrá consultar el siguiente enlace .

Nuevas disposiciones laborales- Covid

Informamos a Uds. las nuevas disposiciones que rigen recientemente con relación a las conductas a adoptar en el aspecto laboral frente a contagios de COVID19, contactos estrechos y otras situaciones vinculadas:

 

Si presenta síntomas:

  • Debe aislarse y comunicarse con su sistema médico o con el 0800 correspondiente a cada región dependiente de la autoridad sanitaria de la jurisdicción.
  • Las inasistencias se deberán justificar con el correspondiente certificado médico que se le expedirá a cada enfermo, dicho certificado deber contar con el día del inicio del aislamiento y el día que debe volver a presentarse a trabajar.

 

Es de suma importancia reforzar las medidas de cuidado y prevención que tenemos a nuestro alcance.

  • respetar las normativas vigentes en la empresa
  • respetar el distanciamiento
  • usar MASCARILLAS
  • limpiarse frecuentemente las manos con alcohol o jabón

 

DEFINICIONES:

 

Contacto estrecho:

  • toda persona que esté en contacto con un caso confirmado o sospechoso por más de 15 minutos sin barbijos y a menos de 2 metros.

 

Contacto estrecho que deberá guardar aislamiento:

  • quién no haya recibido las dos dosis de vacuna más el refuerzo o tercera dosis;
  • a quién la segunda dosis de la vacuna se le haya aplicado más de cinco meses a fecha del contacto;
  • quién NO haya recibido ninguna dosis de vacuna.

 

Contacto estrecho que NO deberá guardar aislamiento

  • quién posea 2 dosis de vacuna más refuerzo o tercera dosis;
  • quién posea 2 dosis de vacuna y la última se haya aplicado no más allá de cinco meses;
  • quién posea 2 dosis de vacuna y la última se haya aplicado más allá de cinco meses de aplicación PERO que haya tenido COVID en los últimos 90 días.

 

Siempre debe cumplirse con las medidas de cuidado de manera estricta (uso adecuado de barbijo, distanciamiento social, limpieza de manos, ambientes ventilados), se realicen control diario de síntomas y se evite concurrir a eventos sociales o masivos por 10 días.

 

Hisopados:

 

Deben hisoparse:

  • las embarazadas;
  • los mayores de 60;
  • las personas con comorbilidades;

 

No deben hisoparse:

  • quienes no cumplan con los TRES criterios anteriores;
  • quienes por criterio epidemiológico sean considerados POSITIVOS;
  • quienes sean contacto estrecho de un positivo y posean síntomas.

 

Programa REPRO II: Inscripción y criterios de preselección

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación estableció el plazo de inscripción para el Programa REPRO II entre los días 24 y 30 de enero inclusive.

Asimismo, se aplicarán los siguientes criterios de preselección , respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Programa:

– Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP): diciembre de 2019 y diciembre de 2021.

– Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.

– Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: noviembre de 2021.

– Corte de actualización de bajas de nómina: 21 de enero inclusive.

– Corte de actualización CBU: 21 de enero inclusive.

 

En relación al “Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos” , el plazo de inscripción es el mismo mencionado anteriormente y los criterios de preselección son los siguientes:

– Presentar una reducción de la facturación superior al TREINTA POR CIENTO (30%) en términos reales, para el periodo comprendido entre diciembre de 2019 y diciembre 2021.

– Periodo de referencia de pagos a acreditar:

• Autónomos: de 05/2021 hasta 11/2021

• Monotributo: de 6/2021 hasta 12/2021

-Corte de pago Monotributistas: pagos hasta el 21 de enero inclusive.

 

Por último, para el Programa de Asistencia Extraordinaria al Sector Hotelero en Zonas y Localidades Turísticas Afectadas , el plazo de inscripción también es entre los días 24 y 30 de enero inclusive bajo los siguientes criterios de preselección :

– Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP): diciembre de 2019 y diciembre de 2021.

– Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.

– Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: noviembre 2021.

– Corte para la actualización en el SISTEMA SIMPLIFICACIÓN REGISTRAL (AFIP) del domicilio del sujeto empleador (domicilio de explotación) en el que la trabajadora o el trabajador desarrolla la actividad laboral: al 30 de enero inclusive.

– Corte de actualización CBU: 21 de enero inclusive.

 

La medida fue publicada mediante la Resolución 49/2022 .

90 puestos de venta callejera en el centro de Rosario

Según el último informe de venta callejera elaborado por el Departamento de Economía de FECOI se detectaron en diciembre 90 puestos de venta ambulante dispuestos en calles céntricas de la ciudad.

El relevamiento trimestral del mes de diciembre identificó 90 puestos de venta de mercadería en la vía pública dentro de un perímetro de 27 cuadras del microcentro, incluyendo las peatonales. Esto representó un aumento del 36% en relación a la observación del primer trimestre del año realizada en el mes de marzo de 66 puestos.

 

Fuente: Informe de Venta Callejera FECOI

 

El aumento de la venta callejera evidencia un vínculo con la flexibilización de las restricciones a la circulación y los horarios comerciales a lo largo del año, sin embargo, el registro actual aún se ubica por debajo del nivel pre pandemia cuando la observación de febrero de 2020 fue de 92 puestos.

El informe agrega que el área de mayor incidencia en el total continúa siendo calle San Luis, donde se observa el 46% de los puestos relevados ubicados sobre esta vía, seguido por calle San Martín con el 26% del total, Córdoba el 20%, y Rioja solo con el 8%.

 

Fuente: Informe de Venta Callejera FECOI

 

En cuanto a la ubicación de los puestos en los espacios públicos de la ciudad, las calles con mayor concentración de economía urbana informal fueron San Luis desde altura 800 al 1700 con 41 puestos, seguido por calle San Martin desde altura 700 al 1100 con 23 puestos, calle Córdoba desde altura 800 al 1400 con 19 puestos y Rioja desde 900 al 1300 registrando 7 puestos.

 

Fuente: Informe de Venta Callejera FECOI

 

En relación a los rubros registrados en cada puesto, las categorías más comercializadas según el sondeo fueron Indumentaria, Calzados, Alimentos, Bebidas y Juguetería, seguido por Artesanías, Óptica, Relojería, Joyería y, por último, Accesorios para Celulares, Vivero y Florería.