Nuevas normativas según Decreto Provincial 447/21 | 2da. Ola COVID 19

Decreto Provincial 447/21 Restricciones 2da. Ola COVID 19

Restricciones a la actividad comercial para el Departamento Rosario y San Lorenzo.

El 02 de mayo de 2021, el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, emitió el Decreto 447/21 en el cual se disponen nuevas restricciones ante el aumento de casos de COVID 19. En el mensaje grabado por el Gobernador Omar Perotti, se aclaró que algunas de las disposiciones rigen por 7 días para los departamentos de Rosario y San Lorenzo exclusivamente, debido a que son los únicos que se encuentran en Alarma Sanitaria.

Extiende hasta el 21 de mayo las restricciones establecidas por el Decreto Provincial 386/21. Adiciona que los Bares y Restaurantes podrán trabajar hasta las 23 hs., con entrada de los comensales hasta las 22 hs. para toda la provincia de Santa Fe. En especial para los Departamentos Rosario y San Lorenzo y por el término de 7 días, los bares y restaurantes deberán cerrar a las 19 hs. El resto del Horario podrán trabajarlo con la modalidad “para llevar” o “con entrega”.

Queda especificado que en todo el territorio de la Provincia el Comercio por Mayor y Menor tiene horario de cierre 19 hs. y aquellos que comercialicen productos alimenticios hasta las 20 hs. Se reduce la capacidad de recepción de público dentro del local al 30%.

No se podrá circular en coche particular o moto desde las 20:00 hs hasta las 06:00 hs.

Se prorrogan todos los permisos y habilitaciones que emita la Provincia hasta el 31 de julio de 2021.

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA:

D044721C

Se firmó la paritaria de Comercio

 

Se acordó un incremento salarial a abonarse en 4 tramos no remunerativos y no acumulativos de 8% cada uno.
La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), suscribieron el nuevo acuerdo paritario 2021 para la actividad mercantil. Las partes pactaron un incremento salarial del 32% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT N° 130/75 a cuyo efecto se tomará como base de cálculo los valores expresados para el mes de mayo de 2021. 

El mencionado incremento del 32% se abonará en forma de asignación no remunerativa (Art. 6 Ley 24.241), en su valor nominal y no acumulativamente, y en cuatro tramos: 8% en mayo, 8% en septiembre, 8% en enero de 2022, y 8% en febrero de 2022.

Los incrementos de los meses de mayo y septiembre mantendrán su carácter de no remunerativo hasta el mes de enero de 2022, momento en que se incorporan a los nuevos básicos de convenio. Asimismo, los incrementos de los meses de enero de 2022 y febrero de 2022 se incorporan a los básicos en el mes de abril de 2022.

Es importante destacar que los incrementos acordados no tienen impacto sobre los adicionales del CCT 130/75 mientras mantengan su condición de no remunerativos y, por tanto, no se aplicará ningún equivalente hasta su incorporación, a saber: presentismo, antigüedad, cajero, armado de vidrieras, chofer y ayudante de chofer. Tampoco computarán para el cálculo del sueldo anual complementario. 

Lo pactado tiene vigencia desde el 1° de abril de 2021 y hasta el 31 de marzo de 2022, sin perjuicio de lo cual las partes se comprometieron a reunirse en el mes de enero de 2022 para analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido.   

Se aclara que los incrementos del presente acuerdo no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Rio Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.

Asimismo, se informa que dentro del marco de la emergencia sanitaria decretada por Ley 27.541, y en especial atención a la situación en que se encuentra nuestro país con motivo de la pandemia COVID-19, las partes signatarias acordaron una Contribución patronal solidaria, excepcional y extraordinaria, por única vez y exclusivamente por el plazo de vigencia del acuerdo en cuestión, equivalente a la suma de $ 300 mensuales, por cada trabajador comprendido en el CCT 130/75, y siempre que el trabajador mantenga contrato vigente.

Por último, se resolvió prorrogar en idénticos términos y condiciones, para los meses de abril, mayo y junio de 2021, el Convenio de Emergencia por suspensión de actividades para el sostenimiento de los puestos de trabajo y la actividad productiva.

Reunión de Entidades Empresariales con el ministro de Economía

 

Federación Gremial participó del encuentro con el ministro de Economía de Santa Fe, Walter Agosto, junto a representantes del gobierno provincial y miembros de 10 entidades empresarias con el objeto de revisar la Ley Impositiva Anual y el Régimen de Estabilidad Fiscal para Pymes

 

El ministro de Economía de la provincia reflexionó sobre la preocupación que genera la presión impositiva en la actual coyuntura macroeconómica recesiva, para lo cual, propuso la conformación de comisiones específicas de trabajo en el marco de la Mesa de Análisis Tributaria prevista por ley, de esta manera los distintos sectores podrán elaborar una agenda de temas a tratar en las reuniones previas a la presentación de la próxima Ley Impositiva Anual.

 

Asimismo, el funcionario expresó la intención de prorrogar para el próximo año la vigencia de la Ley de Estabilidad Fiscal para todos los sectores, por la cual, las pymes comerciales e industriales no podrán ver incrementada su carga tributaria en Ingresos Brutos en el ámbito provincial.

 

Además, en el marco de la reunión fueron planteados otros ejes como las demoras en la obtención de Certificados de no retención, la digitalización de los procedimientos de emisión de certificados y la acumulación de saldos a favor en otras provincias. Sobre ello, el secretario de Finanzas e Ingresos Públicos, Jorge Simón, manifestó el compromiso de analizar en detalle los casos que presenten las entidades e informó que se está gestionando un sistema de compensaciones de retenciones entre las distintas provincias y la reutilización de los saldos a favor.

 

Al mismo tiempo, el Ministerio evalúa retomar las discusiones sobre fin de año por el Consenso Fiscal firmado a fines de 2017 entre el Estado nacional y las provincias actualmente suspendido. También se informó que la creación de un Tribunal Fiscal de Santa Fe es un tema en análisis, pero por el momento no se considera necesaria su creación.

 

Agenda de temas:

  1. Comisión de Análisis Tributario
  2. La acumulación de saldos a favor
  3. La emisión de Certificados de no retención.
  4. Consenso Fiscal
  5. Estabilidad Fiscal
  6. Retenciones en otras jurisdicciones
  7. Impuesto Inmobiliario
  8. Factor de Convergencia
  9. Tribunal Fiscal de Santa Fe

 

Asistentes:

Por el Gobierno

Walter Agosto Ministro de Economía

Jorge Simón Secretario de Finanzas e Ingresos Públicos

Martín Avalos Administrador Provincial de Impuestos

 

Entidades Empresariales

Beltrán López ADEESSA

Mario Acoroni BCR

Enrique Lingua BCR

Carlos Sansevich BCSF

Pablo Nasar CAMARCO Delegación Rosario

Ruben Llenas CAMARCO Delegación Rosario

Ricardo Gagliardi CAMARCO Delegación Santa Fe

Fernando Bonardi CARSFE

Mariana Massat CARSFE

Adalberto Saperdi CONINAGRO

Leandro Aglieri FECECO

Gabriel Pogliani FECOI

Gabriela Tozzini FISFE

Maximiliano Ferraro Coordinador

 

 

 

 

 

 

Nuevos horarios de Comercio (2da. Ola COVID)

Decreto Municipal 620/21

El intendente de la ciudad de Rosario, Dr. Pablo Javkin, promulgó el Decreto 620/21 que establece horarios de apertura y cierre de Comercio, en virtud de la segunda ola de contagios de COVID 19. Así establece los siguientes horarios de apertura y cierre:

– Locales comerciales céntricos no esenciales: de lunes a viernes en el horario de 10 a 19 horas y los días sábados de 09 a 19 horas.

– Los centros comerciales, paseos comerciales o shoppings y demás establecimientos comprendidos en el artículo 2° inciso e) apartado 4. de la Ley N° 12069: en el horario de 11.30 a 19.30 horas.

– Comercios de venta de productos alimenticios: de 08 a 20 horas.

Texto Completo de la Norma:

dec0620

Restricciones 2da. Ola de COVID 19 – Provincia de Santa Fe.

Decreto Provincial 386/21

El Gobernador de la Provincia de Santa Fe, en función del aumento de casos de contagio de Covid 19 de la Provincia, estableció las siguientes suspensiones a las actividades productivas que se aplicarán desde el 23 de abril hasta el 2 de mayo:

– Actividad hípica en hipódromos;

– Actividad de salas y complejos cinematográficos,

– Cines, bares, restaurantes, patios de comidas y espacios de juegos infantiles ubicados en centros comerciales, paseos comerciales y shoppings.

-Además se suspenden las Asambleas y actos eleccionarios de Cámaras Empresarias, Asociaciones Civiles y similares que se realicen de manera presencial.

– Se limita el Horario de atención de Comercio Mayorista y Minorista con atención en el local hasta las 19 hs., en el caso de Comercio de Alimentos hasta las 20 hs.

-Se restringe la circulación en coche particular a partir de las 21:00 hs. hasta las 6:00 hs.

Respecto de Bares y restaurantes se mantiene la restricción de ingreso de Público hasta las 23:00 hs. y de retiro hasta las 24:00 hs. La capacidad se encuentra limitada al 30% del total. Los Salones de Eventos no podrán realizar encuentros de más de 100 personas.

Texto Completo de la Norma:

2021-04-21NID_270739O_2

Criptomonedas

Día: 04/05/21

Hora: 16 hs.

Link de Inscripción 

A pesar de que las criptomonedas surgieron en el año 2009, todavía mucha gente no sabe detalladamente qué son.

Para empezar las criptomonedas -conocidas también como bitcoins- son un medio de pago intangible y descentralizado alternativo al dinero tradicional. Es decir, a través de estas monedas virtuales podemos realizar operaciones utilizando un cifrado digital, que lo dota de seguridad, sin necesidad de intermediarios.

 

¿En qué se diferencian de las monedas tradicionales?

Las criptomonedas no se materializan en papel o en tarjetas de crédito. En este caso, el dinero se encuentra en carteras virtuales protegidas mediante una cadena de bloques, o base de datos, que recibe el nombre de Blockchain. En estas carteras, también llamadas wallet, se registran todas las operaciones realizadas por cualquier persona que tenga una criptomoneda.

¿Para qué sirven las criptomonedas?

 

Las criptomonedas siguen siendo monedas, pero digitales. Esto quiere decir que tienen el mismo uso que cualquier otra moneda física. Así, podemos realizar pagos entre personas. De hecho, empresas como Microsoft, Destinia, WordPress, entre muchas otras,  ya permiten comprar con bitcoins, u otras criptomonedas, en sus páginas webs.

“Las criptomonedas, en especial Bitcoin, son emocionantes porque demuestran lo barato que puede ser mover valor a cualquier parte del mundo. Bitcoin es mejor que las monedas tradicionales en el sentido de que no tienes que estar físicamente en el mismo lugar y, por supuesto, para grandes transacciones, las monedas tradicionales pueden resultar bastante inconvenientes”. Bill Gates, cofundador de Microsoft”

 

Contenido:

 

  • ¿Qué son las Criptomonedas?
  • ¿Qué es un Bitcoin
  • Historia del Bitcoin
  • Ventajas y desventajas de invertir
  • Criptomonedas en la era digital

E-commerce. Venta en plataformas digitales

Día: 07/07/21

Hora: 16 hs.

Link de Inscripción 

El crecimiento del comercio electrónico es, sin duda, una buena noticia no solo para los proveedores que pueden vender sus productos en todas las partes del mundo, sino también para los consumidores que, sin necesidad de desplazarse a las instalaciones de sus proveedores, pueden adquirir todo tipo de artículos en tiempos récord. No hay duda de que el comercio online ha dinamizado la economía de una forma sin precedentes. Esto ha hecho que se hayan incorporado un grandísimo número de operadores al ciclo económico del e-commerce.

Hoy en día esta labor de facilitar la venta online la realizan las plataformas digitales con un altísimo grado de eficiencia logística y explotando el valor que puede proporcionar el propio acceso a la información del usuario. Su relevancia, a pesar de la pandemia o en algunos casos como consecuencia de ella, no ha dejado de crecer.

 

Contenido:

 

  • Generar nuevas plataformas y nuevos mercados.
  • Ampliar el rango de acción de la empresa
  • Amplificar nuestra logística
  • Incrementar la comunidad con un enfoque de alto valor. Ya no vale con cantidad sino que debemos buscar la calidad.
  • Seguidores que sean activos, compartan, comenten y finalmente compren los productos o servicios de la marca.
  • SearchEngineOptimization (SEO): Cómo optimizar el posicionamiento de NUESTRA TIENDA ONLINE en buscadores de manera natural

E-commerce. Venta en plataformas digitales

Día: 07/07/21

Hora: 16 hs.

Link de Inscripción 

 

El crecimiento del comercio electrónico es, sin duda, una buena noticia no solo para los proveedores que pueden vender sus productos en todas las partes del mundo, sino también para los consumidores que, sin necesidad de desplazarse a las instalaciones de sus proveedores, pueden adquirir todo tipo de artículos en tiempos récord. No hay duda de que el comercio online ha dinamizado la economía de una forma sin precedentes. Esto ha hecho que se hayan incorporado un grandísimo número de operadores al ciclo económico del e-commerce.

Hoy en día esta labor de facilitar la venta online la realizan las plataformas digitales con un altísimo grado de eficiencia logística y explotando el valor que puede proporcionar el propio acceso a la información del usuario. Su relevancia, a pesar de la pandemia o en algunos casos como consecuencia de ella, no ha dejado de crecer.

 

Contenido:

 

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  • Seguidores que sean activos, compartan, comenten y finalmente compren los productos o servicios de la marca.
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Resultados de la encuesta rápida de recolección de datos laborales

 

El estudio, llevado a cabo por la Federación Gremial entre sus asociados y cámaras, tiene por objeto obtener información relevante sobre aspectos laborales de las empresas de la región y conocer las expectativas de los empresarios sobre su propio personal en el contexto actual de recuperación de actividad económica.

 

¿Cuál es la actividad principal de su empresa?

Actualmente ¿Qué porcentaje del total del personal

ha solicitado licencia por pertenecer a un grupo de riesgo?

 

 

De la información recibida, el 41% de los encuestados manifestó que actualmente no tiene personal con solicitud de licencia por pertenecer a un grupo de riesgo

 A su vez, el 41% de las empresas consultadas si cuentan con trabajadores con licencia por grupo de riesgo los cuales representan menos del 10% de la dotación de personal.

El 11,8% de los encuestados posee entre el 10% y 20% de su nómina de trabajadores con licencia y, el 6% declaró tener con licencia entre el 20% y 30% de su personal total.

 

¿Qué porcentaje de empleados considera que podrían acogerse al pedido de licencias parentales al inicio del ciclo lectivo?

 

El resultado del sondeo muestra que, el 38% de los consultados considera que actualmente ninguno de sus empleados solicitará un pedido de licencia relacionada al inicio del ciclo escolar.

En una posición intermedia se encuentra el 32,4% de los encuestados, que si considera que hasta el 10% de su personal podría solicitar el pedido de licencia parental. En tanto, el 14,7% prevé pedidos de licencia de entre el 10% y 20% del personal, e igual porcentaje para pedidos de hasta el 30% de la plantilla.

 

¿Cómo afecta a mi empresa la aplicación del Decreto sobre Doble Indemnización y Prohibición de Despidos?

 

El 73,5% de las empresas relevadas manifestaron que los decretos sobre indemnización y despidos no tienen efecto sobre su actividad ya que prevén mantener su dotación de personal.

Asimismo, conviene destacar que ninguna de las empresas ha expresado que planea en el corto plazo aumentar su nómina de trabajadores.

Del total de participantes, el 11,8% si proyecta reducir o suspender personal y el 14,7% de los encuestados ha dispuesto ya un programa de retiros voluntarios o renuncia acordada.

¿Cómo afectará a mi empresa la aplicación de la Ley de Teletrabajo?

Es importante señalar que el 47,1% de las empresas consultadas declararon haber adecuado sus espacios físicos de trabajo por lo que no incorporarán la modalidad de teletrabajo

El 26,5% expresó que esperará la entrada en vigencia de la Ley para decidir su implementación y un 20,6% señaló que ya comenzó a implementarlo a partir de la cuarentena. Finalmente, un 6% emprenderá la implementación del teletrabajo a partir de la entrada en vigencia de la Ley.

 

 

 

 

 

APOYO A LA PRÓRROGA DE LA LEY DE BIOCOMBUSTIBLES

Más de 30 legisladores nacionales de todas las fuerzas políticas que representan a las provincias de Córdoba, Santa Fe y Entre Ríos se reunieron hoy, de manera virtual, con integrantes de las casi 70 entidades empresariales que conforman el Foro Empresario de la Región Centro Argentina, y coincidieron en la necesidad de la aprobación de una prórroga a la ley 26.093 que establece el Régimen de Regulación y Promoción para la Producción y Uso Sustentables de Biocombustibles en el país.

 

Dicha ley vence el próximo 12 de mayo. Los diputados y senadores se mostraron dispuestos a discutir un nuevo marco normativo que regule los biocombustibles a futuro, pero consideraron necesaria la extensión del régimen actual para que se pueda desarrollar un debate con tiempo, en profundidad y con la participación del sector privado.

 

En Argentina hay más de 50 plantas productoras de biocombustibles, radicadas en 10 provincias y corren riesgo de desaparecer si no se prorroga la ley actual. El proyecto para extender la vigencia de la norma fue aprobado por unanimidad en la Cámara de Senadores de la Nación, pero está pendiente su tratamiento en Diputados desde hace seis meses. El jueves 25 de marzo hubo una sesión frustrada para debatir el proyecto en la Cámara Baja, lo que es motivo de preocupación para el Foro Empresario de la Región Centro.

 

Continuar Leyendo :

Comunicado de Prensa – Reunión con Legisladores por Biocombustibles