Informe del BCRA proyecta una inflación de 20,1% para 2026

Nuevas proyecciones sobre inflación, dólar y actividad económica fueron publicadas por el BCRA en diciembre de 2025 en un informe que difunde los resultados de los principales pronósticos macroeconómicos que realizan 25 consultoras y centros de investigación locales e internacionales y 12 entidades financieras de Argentina.

La inflación mensual bajaría a 1,5% en junio de 2026

Los analistas de mercado que participan del relevamiento mensual que realiza el Banco Central estiman que la tasa de inflación sea del 2,3% en diciembre y recién bajaría a 1,5% en junio de este año.

 

FUENTE: Departamento de Economía FECOI en base a datos del BCRA

Las estimaciones reflejaron un ajuste al alza en las proyecciones tanto de precios como de dólar respecto del relevamiento anterior. Las consultoras que releva el BCRA estimaron una inflación de 20% para este año

 

 

Suba del dólar del 10,9% para el primer semestre

En relación al tipo de cambio nominal mayorista, se prevén que se ubique en $1.484,3 por dólar para el promedio de enero de 2026 lo cual implicaría un alza mensual del 2,5%, en línea con el ajuste que tendrá el techo de la banda.

 

FUENTE: Departamento de Economía FECOI en base a datos del BCRA

Para el primer semestre de 2026 se prevé una suba del dólar del 10,9% y para diciembre de 2026 se pronostica un tipo de cambio nominal de $1.753/USD, lo que arroja una variación interanual esperada de 21%.

Tasa de Interés del 24,4% a junio 2026

Quienes participan del REM pronosticaron una TAMAR de bancos privados para junio de 24,4% TNA y para diciembre de 2026 de 21% nominal anual, equivalente a una tasa efectiva mensual en torno al 2%.

Aumento de la actividad económica de 3,5% en 2026

Según las consultoras y bancos que participan en el Relevamiento de Expectativas proyectan que el año 2026 concluya con un PBI 3,5% superior al promedio de 2025, sin embargo, hicieron una revisión a la baja desde su estimación previa.

 

 

En sintonía con la proyección local, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico OCDE mejoró sus previsiones y estimó que el PBI de la Argentina tendrá un crecimiento de 4,2% en 2025. Al igual que Banco Mundial, quien proyecta un aumento del 4,5% para la economía de la Argentina en 2025.

Ley Tributaria Santa Fe 2026: principales modificaciones

Cuáles son los puntos claves de la Ley Tributaria 2026 para Santa Fe aprobada por la Legislatura en diciembre de 2025:

✅El 100% de los sueldos de los nuevos empleos se descuenta de Ingresos Brutos.
✅ Menos IIBB deduciendo el costo de la energía santafesina(hasta el 30% de IIBB).
✅ Descuento del 100% del Impuesto Inmobiliario en IIBB para comercios, hoteles y servicios de alojamiento.
✅ Descuento del Pago de IIBB de lo abonado en Patente Automotor: del 100% para servicio de taxis y Remisión, y transporte de carga de leche fluida; y 60% para el resto de transporte de carga.
✅ Billeteras virtuales y Bancos que presten servicios a la producción, renovación de flotas y crédito para viviendas, podrán deducir hasta un 25% de la base imponible de IIBB.

Descarga aquí el resumen de las principales medidas para el 2026:

Ley Impositiva anual Santa Fe 2026

El consumo de los hogares retrocedió 2,8%

El Indicador de Consumo (IC) que elabora mensualmente la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) mostró en noviembre de 2025 un retroceso de 2,8% en la comparación interanual, irrumpiendo la tendencia positiva de la serie en lo que va del año.

Cabe considerar esta evolución del consumo junto al comportamiento de los precios, dado que en este segundo semestre de 2025 se registra una leve aceleración de la inflación.

 

 

El consumo de bienes y servicios se contrajo 1,3% vs mes anterior

El Indicador de Consumo mostró un descenso de 1,3% frente al mes anterior octubre y un crecimiento acumulado de 2,7% contra los primeros 11 meses de 2024.

Esto se da en un escenario económico donde, tras la cifra de 2,5% en la variación del IPC de noviembre se registró por tercera vez consecutiva una inflación por encima del 2% y una acumulada durante todo el 2025 de 27,9%.

A modo de síntesis, el consumo masivo se recupera levemente luego de un 2024 de gran caída, mientras que el consumo de bienes durables aminora su variación, aunque sin detener su crecimiento exhibido en el último año y medio.

 

Desempeño por Rubros

Al analizar el desempeño de los rubros componentes del índice, se aprecian movimientos diferenciales. Esto es, las variaciones interanuales resultan de distinto signo respecto a octubre del año pasado.

El rubro de indumentaria y calzado mostró un crecimiento de 16,8% interanual. Este crecimiento se da contra una baja base de comparación como lo es noviembre de 2024, cuya diferencia interanual era a su vez de -12,7% contra el mismo mes de 2023.

Por otro lado, el capítulo de transporte y vehículos mostró una baja estimado de 2% interanual. Al interior del rubro resulta relevante destacar que continúa traccionando positivamente el patentamiento de vehículos (tanto automóviles como motocicletas), cuya marcha ascendente respecto al año pasado no se detiene.

En tanto, recreación y cultura mostró un crecimiento de 5,2%. Al igual que en todo el segundo semestre de 2025, el sector mejora respecto a un 2024 que resultó negativo.

En cuanto al apartado de vivienda, alquileres y servicios públicos, este mostró un decrecimiento estimado de 0,6%. El rubro fue afectado negativamente por el consumo de energía eléctrica.

 

Las ventas en supermercados crecieron 2,7%

En octubre de 2025, el índice de ventas totales a precios constantes muestra un aumento de 2,7% respecto a igual mes de 2024. El acumulado enero-octubre de 2025 presenta una variación positiva de 2,7% respecto a igual período de 2024.

Subió 6,6% el Indicador Mensual de Actividad Económica de Santa Fe

La actividad económica de Santa Fe acumuló entre enero-octubre de 2025 un crecimiento de 6,6% en relación al año anterior, según el Instituto Provincial de Estadísticas y Censos (IPEC).

Los sectores que presentaron mayor incidencia positiva, debido fundamentalmente a la estructura productiva de la provincia de Santa Fe, fueron industria manufacturera, comercio, intermediación financiera y actividades agropecuarias.

 

 

Análisis por actividad

Las actividades en Santa feque presentaron variación acumulada interanual entre enero-octubre de 2025 positiva fueron Industria Manufacturera (13,7%), Intermediación financiera (11%), Comercio (9,9%), Construcción (8,1%), Actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler (7,2%), Agricultura, ganadería, caza y silvicultura (1,9%).

Por otra parte, el sector Electricidad, gas y agua cayó 0,5%, Hoteles y restaurantes un 2,8% y Transporte y comunicaciones un 5,6%.

 

 

La comparación con los indicadores nacionales

La actividad macroeconómica santafesina supera a los indicadores nacionales en la comparativa entre los informes del Estimador Mensual de Actividad Económica (EMAE) elaborado por el INDEC y el Indicador Mensual de Actividad Económica (IMAE), elaborado por el Instituto Provincial de Estadísticas y Censos (IPEC).

 

 

Dentro de las mediciones por segmentos, en Industria el indicador nacional marcó un 2,3% de aumento, mientras que en el indicador provincial la suba fue del 13,7%, uno de los rubros donde quedaron más evidenciadas las diferencias.

Los números nacionales en Comercio y Construcción marcaron un aumento de 5,5% respectivamente, versus un incremento de 9,9% en Comercio santafesino y 8,1% en Construcción.

 

Rosario: la actividad económica decreció 5,1%

En Rosario, el dato de facturación a valores constantes en el acumulado enero-agosto 2025 se situó 5,1% por debajo del mismo período del año anterior.

Industria y Servicios siguen en contracción desde inicios de este año ubicándose 10,2% y 4,1% respectivamente por debajo del año anterior, siendo los rubros más afectados metales, textil, alimentos, bancos y seguros.

 

 

En tanto el sector Comercio al por menor acumuló un aumento de 1,1% en los primeros ocho meses del año, al igual que Construcción que registró un crecimiento del 22,9%.

Ley de Inocencia Fiscal: principales puntos a tener en cuenta

El 26 de diciembre el Senado convirtió en ley el proyecto de Inocencia Fiscal mediante la cual se introducen importantes modificaciones al Régimen Penal Tributario (Ley 24.769), a los Procedimientos Fiscales (Ley 11.683 y Decreto 821/98) y al Código Civil y Comercial de la Nación.

Principio de Inocencia Fiscal

Uno de los ejes centrales de la norma es la presunción de que los contribuyentes cumplen con sus obligaciones, es decir son considerados cumplidor salvo prueba en contrario.

Se elevan los montos para penalizar la Evasión Fiscal

Se modifica el Régimen Penal Tributario para actualizar los montos a partir de los cuales una falta deja de tener carácter administrativo y pasa al ámbito penal.

La evasión simple pasa a configurarse como delito a partir de los $100 millones (antes $1,5 millones) y la evasión agravada a partir de $1.000 millones (antes $15 millones).

Se habilita la posibilidad de extinguir la acción penal

El contribuyente podrá evitar que ARCA realice la denuncia penal por las obligaciones evadidas pagando la totalidad de la deuda más un importe adicional equivalente al 50 % de la suma total.

Beneficio que será otorgado por única vez por cada persona humana o jurídica obligada siempre que lo haga dentro de los 30 días hábiles posteriores a la notificación de la imputación penal.

Actualización en base a UVA

A partir del 1° de enero de 2027, los montos mínimos previstos para los tipos penales se ajustarán automáticamente considerando la variación anual de la UVA entre enero a diciembre del año anterior al del ajuste.

Se acortan los plazos de prescripción

Según el nivel de cumplimiento del contribuyente, se propone un esquema de prescripción de 3, 5 o 10 años, durante el cual el Fisco podrá exigir el pago de impuestos no declarados.

Para contribuyente inscripto que cumplan regularmente la ley reduce el plazo general de 5 a 3 años, por ejemplo, un acto de evasión de tributos en 2025 prescribe a partir de 2028.

A su vez, reduce la prescripción de 10 a 5 años para reclamación de aportes y contribuciones emergentes de las leyes de previsión social y reduce los plazos de prescripción a 3 años para el régimen de obras sociales.

Para contribuyentes no inscriptos ese plazo se mantiene en 10 años.

Aumento significativo de las multas

La ley eleva sustancialmente el monto de las multas previstas por incumplimiento para quienes no presenten las declaraciones juradas de impuestos en tiempo y forma.

La multa del artículo 38 de la Ley N° 11.683 pasará de $200 para personas humanas a $220.000 y de $400 para empresas a $440.000, un aumento de más de 100.000%.

El Ministerio de Economía aclaró que antes de intimar y aplicar la sanción, ARCA enviará un recordatorio de 10 a 15 días hábiles, una vez transcurrido ese plazo, recién ahí se intimará y aplicará la multa.

Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias

Se propone un régimen simplificado para el cumplimiento fiscal de los pequeños y medianos contribuyentes.

Se permite a personas y sucesiones indivisas optar por una declaración simplificada a quienes verifiquen concurrentemente las siguientes condiciones: ingresos anuales menores a $1.000 millones, patrimonio valuado (según Bienes Personales) en menos de $10.000 millones y no haber sido designado por ARCA como «Grande Contribuyente Nacional».

  • Facilita la utilización de dinero no declarado oportunamente

Para los contribuyentes que adhieran no será necesario informar su situación patrimonial ni consumo. Al no declarar el consumo ni el patrimonio detallado, se facilita la utilización de fondos que no fueron declarados oportunamente sin que esto genere inconsistencias inmediatas en la declaración.

  • Blindaje ante Fiscalizaciones «Tapón Fiscal»

Si la última declaración jurada proforma propuesta por ARCA es aceptada y pagada, el Fisco no podrá fiscalizar ese ejercicio ni los anteriores (no prescriptos) en Ganancias e IVA, siempre que no se detecte una discrepancia mayor al 15% o a $100 millones y el uso de facturas apócrifas o documentación falsa.

Invita a que se “adhieran” las provincias

Se invita a las provincias y a CABA a implementar regímenes simplificados de fiscalización, caso contrario los contribuyentes podrán ser pasibles de reclamos por parte de los fiscos provinciales.

Impuesto al Cheque: extienden beneficio fiscal para micropymes

Mediante el decreto 923, publicado el lunes 29 de diciembre en el Boletín Oficial, se prorroga el beneficio fiscal hasta el 31 de diciembre de 2026.

 

Las microempresas podrán optar por computar hasta:

– Un 30 % del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias que hubiese sido efectivamente ingresado a partir de la entrada en vigencia de esa medida, como pago a cuenta de hasta el 15 % de las contribuciones patronales que se destinen al SIPA.

– Un 100 % del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias que hubiese sido efectivamente ingresado como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias.

 

La categorización correcta para el beneficio será el código 272 – Micro Empresas Ley 25.300 y el monto a computar debe haber sido percibido en una cuenta bancaria titularidad del contribuyente.

Categorización de MiPyMES al 1/04/2025:

 

Analizamos aspectos del Proyecto de Ley de Modernización Laboral

La Federación Gremial del Comercio e Industria, se encuentra trabajando en el Análisis del Proyecto de Ley de Modernización Laboral presentado por el Poder Ejecutivo Nacional.

La entidad convocó al Dr. Jorge Eduardo Samouelian, titilar del estudio Samouelian & Asociados, quien se concentró en un aspecto del Proyecto de Ley que reviste extrema gravedad para las Pymes que se encuentren con juicios laborales en trámite.

Explicó el Dr. Samouelian que el Proyecto prevé un límite inferior, para la actualización de los créditos laborales, del 67% de la inflación pasada. Este límite es para juicios pendientes de pago.

El Dr. Samouelian, advirtió que dado los procesos inflacionarios de la Argentina de los años pasados, de aplicarse ese límite, los créditos laborales podrían tener actualizaciones siderales, poniendo en riesgo la continuidad de muchas Pymes Argentinas.

La Federación Gremial del Comercio e Industria tomó esta recomendación y la incorporará en su propuesta de modificaciones a introducir en el Proyecto de Ley que será elevada a los Legisladores Nacionales.

FECOI presente en la Ronda de Negocios de Pan American Energy

Federación Gremial del Comercio e Industria estuvo presente en la Charla Técnica y Ronda de Negocios de Pan American Energy

El encuentro fue organizado por el Ministerio de Desarrollo Productivo de la Provincia de Santa Fe.

Al inicio del evento se brindó a cabo una charla técnica para explicar las demandas de Pan American Energy y luego una ronda de negocios. Todo con el objetivo de impulsar el desarrollo de proveedores locales y promover nuevas oportunidades para las Pymes Santafesinas.

Un grupo de asociados de FECOI integrantes de la Comisión de Minería, Petróleo & Gas participaron del encuentro.

El Líder de Gestión de Proveedores en PAE, Emiliano Schlotthauer, explicó que la compañía planea ampliar la actividad en la Argentina, especialmente en sus proyectos de gas natural licuado.

Empresas Socias presentes: ING Company; Hardfacing SRL; Coop. La Morena; AMCE; Suppo SRL

 

FECOI expresa su apoyo al Proyecto de Ley de Modernización Laboral

COMUNICADO DE PRENSA

La Federación Gremial del Comercio e Industria expresa el apoyo en general al Proyecto de Ley de Modernización Laboral presentado por el Poder Ejecutivo Nacional.

La institución ha estudiado el proyecto de Ley y elevará modificaciones particulares a los Sres. Legisladores Nacionales con el objeto de contribuir con la discusión.

Descarga aquí la posición de FECOI sobre el proyecto de Reforma Laboral «Comunicado de Prensa»

Carlos Prestipino nombrado empresario distinguido

El 17 de diciembre el CP Carlos Prestipino fue nombrado empresario distinguido de la Ciudad de Rosario, por el Concejo Municipal de Rosario. Carlos Prestipino es Titular de Red de Seguridad SA, asociado a Federación Gremial del Comercio e Industria y Vocal Titular del Consejo Superior.

El nombramiento fue a instancias de la Concejal María Eugenia Schmuck y en reconocimiento a la amplia trayectoria del CP Carlos Presitpino en el ámbio Profesional, Empresarial, Gremial y Académico.

Nuestra Federación Gremial del Comercio e Industria, saluda y felicita a Carlos Prestipino ante este enorme y merecido galardón.