La suba de precios de 2023 fue de 211,4%

El Índice de Precios al Consumidor (IPC) registró un alza mensual de 25,5% en diciembre de 2023 y acumuló en doce meses del año un incremento de 211,4% según informó este jueves el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

El incremento extraordinario, en el mes de diciembre del nivel general de precios al consumidor, respondió principalmente al traslado a precios del aumento del tipo de cambio oficial de 118% que dispuso el Ministerio de Economía junto a otros precios regulados y la eliminación de los acuerdos de precios.

FUENTE: Departamento de Economía FECOI en base a datos del INDEC

Según el último relevamiento del año del Banco Central, los analistas estimaron una inflación mensual de 25% para enero y una inflación para el año de 213%. Las estimaciones se basaron en factores como, corrección del tipo de cambio, incrementos en combustibles y en grandes rubros familiares como servicios de educación y medicina prepaga, sumado al diseño de un nuevo cuadro tarifario de los servicios públicos.

FUENTE: Departamento de Economía FECOI en base a datos del INDEC

La división de mayor aumento en el mes fue Bienes y Servicios varios (+32,7%), producto de las subas en artículos de Cuidado Personal. Le siguieron Salud (+32,6%), impulsada por las variaciones en medicamentos y medicina prepaga; y Transporte (+31,7%), por los incrementos en combustibles.

La división con mayor incidencia en todas las regiones fue Alimentos y bebidas (+29,7%). Al interior de la división se destaca el aumento de precios en Carnes y derivados, y Pan y cereales.

Inflación, Tasa de Interés y Tipo de Cambio

En relación a las demás tasas de la economía, el BCRA dispuso bajar 23 puntos porcentuales la tasa de interés mínima para los depósitos a plazo fijo a 30 días desde 133% a 110% anual, profundizando la política de tasas negativas en relación a la inflación y suspendiendo por completo las licitaciones de leliqs a futuro. De esta manera, la TEA se ubica actualmente en 186,6% anual y el rendimiento mensual del instrumento cae de 11% a 9%.

FUENTE: Departamento de Economía FECOI en base a datos del BCRA

En tanto, el Ministerio de Economía dispuso el pasado 12 de diciembre un salto del 118% para el tipo de cambio oficial anunciando una nueva relación peso-dólar pasando de $366 a $800 en el Mercado Único y Libre de Cambios. A su vez, estableció un sendero de desplazamiento de 2% mensual para el tipo de cambio.

FUENTE: Departamento de Economía FECOI en base a datos del INDEC y BCRA

Se elimina el Sistema CEF como condición para importar

La resolución conjunta de la Secretaría de Comercio y la AFIP eliminó la obligación a personas humanas y jurídicas de registrarse en el Sistema de Capacidad Económica Financiera (CEF) como requisito previo para importar.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dejará de requerir la evaluación del Sistema CEF de los contribuyentes en la instancia de análisis de sus declaraciones realizadas en el Sistema SEDI para operaciones de comercio exterior. Sin embargo, el CEF se mantendrá como una herramienta más de fiscalización de la AFIP.

Anteriormente, para evaluar la capacidad económica de los contribuyentes que solicitaban divisas para importar, la AFIP se basaba en las declaraciones juradas de Ganancias, IVA y Bienes Personales, así como también, remuneraciones obtenidas, remuneraciones abonadas, consumos, categoría de monotributista y operaciones de comercio exterior.

A partir de ahora, sin el sistema CEF como mecanismo de validación de importaciones, una vez efectuada la declaración SEDI, la AFIP analizará la información disponible en sus registros sobre la situación tributaria del contribuyente.

7,8% de locales desocupados en el centro rosarino

El mercado inmobiliario rosarino registró en el último mes de 2023 un total de 316 locales en venta, en alquiler o cerrados en el área centro según datos relevados por Federación Gremial.

La observación que se realiza de forma semestral, y no incluye los locales dentro de galerías y centros comerciales, se llevó a cabo en las dos últimas semanas de diciembre del presente año con la intención de obtener información actualizada sobre el nivel de actividad económica en el casco central. El relevamiento tiene como universo locales ocupados y no ocupados con vidriera a la calle dentro del área delimitada por ambas manos de las calles Oroño, Buenos Aires, Tucumán y Mendoza.

 

Durante el mes de diciembre se detectaron 316 locales vacíos sobre un total de 4.023 en el área censada, lo que implica una tasa de desocupación del 7,8%. Mientras que, el estudio realizado exactamente doce meses atrás, había dado como resultado un total de 323 locales ociosos. Es decir, la disminución a lo largo del año de locales que se encuentran vacíos en el centro rosarino fue del 2,2%.

Alto promedio de locales desocupados

Entre las calles céntricas con mayor tasa de desocupación se encuentra calle Mendoza, San Juan, Rioja y San Lorenzo que poseen gran número de locales comerciales y muestran índices de desocupación superiores a la media del centro. Otras calles con altos porcentajes de desocupación, si bien la cantidad de locales con que cuentan es menor, son Tucumán, Maipú y Balcarce.

FUENTE: Departamento de Economía FECOI

Un factor a analizar, es la infraestructura que hay en la zona y la facilidad de acceso, en áreas donde se observa un deterioro de las instalaciones el interés de los inversores se verá limitado por el mayor costo de acondicionamiento del local y obras de mantenimiento, sumado al déficit de estacionamientos el cual constituye una restricción adicional.

Bajo promedio de locales desocupados

No obstante, calles o zonas de mucho tránsito de personas son atractivas para emprendimientos comerciales, por lo que encontrar locales comerciales disponibles en ubicaciones céntricas sobre calle San Luis y las peatonales Córdoba y San Martín resulta difícil ya que son las principales arterias comerciales de la ciudad con baja estacionalidad en la ocupación.

 

FUENTE: Departamento de Economía FECOI

Mejores registros de ocupación y expectativas de mayor demanda de locales se observan en el Paseo del Siglo y sus calles transversales, donde muchos emprendimientos se reubican buscando alternativas por fuera de las peatonales. El desplazamiento del negocio a superficies pequeñas o locaciones de mayor circulación es una estrategia que busca aumentar la rentabilidad del establecimiento.

En consecuencia, calles como Oroño, Italia, España, Pte. Roca y Paraguay alejadas del centro histórico han mantenido su ocupación y se encuentran entre las que registran bajo promedio de locales vacíos.

BOPREAL: Bonos del BCRA para importadores

Los Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL) son títulos emitidos por el Banco Central en dólares estadounidenses para importadores de bienes y servicios con deudas pendientes de pago por importaciones anteriores al 12 de diciembre de 2023.

Características de los bonos:

Vencimiento

Son tres series de corto, mediano y largo plazo.

Serie 1 al 31/10/2027 – Serie 2 al 30/06/2025 – Serie 3 al 31/05/2026.

Suscriptores

Personas humanas y jurídicas que tengan deudas pendientes con acreedores del exterior por importaciones de bienes y servicios con despacho o registro aduanero anterior al 12 de diciembre de 2023.

Se debe cursar la operación a través de una entidad financiera.

Moneda de suscripción

En pesos $ al tipo de cambio mayorista publicado por el BCRA correspondiente al día hábil previo a la fecha de licitación.

Moneda de pago

En dólares U$S. Es posible acceder a las divisas mediante el cobro de intereses, el cobro del capital al vencimiento o vendiendo el bono en el mercado secundario contra dólares en el extranjero.

Mercado secundario

Pueden ser vendidos en el mercado secundario en la medida que la venta sea liquidada en el extranjero. La venta en dólares en la plaza local no habilita la cancelación de la deuda por importaciones.

Restricción de acceso al MLC por 90 días

La venta en el mercado secundario con liquidación en dólares NO restringe el acceso al mercado de cambios para realizar el resto de las operaciones habilitadas en la medida que los títulos hayan sido adquiridos en licitación primaria.

Opción de rescate anticipado

A partir de las fechas estipuladas, en pesos $ al tipo de cambio mayorista del día en el cual se ejerció la opción y solo para los BOPREAL Serie 1A, 1B y 1C creados a partir de la separación de valores nominales de los Bonos.

Pago a los acreedores con BOPREAL

Si el acreedor está de acuerdo se puede transferir los títulos para efectivizar el pago.

Impuesto PAÍS

Solo las suscripciones de BOPREAL realizadas hasta el 31 de enero de 2024 están exentas del impuesto (gravadas con alícuota del 0%).

BOPREAL para pagar impuestos

Solo las series 1A, 1B y 1C se podrán utilizar para el pago de obligaciones impositivas y aduaneras, cuya recaudación y percepción se encuentra a cargo de la AFIP. Tomando como valor la mayor cotización existente entre el dólar oficial y el MEP, que resulta de las operaciones bursátiles en la plaza local.

Detalles de los instrumentos:

95 puestos de venta callejera en el centro de Rosario

Según el último informe de venta callejera elaborado por el Departamento de Economía de FECOI se detectaron en el mes de diciembre 95 puestos de venta ambulante dispuestos en calles céntricas de la ciudad.

El relevamiento trimestral identificó 95 puestos de venta de mercadería en la vía pública dentro de un perímetro de 27 cuadras del microcentro, incluyendo las peatonales. El número de puestos aumentó en relación al relevamiento del cuarto trimestre del año anterior y en relación a la observación de 94 puestos realizada en el mes de septiembre de 2023.

 

Fuente: Departamento de Economía FECOI

Mientras que, según el informe, el área de mayor incidencia en el total continúa siendo calle San Luis, donde se observó el 45% de los puestos relevados ubicados sobre esta vía, seguido por calle Córdoba con el 24% del total, San Martín el 23%, y Rioja con el 8%.

 

En cuanto a la ubicación de los puestos en los espacios públicos de la ciudad, las calles con mayor concentración de economía urbana informal fueron San Luis desde altura 800 al 1700 con 43 puestos, seguido por calle Córdoba desde altura 800 al 1400 con 23 puestos, calle San Martin desde altura 700 al 1100 con 22 puestos, y Rioja desde 900 al 1300 registrando 7 puestos.

 

Fuente: Departamento de Economía FECOI

En relación a los rubros registrados en cada puesto, las categorías más comercializadas según el sondeo fue Indumentaria y Calzados, representando el 32% del total, seguido por Juguetería (20%), Alimentos y Bebidas (14%), Óptica, Relojería y Joyería (10%). Por último, Accesorios para Celulares (9%), Artesanías (9%) y Vivero y Florería (6%) fueron las categorías con menor participación.

 

Ley Ómnibus: principales medidas económicas

  1. Combustibles: El Poder Ejecutivo no podrá fijar precios de comercialización

La nueva Ley establece la libre comercialización hidrocarburos (gas y petróleo), indicando expresamente que el Poder Ejecutivo no podrá intervenir o fijar los precios de comercialización en el mercado interno en cualquiera de las etapas de producción.

En el caso de las Empresas Estatales estas podrán vender únicamente a precios que reflejen el equilibrio competitivo de la industria, esto es a las correspondientes paridades de exportación o importación según corresponda.

  1. Tarifas: Unificación de los Entes Reguladores

El nuevo “Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad” asumirá las funciones del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS).

Se faculta al Poder Ejecutivo, hasta el 31 de diciembre de 2025, a adecuar el Marco Regulatorio de la Energía Eléctrica tendiente a la libre comercialización y competencia de los mercados de energía eléctrica. Mientras tanto, se convocará a Audiencias Públicas en ambos servicios.

  1. Importaciones: Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI)

No estarán gravados por ningún tributo los bienes para uso personal sin fines comerciales amparadas por el régimen de equipaje al regresar del exterior ni mercaderías ingresadas bajo el régimen de Courier o de envíos postales.

Para el resto de los bienes, los importadores deberán declarar anticipadamente la información relativa a sus destinaciones en el nuevo Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI) que sustituye al anterior sistema (SIRA).

  1. Retenciones a las Exportaciones: generalización del 15%
  • Fíjese en 15% la alícuota del derecho de exportación para todas las mercaderías.
  • Excepto, el 33% para todos los productos y subproductos de la soja.
  • El 8% para el complejo vitivinícola.
  • Y 0% para 18 economías regionales: olivícola, arrocero, cueros bovinos, lácteo, frutícola, hortícola, porotos, lentejas, arveja, papa, ajo, garbanzos, miel, azúcar, yerba mate, té, equinos y lana.
  1. Moratoria Impositiva: entre 36 y 84 cuotas mensuales

Se crea un nuevo régimen para la regularización excepcional de obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social vencidas hasta el 30 de noviembre de 2023.

  • Las Personas Humanas ingresarán un pago a cuenta 20% de la deuda y 60 cuotas mensuales por el saldo restante.
  • Las Micro y Pequeñas Empresas ingresarán un pago a cuenta del 15% de la deuda y 84 cuotas mensuales por el saldo restante.
  • Las Medianas Empresas ingresarán un pago a cuenta del 25% de la deuda y 60 cuotas mensuales por el saldo restante.
  • El resto de los contribuyentes ingresarán un pago a cuenta del 30% de la deuda y 36 cuotas mensuales por el saldo restante.
  1. Blanqueo: 0% de penalidad hasta US$100.000

Régimen de Regularización de Activos en el país y en el exterior que se extenderá en etapas hasta el 30 de noviembre de 2024.

Los bienes alcanzados en Argentina o el exterior son: moneda nacional o extranjera, sea en efectivo o depositada en cuentas bancarias, inmuebles, acciones, títulos, acciones, bonos, obligaciones negociables, créditos de cualquier tipo y criptomonedas.

  • Etapa 1 hasta el 31 de marzo de 2024.

0% Impuesto Especial de Regularización hasta US$100.000.

5% Impuesto Especial de Regularización por encima de US$100.000.

  • Etapa 2 hasta el 30 de junio de 2024.

0% Impuesto Especial de regularización hasta US$100.000.

10% Impuesto Especial de Regularización por encima de US$100.000.

  • Etapa 3 hasta el 30 de septiembre de 2024.

0% Impuesto Especial de Regularización hasta US$100.000.

15% Impuesto Especial de Regularización por encima de US$100.000.

  • El poder ejecutivo podrá prorrogar estos plazos hasta el 30 de noviembre de 2024.
  1. Bienes Personales: reducción gradual hasta 2027

Se implementa un programa de baja general de alícuotas para los próximos cuatro años.

  • Año 2023 – Alícuotas entre 0,5% a 1,5%
  • Año 2024 – Alícuotas entre 0,5% y 1,3%
  • Año 2025 – Alícuotas entre 0,50% y 1,1%
  • Año 2026 – Alícuotas entre 0,50% y 1%
  • Año 2027 – Alícuota única de 0,5%.
  1. Mercado Laboral: regularización de relaciones laborales

La Ley contempla un programa de Promoción del Empleo Registrado tendiente a regularizar las relaciones laborales del sector privado no registradas o deficientemente registradas antes de la fecha de promulgación de la ley, mediante la extinción de la acción penal prevista por la Ley N° 27.430 y condonación de las infracciones, multas y sanciones de cualquier naturaleza correspondientes a dicha regularización.

  1. RIGI: Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones

Para proyectos nuevos o ampliaciones de existentes con incentivos, certidumbre, seguridad jurídica y protección eficiente para sectores de agroindustria, infraestructura, forestal, minería, gas y petróleo, energía y tecnología. La autoridad de aplicación del RIGI será la que determine el Poder Ejecutivo Nacional.

  1. Beneficios impositivos por cobros electrónico

El actual proyecto de ley establece la desgravación de retenciones impositivas a los cobros electrónicos en pequeños contribuyentes por parte de las entidades administradoras de tarjetas de débito, crédito y demás de medios electrónicos de pago. Es decir, retenciones que las entidades cobrar por administrar pagos digitales.

Por lo cual, no se realizarán retenciones impositivas, en tanto y en cuanto, los montos que procesen no excedan el equivalente a 10.000 Unidades de Valor Adquisitivo mensuales. A valor de hoy, serían pequeños comercios con una facturación mensual inferior a $4.706.000.

 

El consumo de bienes y servicios retrocedió 4,1% en noviembre

El dato surge del Indicador de Consumo de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), que mostró un retroceso de 4,1% en la comparación interanual.

El IC es un indicador adelantado de actividad que se construye agregando distintos tipos de consumos finales de los hogares, utilizando para su confección, fuentes de información de acceso libre y gratuito publicados por diferentes instituciones y organismos en términos reales, en volúmenes o en valores nominales previamente deflactadas.

En noviembre de 2023, el IC mostró un retroceso de 4,1% en la comparación interanual y una contracción desestacionalizada de 6,9% frente al mes de octubre. Así, noviembre fue el quinto mes consecutivo con variación mensual negativa y el segundo de 2023 con caída interanual.

 

Variación Interanual: segundo valor negativo del año

El Indicador de Consumo (IC) que refleja la evolución del consumo de los hogares en bienes y servicios finales mostró en noviembre una baja en su comparación interanual de 4,1%.

En línea con el valor negativo del mes pasado, se acelera la tendencia bajista en las tasas de crecimiento interanual exhibidas por el IC a partir de enero y marcan en noviembre 2023 un nuevo valor negativo en el año. A excepción del mes de septiembre donde el valor positivo fue explicado principalmente por bonos, refuerzos económicos y reintegros de IVA que lograron impactar positivamente en el poder adquisitivo de los hogares.

Fuente: Departamento de Economía FECOI en base a datos de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios

Variación Mensual: quinto mes consecutivo con valor negativo

A su vez, el Indicador de Consumo mostró en el mes de noviembre un retroceso desestacionalizado (es decir, descontando los efectos estacionales habituales del consumo a lo largo del año) de 6,9% frente al mes anterior octubre, registrando así el quinto mes de caída consecutiva del año.

Fuente: Departamento de Economía FECOI en base a datos de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios

De esta forma, el indicador acumula en los primeros once meses del año un crecimiento de 3,4% en relación al mismo período del año anterior, aunque se estima que la pérdida de dinamismo registrada en los últimos meses continuará acentuándose, fundamentalmente por un escenario económico donde la inflación volvió a sufrir una marcada aceleración y registró nuevamente una variación mensual de dos dígitos. En noviembre de 2023 la mensual fue de 12,8%, con una interanual de 160,9% y una acumulada anual de 148,2%.

Con la inflación acelerándose, la desaparición de los últimos bonos vigentes y la falta de oferta de créditos, noviembre de 2023 estuvo marcado por una gran contracción en el poder de compra de los consumidores. En paralelo, la efectividad de los reintegros del IVA siguió sin tener el impacto previsto y el aumento tarifario, y posible traslado a precios de la devaluación serán factores claves para el consumo en los próximos meses.

Desempeño por Rubros

Al analizar el desempeño de algunos rubros en particular, se observa una dinámica heterogénea de crecimiento y decrecimiento interanual respecto a los valores de noviembre de 2022.

El rubro de indumentaria y calzado mostró en el onceavo mes del año un leve incremento de 0,1% interanual. En tanto, recreación y cultura en noviembre mostró un crecimiento de 2,3%, explicado por un contexto de aceleración inflacionaria y donde los consumidores eligen gastar en productos de consumo y disfrute inmediato, tales como restaurantes.

Por otro lado, el capítulo de transporte y vehículos mostró un aumento estimado de 0,1% en octubre. Esto se debió a un nivel de patentamientos de automóviles que se mantuvo relativamente constante (tuvo apenas un retroceso de 0,1% interanual). Por otro lado, la compra de nafta tuvo un incremento moderado de 3,2% interanual.

En cuanto al apartado de vivienda, alquileres y servicios públicos, este mostró incremento estimado de 1,2%, lo cual se explica principalmente por un mes con menores temperaturas que el mismo del año pasado.

 

Ley Tributaria 2024: encuentro con el ministro de Economía

Federación Gremial participó del encuentro con el ministro de Economía de Santa Fe, Pablo Olivares, junto a representantes del gobierno provincial y miembros de entidades empresarias con el objeto de revisar la Ley Impositiva Anual 2024 que será remitida a la Legislatura.

Continua el beneficio de la Ley de Estabilidad Fiscal

El proyecto de Ley Tributaria presenta como dato saliente sostener la Estabilidad Fiscal para las Pymes santafesinas y no incrementar la carga tributaria en Ingresos Brutos sobre las principales actividades productivas de la provincia como el sector agropecuario, la industria y el comercio.

 

Impuestos sobre los Ingresos Brutos

Se elevan los montos de Ingresos Brutos anuales totales, de las industrias para evitar la pérdida de exenciones, y de quienes se encuentren en el Régimen Tributario Simplificado para los Pequeños Contribuyentes para evitar incrementos en la carga tributaria o queden excluidos del régimen.

Modificación de alícuotas:

Para Servicios de Comunicaciones la alícuota será del 5%.

Para las Entidades Financieras las nuevas alícuotas serán del 6,25%.

Para las operaciones de Préstamos de Dinero de 8,5%.

Para los Casinos la nueva alícuota será del 10,5%.

 

Impuesto de Sellos y Tasas

No se prevén incrementos en las alícuotas, y sólo se actualizará el valor absoluto del módulo tributario a $ 4.20, en línea con la evolución interanual del nivel general de precios de la economía.

 

Beneficio por Buena Conducta Fiscal

La Ley prevé para quienes estén al día en el Inmobiliario Urbano, Suburbano y Rural tendrán el beneficio del descuento del 15% entre las cuotas 1 y 5, y del 100% de la cuota 6.

Esto se suma al descuento del 35% para quienes realicen el pago anual anticipado y un 15% para quienes abonen mediante débito automático en caja de ahorro o cuenta corriente.

 

Impuesto Inmobiliario Urbano

De manera que, accediendo al beneficio anterior, el incremento neto anual será de 146,5%.

 

Impuesto Inmobiliario Rural

Para los propietarios de hasta 50 hectáreas que las afecten directamente a la actividad agropecuaria no tendrán incremento.

Para los que tengan entre 50 y 100 hectáreas afectadas directamente a la actividad agropecuaria será del 74% (con el beneficio será 47,9%).

Mientras que para quienes tengan entre 100 y 200 hectáreas, la actualización será del 103% (con el beneficio será 72,5%).

 

Patente sobre vehículos

El tope anual de actualización será del 160 %, excepto vehículos modelo 2023 y 2024.

Quedan eximidos del pago los vehículos eléctricos y con tecnologías de energías alternativas correspondientes al período fiscal 2024.

Al igual que el régimen de Impuesto Inmobiliario se establecen los Beneficio por Buena Conducta Fiscal.

 

Beneficios para Comercios y Servicios

Se podrán computar como crédito a cuenta, es decir como crédito fiscal en el impuesto sobre los Ingresos Brutos, un 25% del Impuesto Inmobiliario efectivamente abonado del período fiscal 2024 correspondiente al inmueble afectado a la actividad.

 

El nuevo sistema de importaciones SEDI

La Resolución Conjunta 5466/2023 de la Administración Federal de Ingresos Públicos y la Secretaría de Comercio oficializó el nuevo Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI) que sustituye al Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA), permitiendo a importadores declarar anticipadamente la información relativa a sus destinaciones.

Cómo funciona el nuevo sistema:

  1. DECLARACIÓN JURADA

El importador deberá proporcionar, con carácter de Declaración Jurada, la información que se indica en el micrositio “Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI)” disponible en el sitio web de la AFIP.

  1. AFIP Y VUCEA REALIZAN LOS CONTROLES PREVIOS

Uno vez efectuar la declaración SEDI, la AFIP analizará, a partir de la información disponible en sus registros, la situación tributaria del contribuyente y su capacidad económica financiera mediante el “Sistema de Capacidad Económica Financiera” (Sistema CEF).

  1. DECLARACIÓN OFICIALIZADA

Superados los controles, la declaración SEDI pasará a estado OFICIALIZADO.

  1. DECLARACIÓN NO OFICIALIZADA

No superados los controles, el Sistema Informático MALVINA (SIM) emitirá un mensaje indicando las inconsistencias detectadas. Una vez subsanadas, se deberá registrar una nueva declaración SEDI.

  1. DECLARACIÓN EN ESTADO DE SALIDA

La declaración SEDI pasará a estado de SALIDA en tanto se encuentre autorizada por los Organismos integrantes del Régimen Nacional de Ventanilla Única del Comercio Exterior Argentino (VUCEA).

  1. ESTADO DE SALIDA AUTOMÁTICO 

Estos Organismos deberán pronunciarse en un lapso no mayor a TREINTA (30) días corridos, contados desde el registro de la SEDI. En caso de no producirse la intervención en el plazo señalado, la declaración SEDI pasará, en forma automática, a estado de SALIDA.

  1. VALIDEZ DE LA DECLARACIÓN JURADA

La declaración efectuada a través del SEDI tendrá un plazo de validez de TRESCIENTOS SESENTA (360) días corridos, contados a partir de la fecha que obtuviera el estado de SALIDA.

  1. VALORES DE TOLERANCIA

Las mercaderías declaradas, tendrán una tolerancia en el valor FOB unitario del SIETE POR CIENTO (7%) en más o en menos, y en la cantidad de un SIETE POR CIENTO (7%) en más.

  1. OPERACIONES EXCEPTUADAS
  • Destinaciones de importación para consumo, realizadas en el marco de los regímenes de muestras.
  • Mercaderías con franquicias, es decir, eximidas del pago de impuestos.
  • Mercaderías ingresadas bajo el régimen de Courier o de envíos postales.
  • Bienes destinados a investigaciones científico-tecnológicas.
  • Bienes provenientes del Área Aduanera Especial.
  • Mercaderías que tramitan afectación sumaria particular “PART”.
  1. DEUDA COMERCIAL POR IMPORTACIONES DE BIENES Y SERVICIOS

Se crea el “Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior” en el cual deberán inscribirse los sujetos que cuenten con declaraciones SIRA aprobadas anterior al 13 de diciembre de 2023. Los sujetos alcanzados deberán completar el registro de deuda en el micrositio “Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI)”.

Las medidas económicas que anunció el Ministerio de Economía

Tipo de Cambio

El Ministerio de Economía dispuso un salto del 118% para el tipo de cambio oficial y anunció una nueva relación peso-dólar de $800 en el Mercado Único y Libre de Cambios. Estableciendo, a su vez, un sendero de desplazamiento de 2% mensual para el tipo de cambio.

Tasa de Interés

El BCRA mantiene sin cambios la tasa de política monetaria de 133% anual.

Impuesto PAIS

La normativa eleva la alícuota del impuesto PAIS de 7,5% a 17,5%. Así, las importaciones de bienes y servicios se harán a un dólar de $940 (Valor oficial sumado el 17,5% del impuesto).

Retenciones a las Exportaciones

El programa incluye una suba generalizada de retenciones del 15% para todos los productos a excepción de la soja que mantiene el 30% (33% poroto y 31% para harina y aceite).

La liquidación de las exportaciones podrá hacerse en un esquema 80- 20, es decir, 80% en el Mercado Único y el 20% restante en el Mercado Financiero “contado con liquidación” dando un valor aproximado de $860, bajando con retenciones a $760.

Sistema SIRA

Se remplazará el actual Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) por un sistema estadístico que no requiera aprobación previa, sino que permita aprobar automáticamente, fijando solo la fecha para el acceso a dólares.

Equilibrio Fiscal

Para lograr un equilibrio fiscal en 2024 se proyecta aumentar Ingresos por 2,2% del PBI y ajustar Gastos por 2,9% siguiendo el siguiente esquema:

INGRESOS                                                     +2,2% del PBI

Aumento Impuesto PAIS                                    +0,8%

Aumento Retenciones                                        +0,5%

Bienes Personales, Moratoria, Blanqueo      +0,5%

Revisión Reforma Ganancias                             +0,4%

GASTOS                                                           -2,9% del PBI

Reducción de Subsidios                                      -0,7%

Baja del Gasto de Capital                                   -0,7%

Menores Transferencias a las Provincias       -0,5%

Gastos de Funcionamiento                                -0,5%

Modificación ley de movilidad jubilatoria       -0,4%

Programas Sociales                                              -0,1%