95 puestos de venta callejera en el centro de Rosario

Según el último informe de venta callejera elaborado por el Departamento de Economía de FECOI se detectaron en el mes de diciembre 95 puestos de venta ambulante dispuestos en calles céntricas de la ciudad.

El relevamiento trimestral identificó 95 puestos de venta de mercadería en la vía pública dentro de un perímetro de 27 cuadras del microcentro, incluyendo las peatonales. El número de puestos aumentó en relación al relevamiento del cuarto trimestre del año anterior y en relación a la observación de 94 puestos realizada en el mes de septiembre de 2023.

 

Fuente: Departamento de Economía FECOI

Mientras que, según el informe, el área de mayor incidencia en el total continúa siendo calle San Luis, donde se observó el 45% de los puestos relevados ubicados sobre esta vía, seguido por calle Córdoba con el 24% del total, San Martín el 23%, y Rioja con el 8%.

 

En cuanto a la ubicación de los puestos en los espacios públicos de la ciudad, las calles con mayor concentración de economía urbana informal fueron San Luis desde altura 800 al 1700 con 43 puestos, seguido por calle Córdoba desde altura 800 al 1400 con 23 puestos, calle San Martin desde altura 700 al 1100 con 22 puestos, y Rioja desde 900 al 1300 registrando 7 puestos.

 

Fuente: Departamento de Economía FECOI

En relación a los rubros registrados en cada puesto, las categorías más comercializadas según el sondeo fue Indumentaria y Calzados, representando el 32% del total, seguido por Juguetería (20%), Alimentos y Bebidas (14%), Óptica, Relojería y Joyería (10%). Por último, Accesorios para Celulares (9%), Artesanías (9%) y Vivero y Florería (6%) fueron las categorías con menor participación.

 

Ley Ómnibus: principales medidas económicas

  1. Combustibles: El Poder Ejecutivo no podrá fijar precios de comercialización

La nueva Ley establece la libre comercialización hidrocarburos (gas y petróleo), indicando expresamente que el Poder Ejecutivo no podrá intervenir o fijar los precios de comercialización en el mercado interno en cualquiera de las etapas de producción.

En el caso de las Empresas Estatales estas podrán vender únicamente a precios que reflejen el equilibrio competitivo de la industria, esto es a las correspondientes paridades de exportación o importación según corresponda.

  1. Tarifas: Unificación de los Entes Reguladores

El nuevo “Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad” asumirá las funciones del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS).

Se faculta al Poder Ejecutivo, hasta el 31 de diciembre de 2025, a adecuar el Marco Regulatorio de la Energía Eléctrica tendiente a la libre comercialización y competencia de los mercados de energía eléctrica. Mientras tanto, se convocará a Audiencias Públicas en ambos servicios.

  1. Importaciones: Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI)

No estarán gravados por ningún tributo los bienes para uso personal sin fines comerciales amparadas por el régimen de equipaje al regresar del exterior ni mercaderías ingresadas bajo el régimen de Courier o de envíos postales.

Para el resto de los bienes, los importadores deberán declarar anticipadamente la información relativa a sus destinaciones en el nuevo Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI) que sustituye al anterior sistema (SIRA).

  1. Retenciones a las Exportaciones: generalización del 15%
  • Fíjese en 15% la alícuota del derecho de exportación para todas las mercaderías.
  • Excepto, el 33% para todos los productos y subproductos de la soja.
  • El 8% para el complejo vitivinícola.
  • Y 0% para 18 economías regionales: olivícola, arrocero, cueros bovinos, lácteo, frutícola, hortícola, porotos, lentejas, arveja, papa, ajo, garbanzos, miel, azúcar, yerba mate, té, equinos y lana.
  1. Moratoria Impositiva: entre 36 y 84 cuotas mensuales

Se crea un nuevo régimen para la regularización excepcional de obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social vencidas hasta el 30 de noviembre de 2023.

  • Las Personas Humanas ingresarán un pago a cuenta 20% de la deuda y 60 cuotas mensuales por el saldo restante.
  • Las Micro y Pequeñas Empresas ingresarán un pago a cuenta del 15% de la deuda y 84 cuotas mensuales por el saldo restante.
  • Las Medianas Empresas ingresarán un pago a cuenta del 25% de la deuda y 60 cuotas mensuales por el saldo restante.
  • El resto de los contribuyentes ingresarán un pago a cuenta del 30% de la deuda y 36 cuotas mensuales por el saldo restante.
  1. Blanqueo: 0% de penalidad hasta US$100.000

Régimen de Regularización de Activos en el país y en el exterior que se extenderá en etapas hasta el 30 de noviembre de 2024.

Los bienes alcanzados en Argentina o el exterior son: moneda nacional o extranjera, sea en efectivo o depositada en cuentas bancarias, inmuebles, acciones, títulos, acciones, bonos, obligaciones negociables, créditos de cualquier tipo y criptomonedas.

  • Etapa 1 hasta el 31 de marzo de 2024.

0% Impuesto Especial de Regularización hasta US$100.000.

5% Impuesto Especial de Regularización por encima de US$100.000.

  • Etapa 2 hasta el 30 de junio de 2024.

0% Impuesto Especial de regularización hasta US$100.000.

10% Impuesto Especial de Regularización por encima de US$100.000.

  • Etapa 3 hasta el 30 de septiembre de 2024.

0% Impuesto Especial de Regularización hasta US$100.000.

15% Impuesto Especial de Regularización por encima de US$100.000.

  • El poder ejecutivo podrá prorrogar estos plazos hasta el 30 de noviembre de 2024.
  1. Bienes Personales: reducción gradual hasta 2027

Se implementa un programa de baja general de alícuotas para los próximos cuatro años.

  • Año 2023 – Alícuotas entre 0,5% a 1,5%
  • Año 2024 – Alícuotas entre 0,5% y 1,3%
  • Año 2025 – Alícuotas entre 0,50% y 1,1%
  • Año 2026 – Alícuotas entre 0,50% y 1%
  • Año 2027 – Alícuota única de 0,5%.
  1. Mercado Laboral: regularización de relaciones laborales

La Ley contempla un programa de Promoción del Empleo Registrado tendiente a regularizar las relaciones laborales del sector privado no registradas o deficientemente registradas antes de la fecha de promulgación de la ley, mediante la extinción de la acción penal prevista por la Ley N° 27.430 y condonación de las infracciones, multas y sanciones de cualquier naturaleza correspondientes a dicha regularización.

  1. RIGI: Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones

Para proyectos nuevos o ampliaciones de existentes con incentivos, certidumbre, seguridad jurídica y protección eficiente para sectores de agroindustria, infraestructura, forestal, minería, gas y petróleo, energía y tecnología. La autoridad de aplicación del RIGI será la que determine el Poder Ejecutivo Nacional.

  1. Beneficios impositivos por cobros electrónico

El actual proyecto de ley establece la desgravación de retenciones impositivas a los cobros electrónicos en pequeños contribuyentes por parte de las entidades administradoras de tarjetas de débito, crédito y demás de medios electrónicos de pago. Es decir, retenciones que las entidades cobrar por administrar pagos digitales.

Por lo cual, no se realizarán retenciones impositivas, en tanto y en cuanto, los montos que procesen no excedan el equivalente a 10.000 Unidades de Valor Adquisitivo mensuales. A valor de hoy, serían pequeños comercios con una facturación mensual inferior a $4.706.000.

 

El consumo de bienes y servicios retrocedió 4,1% en noviembre

El dato surge del Indicador de Consumo de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), que mostró un retroceso de 4,1% en la comparación interanual.

El IC es un indicador adelantado de actividad que se construye agregando distintos tipos de consumos finales de los hogares, utilizando para su confección, fuentes de información de acceso libre y gratuito publicados por diferentes instituciones y organismos en términos reales, en volúmenes o en valores nominales previamente deflactadas.

En noviembre de 2023, el IC mostró un retroceso de 4,1% en la comparación interanual y una contracción desestacionalizada de 6,9% frente al mes de octubre. Así, noviembre fue el quinto mes consecutivo con variación mensual negativa y el segundo de 2023 con caída interanual.

 

Variación Interanual: segundo valor negativo del año

El Indicador de Consumo (IC) que refleja la evolución del consumo de los hogares en bienes y servicios finales mostró en noviembre una baja en su comparación interanual de 4,1%.

En línea con el valor negativo del mes pasado, se acelera la tendencia bajista en las tasas de crecimiento interanual exhibidas por el IC a partir de enero y marcan en noviembre 2023 un nuevo valor negativo en el año. A excepción del mes de septiembre donde el valor positivo fue explicado principalmente por bonos, refuerzos económicos y reintegros de IVA que lograron impactar positivamente en el poder adquisitivo de los hogares.

Fuente: Departamento de Economía FECOI en base a datos de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios

Variación Mensual: quinto mes consecutivo con valor negativo

A su vez, el Indicador de Consumo mostró en el mes de noviembre un retroceso desestacionalizado (es decir, descontando los efectos estacionales habituales del consumo a lo largo del año) de 6,9% frente al mes anterior octubre, registrando así el quinto mes de caída consecutiva del año.

Fuente: Departamento de Economía FECOI en base a datos de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios

De esta forma, el indicador acumula en los primeros once meses del año un crecimiento de 3,4% en relación al mismo período del año anterior, aunque se estima que la pérdida de dinamismo registrada en los últimos meses continuará acentuándose, fundamentalmente por un escenario económico donde la inflación volvió a sufrir una marcada aceleración y registró nuevamente una variación mensual de dos dígitos. En noviembre de 2023 la mensual fue de 12,8%, con una interanual de 160,9% y una acumulada anual de 148,2%.

Con la inflación acelerándose, la desaparición de los últimos bonos vigentes y la falta de oferta de créditos, noviembre de 2023 estuvo marcado por una gran contracción en el poder de compra de los consumidores. En paralelo, la efectividad de los reintegros del IVA siguió sin tener el impacto previsto y el aumento tarifario, y posible traslado a precios de la devaluación serán factores claves para el consumo en los próximos meses.

Desempeño por Rubros

Al analizar el desempeño de algunos rubros en particular, se observa una dinámica heterogénea de crecimiento y decrecimiento interanual respecto a los valores de noviembre de 2022.

El rubro de indumentaria y calzado mostró en el onceavo mes del año un leve incremento de 0,1% interanual. En tanto, recreación y cultura en noviembre mostró un crecimiento de 2,3%, explicado por un contexto de aceleración inflacionaria y donde los consumidores eligen gastar en productos de consumo y disfrute inmediato, tales como restaurantes.

Por otro lado, el capítulo de transporte y vehículos mostró un aumento estimado de 0,1% en octubre. Esto se debió a un nivel de patentamientos de automóviles que se mantuvo relativamente constante (tuvo apenas un retroceso de 0,1% interanual). Por otro lado, la compra de nafta tuvo un incremento moderado de 3,2% interanual.

En cuanto al apartado de vivienda, alquileres y servicios públicos, este mostró incremento estimado de 1,2%, lo cual se explica principalmente por un mes con menores temperaturas que el mismo del año pasado.

 

Ley Tributaria 2024: encuentro con el ministro de Economía

Federación Gremial participó del encuentro con el ministro de Economía de Santa Fe, Pablo Olivares, junto a representantes del gobierno provincial y miembros de entidades empresarias con el objeto de revisar la Ley Impositiva Anual 2024 que será remitida a la Legislatura.

Continua el beneficio de la Ley de Estabilidad Fiscal

El proyecto de Ley Tributaria presenta como dato saliente sostener la Estabilidad Fiscal para las Pymes santafesinas y no incrementar la carga tributaria en Ingresos Brutos sobre las principales actividades productivas de la provincia como el sector agropecuario, la industria y el comercio.

 

Impuestos sobre los Ingresos Brutos

Se elevan los montos de Ingresos Brutos anuales totales, de las industrias para evitar la pérdida de exenciones, y de quienes se encuentren en el Régimen Tributario Simplificado para los Pequeños Contribuyentes para evitar incrementos en la carga tributaria o queden excluidos del régimen.

Modificación de alícuotas:

Para Servicios de Comunicaciones la alícuota será del 5%.

Para las Entidades Financieras las nuevas alícuotas serán del 6,25%.

Para las operaciones de Préstamos de Dinero de 8,5%.

Para los Casinos la nueva alícuota será del 10,5%.

 

Impuesto de Sellos y Tasas

No se prevén incrementos en las alícuotas, y sólo se actualizará el valor absoluto del módulo tributario a $ 4.20, en línea con la evolución interanual del nivel general de precios de la economía.

 

Beneficio por Buena Conducta Fiscal

La Ley prevé para quienes estén al día en el Inmobiliario Urbano, Suburbano y Rural tendrán el beneficio del descuento del 15% entre las cuotas 1 y 5, y del 100% de la cuota 6.

Esto se suma al descuento del 35% para quienes realicen el pago anual anticipado y un 15% para quienes abonen mediante débito automático en caja de ahorro o cuenta corriente.

 

Impuesto Inmobiliario Urbano

De manera que, accediendo al beneficio anterior, el incremento neto anual será de 146,5%.

 

Impuesto Inmobiliario Rural

Para los propietarios de hasta 50 hectáreas que las afecten directamente a la actividad agropecuaria no tendrán incremento.

Para los que tengan entre 50 y 100 hectáreas afectadas directamente a la actividad agropecuaria será del 74% (con el beneficio será 47,9%).

Mientras que para quienes tengan entre 100 y 200 hectáreas, la actualización será del 103% (con el beneficio será 72,5%).

 

Patente sobre vehículos

El tope anual de actualización será del 160 %, excepto vehículos modelo 2023 y 2024.

Quedan eximidos del pago los vehículos eléctricos y con tecnologías de energías alternativas correspondientes al período fiscal 2024.

Al igual que el régimen de Impuesto Inmobiliario se establecen los Beneficio por Buena Conducta Fiscal.

 

Beneficios para Comercios y Servicios

Se podrán computar como crédito a cuenta, es decir como crédito fiscal en el impuesto sobre los Ingresos Brutos, un 25% del Impuesto Inmobiliario efectivamente abonado del período fiscal 2024 correspondiente al inmueble afectado a la actividad.

 

El nuevo sistema de importaciones SEDI

La Resolución Conjunta 5466/2023 de la Administración Federal de Ingresos Públicos y la Secretaría de Comercio oficializó el nuevo Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI) que sustituye al Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA), permitiendo a importadores declarar anticipadamente la información relativa a sus destinaciones.

Cómo funciona el nuevo sistema:

  1. DECLARACIÓN JURADA

El importador deberá proporcionar, con carácter de Declaración Jurada, la información que se indica en el micrositio “Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI)” disponible en el sitio web de la AFIP.

  1. AFIP Y VUCEA REALIZAN LOS CONTROLES PREVIOS

Uno vez efectuar la declaración SEDI, la AFIP analizará, a partir de la información disponible en sus registros, la situación tributaria del contribuyente y su capacidad económica financiera mediante el “Sistema de Capacidad Económica Financiera” (Sistema CEF).

  1. DECLARACIÓN OFICIALIZADA

Superados los controles, la declaración SEDI pasará a estado OFICIALIZADO.

  1. DECLARACIÓN NO OFICIALIZADA

No superados los controles, el Sistema Informático MALVINA (SIM) emitirá un mensaje indicando las inconsistencias detectadas. Una vez subsanadas, se deberá registrar una nueva declaración SEDI.

  1. DECLARACIÓN EN ESTADO DE SALIDA

La declaración SEDI pasará a estado de SALIDA en tanto se encuentre autorizada por los Organismos integrantes del Régimen Nacional de Ventanilla Única del Comercio Exterior Argentino (VUCEA).

  1. ESTADO DE SALIDA AUTOMÁTICO 

Estos Organismos deberán pronunciarse en un lapso no mayor a TREINTA (30) días corridos, contados desde el registro de la SEDI. En caso de no producirse la intervención en el plazo señalado, la declaración SEDI pasará, en forma automática, a estado de SALIDA.

  1. VALIDEZ DE LA DECLARACIÓN JURADA

La declaración efectuada a través del SEDI tendrá un plazo de validez de TRESCIENTOS SESENTA (360) días corridos, contados a partir de la fecha que obtuviera el estado de SALIDA.

  1. VALORES DE TOLERANCIA

Las mercaderías declaradas, tendrán una tolerancia en el valor FOB unitario del SIETE POR CIENTO (7%) en más o en menos, y en la cantidad de un SIETE POR CIENTO (7%) en más.

  1. OPERACIONES EXCEPTUADAS
  • Destinaciones de importación para consumo, realizadas en el marco de los regímenes de muestras.
  • Mercaderías con franquicias, es decir, eximidas del pago de impuestos.
  • Mercaderías ingresadas bajo el régimen de Courier o de envíos postales.
  • Bienes destinados a investigaciones científico-tecnológicas.
  • Bienes provenientes del Área Aduanera Especial.
  • Mercaderías que tramitan afectación sumaria particular “PART”.
  1. DEUDA COMERCIAL POR IMPORTACIONES DE BIENES Y SERVICIOS

Se crea el “Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior” en el cual deberán inscribirse los sujetos que cuenten con declaraciones SIRA aprobadas anterior al 13 de diciembre de 2023. Los sujetos alcanzados deberán completar el registro de deuda en el micrositio “Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI)”.

Las medidas económicas que anunció el Ministerio de Economía

Tipo de Cambio

El Ministerio de Economía dispuso un salto del 118% para el tipo de cambio oficial y anunció una nueva relación peso-dólar de $800 en el Mercado Único y Libre de Cambios. Estableciendo, a su vez, un sendero de desplazamiento de 2% mensual para el tipo de cambio.

Tasa de Interés

El BCRA mantiene sin cambios la tasa de política monetaria de 133% anual.

Impuesto PAIS

La normativa eleva la alícuota del impuesto PAIS de 7,5% a 17,5%. Así, las importaciones de bienes y servicios se harán a un dólar de $940 (Valor oficial sumado el 17,5% del impuesto).

Retenciones a las Exportaciones

El programa incluye una suba generalizada de retenciones del 15% para todos los productos a excepción de la soja que mantiene el 30% (33% poroto y 31% para harina y aceite).

La liquidación de las exportaciones podrá hacerse en un esquema 80- 20, es decir, 80% en el Mercado Único y el 20% restante en el Mercado Financiero “contado con liquidación” dando un valor aproximado de $860, bajando con retenciones a $760.

Sistema SIRA

Se remplazará el actual Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) por un sistema estadístico que no requiera aprobación previa, sino que permita aprobar automáticamente, fijando solo la fecha para el acceso a dólares.

Equilibrio Fiscal

Para lograr un equilibrio fiscal en 2024 se proyecta aumentar Ingresos por 2,2% del PBI y ajustar Gastos por 2,9% siguiendo el siguiente esquema:

INGRESOS                                                     +2,2% del PBI

Aumento Impuesto PAIS                                    +0,8%

Aumento Retenciones                                        +0,5%

Bienes Personales, Moratoria, Blanqueo      +0,5%

Revisión Reforma Ganancias                             +0,4%

GASTOS                                                           -2,9% del PBI

Reducción de Subsidios                                      -0,7%

Baja del Gasto de Capital                                   -0,7%

Menores Transferencias a las Provincias       -0,5%

Gastos de Funcionamiento                                -0,5%

Modificación ley de movilidad jubilatoria       -0,4%

Programas Sociales                                              -0,1%

 

La actividad económica en Santa Fe se redujo 8,7%

El Indicador mensual de actividad económica elaborado por el Instituto Provincial de Estadísticas y Censos (IPEC) en base a volúmenes físicos registró en septiembre de 2023 una caída del 7,5% en relación al mismo mes del año anterior. En tanto, la variación acumulada entre enero-septiembre de 2023 fue de -8,7%.

Mientras que, a nivel nacional, en setiembre de 2023, el Estimador mensual de actividad económica (EMAE) registró una caída de 0,7% en la comparación interanual, y una contracción de 1,5% en el acumulado del año respecto al acumulado de igual período del año anterior.

Indicador del Sector Industrial de Santa Fe

La variación acumulada entre enero-septiembre de 2023 de la Industria Manufacturera fue de 11,5%, siendo así, el sector de mayor incidencia en la caída de la actividad económica de la provincia y registrando caídas en la comparación interanual desde el mes de febrero, como se observa en el siguiente cuadro.

FUENTE: Departamento de Economía FECOI según datos IPEC

A nivel macroeconómico, dificultaron el comportamiento del Sector, el abastecimiento de insumos industriales, la sequía, las restricciones a las importaciones y las tensiones cambiarias, en el marco de mayores costos financieros para las empresas con nuevos aumentos de la tasa de interés.

Indicador del Sector Comercio de Santa Fe

Por su parte, el Comercio mayorista y minorista de la provincia de Santa Fe, presentó una variación anual acumulada a septiembre de 2023 de 5,1% a precios constantes.

Es el segundo sector de mayor incidencia en la variación interanual del indicador general detrás de la Industria, y los datos presentados por el Instituto Provincial de Estadísticas y Censos muestran valores negativos en todos los meses del año en relación al mismo mes del año anterior.

FUENTE: Departamento de Economía FECOI según datos IPEC

Las actividades que presentaron variación interanual positiva en el mes de septiembre de 2023 fueron Administración pública (12,4%), Actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler (4,4%), y Hoteles y restaurantes (4,3%). El resto de los sectores económicos provinciales lo hicieron en sentido contrario.

FUENTE: Departamento de Economía FECOI según datos IPEC

 

Preocupación de FECOI por la tasa municipal de combustibles

COMUNICADO DE PRENSA

Preocupación por la tasa de combustibles anunciada por el Ejecutivo Municipal

La Federación Gremial del Comercio e Industria de Rosario expresa su preocupación por la tasa municipal a aplicar sobre los combustibles, anunciada por el Ejecutivo Municipal.

Según lo analizado en base a las noticias periodísticas, entendemos que la misma atenta directamente sobre la competitividad del sector productivo de la ciudad, dado que los combustibles son insumos básicos de todas las actividades. También impactará negativamente en las actividades de respaldo de Energía de las Empresas, ya que los generadores eléctricos funcionan mayormente a Gasoil, por lo que encarecerá su puesta en marcha.

No queda claro, además, cuál será la incidencia de este nuevo tributo en las tarifas de los medios de transporte urbano, tanto taxis como colectivos, teniendo en cuenta que para los trabajadores de nuestras empresas este puede ser un costo relevante.

Por otra parte, genera una clara desventaja sobre las estaciones de servicio locales respecto de las que estén situadas en ciudades vecinas, dado que producirá un corrimiento de clientes que dejarán de abastecerse en Rosario para hacerlo en Funes, Granadero Baigorria o Villa Gobernador Gálvez.

Desde el punto de vista jurídico, no le cabe al presente tributo el concepto de Tasa, ya que las obras proyectadas no están individualizadas. Si no hay contraprestación no hay tasa, sino impuesto. Los titulares de Automotores ya pagan la Patente Automotor, que se debería encontrar destinado al bacheo de calles, Impuesto Provincial que se coparticipa en un 90% al Municipio. La Tasa General de Inmuebles de la Ciudad de Rosario, tiene por objeto el “arreglo de calles”, según el Código Tributario Municipal, por lo que en un mismo fisco los contribuyentes estarían tributando dos y hasta tres veces por el mismo concepto.

Destacamos que un tributo similar conocido como “Tasa Vial”, se aplicó en la Provincia de Córdoba desde el año 2012 a fines de 2015, bajo la Ley 10.081. La ley fue derogada, a pedido del Gobierno de Córdoba, por la controversia suscitada con los contribuyentes. Además, la aplicación de esta Tasa Vial, provocó la presentación de una demanda en la que Gobierno Nacional denunció a la Provincia de Córdoba por el cobro de este Impuesto, ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La misma devino en abstracto ante la derogación de la medida.

Finalmente, entendemos que cualquier aumento de impuesto va en contra de las necesarias medidas de austeridad que deberían guiar las gestiones de las nuevas autoridades de todos los niveles, atendiendo la situación de crisis extrema que está transitando todo el pueblo argentino.

Solicitamos se revea la medida y quedamos a disposición para discutir opciones que no entorpezcan la gestión municipal, pero sin perjudicar al entramado productivo.

Media sanción a la Ley de Presupuesto Santa Fe 2024

La Cámara de Senadores dio media sanción al proyecto de ley de presupuesto provincial remitido desde el Ministerio de Economía que estima ingresos por $4.865.648 millones y gastos totales de $4.859.521 millones, arrojando un resultado financiero positivo de $6.127 millones (0,1% de los ingresos totales).

La Ley Tributaria, que definirá la política impositiva de la provincia para 2024 y la vigencia de la Estabilidad Fiscal para Pymes Santafesinas, será elabora por la próxima gestión del gobernador electo.

 

Ingresos de la Administración Provincial

El Presupuesto para el próximo año proyecta ingresos superiores en 159,2% a los presupuestados para el corriente año. De los cuales, prevé recaudar de impuestos provinciales $1.285.761 millones y de impuestos nacionales por $2.337.437 millones.

Según estos montos, la coparticipación nacional constituye el 65% de los recursos de origen tributario de la provincia y equivale al total del gasto anual en remuneraciones al personal sumado al gasto de capital estimado para 2024.

Adicionalmente, la provincia cuenta con fondos en Plazo Fijo por un monto de $67.500 millones, suma que representa el 5,2% de los ingresos por tributos propios de la provincia.

 

Gastos de la Administración Provincial

El proyecto 2024 contempla un aumento de gastos de 159,2% en relación a 2023 mientras que, en materia de Remuneraciones, gasto de mayor participación sobre el total, el presupuesto prevé remuneraciones por $1.653.423 millones.

Así, el rubro sueldos aumentó 174% en relación al presupuesto 2023, contemplando las políticas salariales dispuestas para el año 2024, y representa el 34% de los gastos totales.

 

Inversión en Obra Pública

El proyecto de presupuesto contiene un programa de inversión en infraestructura por $568.455 millones, 93,8% mayor al presupuesto del año anterior y cuyo monto equivale al 11,7% del Gasto Total, fundamentalmente con obras y equipamiento en infraestructura vial.

El ahorro corriente de $502.080 millones, consecuencia de recursos corrientes por encima de gastos corrientes, permitirá financiar el 88% de la inversión real directa para proyectos de inversión pública, adquisición de bienes de capital y fondos de obras menores en municipios.

 

Deuda de Nación con Santa Fe

El proyecto de ley incluye el flujo de fondos por el pago de intereses y amortización por $138.000 millones para el año 2024 provenientes del cobro de la deuda histórica de Nación en octubre de 2022, una cartera de títulos públicos cuyo valor de mercado a la fecha asciende a 253.289 millones de pesos y de los cuales, la provincia no ha vendido ninguno.

Dichos fondos, con afectación específica a la ejecución de proyectos de inversión vinculados al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat, aportarán el equivalente al 24% de los recursos que dispuso la provincia para inversiones de capital.

 

Endeudamiento

En el contexto nacional, Santa Fe es una de las provincias menos endeudadas del país, con un stock de deuda pública, sin contemplar deuda flotante, que asciende al 31 de octubre a 202.000 millones de pesos, cifra que representa el 10% de sus recursos totales.

Según el ministro de Economía de la provincia, Walter Agosto, en el caso de Entre Ríos ese indicador es de 22%, en Mendoza 41%, en CABA 41%, en PBA 52% y en Córdoba 53%, para dar algunos ejemplos con provincias comparables.

A su vez, se autoriza a suscribir durante el ejercicio 2024 préstamos por $50.000 millones o su equivalente en moneda extranjera (U$S 138 millones al tipo de cambio mayorista) con entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales para el financiamiento de proyectos de inversión pública que podrá incluir la emisión de títulos de deuda pública en los mercados de capitales nacionales e internacionales.

 

Los números del Presupuesto Santa Fe 2024

  • La Ley Tributaria será definida por la próxima gestión.
  • La coparticipación de impuestos nacional constituye el 65% de los Recursos Tributario.
  • Contará con un Plazo Fijo de $67.500 millones.
  • Prevé intereses y amortización por $138.000 millones de la deuda de Nación.
  • El gasto en Remuneraciones aumenta 174% en relación al presupuesto 2023.
  • La Inversión en Obra Pública equivaldrá al 11,7% del Gasto Total.
  • El Stock de Deuda Pública representa el 10% de los Recursos Totales.

 

Renovación de Autoridades en FECOI

El 27 de noviembre se realizó la Asamblea Anual Ordinaria de Federación Gremial del Comercio e Industria. Participaron de la misma una gran cantidad de asociados representantes de empresa, cámaras e instituciones adheridas y autoridades de la Entidad.

La Asamblea fue presidida por Edgardo Moschitta, secundado por la Secretaria Fabiana Cereseto y el Tesorero Daniel Escalante. Se presentó memoria y Balance del Ejercicio documentos que fueron aprobados por unanimidad.

Además se renovaron autoridades ingresando al Consejo Superior de la Federación Gremial del Comercio e Industria: Carolina Carrone de la empresa W. Cleffer Ferrari y en representación de la Cámara de la Madera del Litoral; el Sr. Fabián Argañaráz de RTO Firmat SRL y en representación de la Cámara de Centros de Inspección Vehicular; y el Sr. Fernando Bassán de ServiRío SA y en representación de la Cámara de Empresas de Servicio de Lancha, Amarres y Afines.

Concluido el acto protocolar, se realizó el brindis de fin de año con la presencia de funcionarios y entidades amigas.