jornada sobre la “Resol. SRT No 81/19 y la confección del Registro de Agentes de Riesgos

Invitación a participar en la «jornada sobre la “Resol. SRT No 81/19 y la confección del Registro de Agentes de Riesgos”, a cargo del profesional Juan Ignacio Suarez Anzorena del Depto. de control de A.R.T. Se realizará el el día 21 de agosto de 14:00 a 16:00.
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Temario:
Resolución SRT No 81/19
– Porque se reemplazó el Registro de Cancerígenos por el SVCC
– Normativa relacionada
– Quienes tienen que inscribirse
– Qué información tienen que presentar y cómoRAR y NTE
– Normativa relacionada
– Para que confeccionar el RAR y la NTE
– Cómo confeccionarlos
– Cuándo y cómo se presentan
– Documentación respaldatoria
– Que hacer con los resultados de los EMP
Fecha: viernes 21 de agosto de 2020.
Horario: 14 hs. a 16 hs.
Modalidad virtual: con inscripción previa. Con anterioridad a la actividad, se enviará el link para conectarse.
Inscripción: enviar nombre y apellido, cel. correo electrónico e institución a la que pertenece a la siguiente dirección[email protected] 
Sugerencias para la participar en la reunión:
-Chequear 15 min. antes de ingresar a la sala que sus recursos tecnológicos funcionen correctamente.
-En el caso de que la plataforma lo permita, identifíquese con su nombre e institución a la que representa.
-Silenciar el micrófono cuando no esté hablando.
-Evitar distraerse con otros dispositivos ( por ej. celular).
-Mantenga abierta la ventana del «chat».
-Sea amable y respetuoso/a con las demás personas.
invitación 21 de agosto

REUNIÓN DE LA COMISIÓN ASESORA del AIR

El 31 de julio del 2020 la FECOI estuvo presente en la REUNIÓN DE LA COMISIÓN ASESORA del AIR.

Algunos de los temas que se trataron fueron:

 

  • La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) determinó oportunamente que el reinicio de las operaciones es el 1 de septiembre.
  • La compañía Jetsmart anuncio que, de acuerdo a los estudios de la demanda y la venta de tickets del vuelo Rosario /Neuquén decidieron posponer su reinicio por considerar
    la baja necesidad que presentan las empresas santafesinas para volar al sur durante los meses de septiembre a diciembre.
  • Se envió una nota dirigida al presidente de la compañía de Aerolíneas Argentinas proponiendo a Rosario como “hub” del interior.
  • GOL: Rio/ROS quiere comenzar a volar cuanto antes pero la situación pandémica de Brasil lo demora.
  • COPA: La extensión del cierre de Panamá (hasta el 31 de agosto) pospone la intención de la compañía de retomar cuanto antes el vuelo Rosario /Panamá.
  • Latam: la compañía cerró temporalmente sus vuelos en las bases del interior del país para quedarse exclusivamente con operatoria desde Ezezia.
  • A partir de informes técnicos elaborados por el propio AIR y los estudios efectuados por el ORSNA se ve la necesidad de realizar una reconstrucción total de la pista. Producto de las gestiones realizadas por el Directorio, el ORSNA notificó, mediante nota del 15 de julio del corriente, que aprobaron la reconstrucción total de pista.
  • Con respecto a la Nueva terminal se mantienen reuniones semanales con el Ministerio de Infraestructura de la provincia y la Secretaría de Obras Públicas para adaptar la materialidad de la obra sin romper.
  •  Desde el inicio de la pandemia se brindaron servicios a más de 160 vuelos de aviación general (privados, humanitarios, sanitarios, etc.), la mayoría de los mismos están
    vinculados en el traslado de órganos e insumos médicos.

 

 

 

 

Ampliación de la moratoria vigente para paliar los efectos de la pandemia

El nuevo proyecto de moratoria tiene como objeto ampliar el universo de contribuyentes, mejorar los planes de pagos e incluir todo tipo de deuda tributaria. Podrán adherirse toda empresa, pequeña, mediana y grande, con y sin certificado Pyme y personas humanas, monotributistas y autónomos, que mantengan deudas con la AFIP.

Obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2020

Se extienden 7 meses el plazo para acogerse, abarcando obligaciones vencidas al 30 de junio de 2020 inclusive o infracciones relacionadas con dichas obligaciones. Se podrá incluir en este régimen la refinanciación de planes de pago vigentes y las deudas emergentes de planes caducos.

Al igual que el proyecto anterior, se excluyen de lo dispuesto las deudas originadas en cuotas con destino al régimen de riesgos del trabajo y los aportes con destino a las obras sociales.

Plazo de adhesión hasta el 31 de octubre de 2020

El acogimiento previsto en la presente ley podrá formularse entre la fecha de entrada en vigencia de la normativa complementaria que dicte la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y el 31 de octubre de 2020, inclusive.

Condonación de intereses y multas

Condonación de multas y demás sanciones cometidas por obligaciones vencidas al 30/06/2020. También serán condonados los intereses resarcitorios y/o punitorios correspondientes al capital cancelado con anterioridad a la entrada en vigencia.

Planes de facilidades de pago desde 48 a 120 cuotas

MiPyMES, entidades sin fines de lucro y personas humanas tendrán un plazo máximo de sesenta (60) cuotas para las obligaciones correspondientes a los recursos de la seguridad social y ciento veinte (120) cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras.

Los demás contribuyentes, tendrán un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) cuotas y noventa y seis (96) cuotas.

 

Primera cuota del plan de pagos vence el 16 de noviembre de 2020

La primera cuota vencerá, excepto que se trate de refinanciaciones, no antes del 16 de noviembre de 2020, según el tipo de contribuyente, deuda y plan de pago adherido.

Tasa de interés del 2% mensual hasta enero de 2021

Se reduce del 3% al 2% mensual hasta el mes de enero 2021. La tasa de interés será fija, del dos por ciento mensual, hasta el mes de enero de 2021 inclusive, resultando luego de aplicación la Tasa BADLAR en moneda nacional de bancos privados.

La calificación de riesgo que posea el contribuyente ante la AFIP no será tenida en cuenta para la caracterización del plan de facilidades de pago.

Caducidad

Los planes de facilidades de pago caducarán por la falta de pago de hasta SEIS (6) cuotas en el caso de Mipymes y de hasta CUATRO (4) cuotas en los restantes contribuyentes.

Adicionalmente, para casos no Mipymes, si se distribuyeran dividendos durante 24 meses siguientes al ejercicio comercial en curso, realizasen operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria o acceso al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.

 

 

 

Modificación del Decreto 332/20 (ATP)

Mediante el Decreto 621/20, publicado ayer en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo Nacional modificó el Decreto 332/20 (ATP) extendiendo el programa para los sueldos del mes de julio 2020.

El programa de Asistencia al Trabajo y la producción (ATP) en su versión 4, que podría prolongarse más allá de agosto, fue aprobada para los salarios de julio que se cobran en agosto, pero esta vez será con ciertas condiciones (además de las que ya se plantearon en, como montos específicos, diferentes aportes estatales según la localidad donde se realice la actividad, tope máximo para los salarios más altos, entre otros). Las restricciones fijadas en la versión anterior se mantienen y se agregan algunas otras.

El ATP completa los salarios de los trabajadores del sector privado afectado por el coronavirus, pero esta vez se dividirá al país según la actividad:

  1. Las actividades críticas (turismo, entretenimiento y cultura, salud y deportes), sin parámetro de facturación, hasta 2 salarios mínimos vitales y móviles por cada trabajador registrado (SMVM: $ 16.875).
  2. El resto de las actividades se dividen en dos subgrupos:
  1. Parámetro de facturación nominal de junio 2020 menor a junio 2019, el beneficio será salario complementario de 1,5 veces el salario mínimos vitales y móviles por cada trabajador registrado (se tomará en cuenta el personal registrado según el F. 931 de mayo 2020).
  2. Parámetro de facturación nominal de junio 2020 igual o mayor a junio 2019, el beneficio será un crédito garantizado por el Estado Nacional, con 3 meses de gracia y a 12 meses de plazo destinado a pagar los salarios. A su vez, en función de la variación de la facturación:

b.1. Variación de facturación de 0 a 10%: Tasa de interés 0%;

     b.2. Variación de facturación de 11 a 20%: Tasa de interés 7,5%;

     b.3. Variación de facturación de 21 a 30%: Tasa de interés 15%;

ATP 27 de julio de 2020

Leve superávit en las cuentas provinciales

Las finanzas santafesinas registraron durante los primeros meses del año un superávit de $6.828 millones, debido fundamentalmente a la toma de deuda y el ajuste del gasto de capital para equilibrar las cuentas.

 

Si bien, los Gastos y los Ingresos registraron una caída en términos reales en relación a la variación interanual del IPC Santa Fe, los recursos provinciales estuvieron por encima del gasto total, lo que resultó en un ahorro fiscal necesario para afrontar la carga adicional que significa el pago de aguinaldos en el mes de julio.

 

Fuente: elaboración propia en base a información del Ministerio de Economía Santa Fe

 

Los Recursos Totales de Santa Fe acumularon una suba interanual del 29,5%, sin embargo, la inflación registrada en el mismo período fue de 42,9% según el IPC provincial mostrando una caída real de la recaudación.

Durante el período enero-mayo, la participación de los Ingresos Brutos en la recaudación propia de Santa Fe superó el 80%, en tanto que, el Impuesto Inmobiliario fue el segundo tributo más importante representando el 4% de la recaudación seguido del 2,5% de Sellos.

El principal sostén de la recaudación provincial fueron los Ingresos Brutos con un incremento interanual del 36,7% que solo acompañó la corrección de precios. A su vez, los ingresos provenientes de la Coparticipación Nacional crecieron 24% en relación al año anterior producto de un incremento en IVA (24%) y Ganancias (19%).

La provincia, en este período, tomó deuda por $9.600 millones, financiamiento en efectivo que ingresó en el Tesoro y fue fundamental para cerrar el programa financiero del primer semestre.

Los Gastos Totales mostraron una política austera creciendo 16% interanual. En tanto las Remuneraciones, gasto de mayor participación sobre el general, se incrementaron 31,7% en línea con los acuerdos paritarios.

Los gastos destinados principalmente a Obra Pública, exhibieron una menor participación sobre el total en el marco de la discusión del pago de la deuda a contratistas. Fueron destinados a esta partida $3.650 millones, representando el 2,7% de los gastos totales, un monto 71% menor al del año anterior.

 

 

 

ATP4: Amplían el programa de Asistencia a la Producción y el Trabajo con más beneficios y créditos a tasa 0%

 

  • Habrá créditos a tasa cero para las empresas que empiezan a recuperarse.
  • El Estado pagará parte de los sueldos del sector privado sin importar la zona en la que estén radicadas las empresas.
  • Los sectores más afectados como el turismo, entretenimiento, la cultura y la salud percibirán el ATP hasta diciembre.
  • Monostributistas y autónomos de la cultura tendrán créditos a tasa 0% con un año de gracia.

 

Buenos Aires, 23 de julio de 2020. – El Gobierno Nacional anunció una ampliación del programa de Asistencia a la Producción y el Trabajo (ATP) que en su cuarta edición incorporará financiamiento para las empresas que registren una mejora interanual en la facturación.

 

Adicionalmente, el Estado continuará pagando parte de los salarios de los trabajadores del sector privado de las empresas cuya facturación haya caído en junio 2020 frente al mismo mes de 2019. El beneficio se pagará sin importar si se encuentran en zonas ASPO o DISPO dada la evolución de los indicadores sanitarios que indican focos de contagio en varias Provincias y/o ciudades del país.

 

Por otra parte, las empresas que pertenecen a actividades consideradas “críticas” como el turismo, entretenimiento y cultura, salud y deportes, percibirán el salario complementario en todo el país por hasta el equivalente a dos Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) hasta diciembre próximo.

 

Los datos indican que el nivel de actividad se está recuperando. Todavía no se han alcanzado los niveles previos al impacto de la pandemia, pero la información evidencia una mejora en distintos sectores de actividad.

 

Esta recuperación, sin embargo, está recién en sus inicios y no es homogénea, presenta diferencias de acuerdo con el sector de actividad. Tampoco es lo suficientemente robusta —dado el impacto que la pandemia continúa teniendo sobre la demanda— y, por lo tanto, la ayuda por parte del Estado debe ser extendida y adecuada para poder acompañar las distintas trayectorias de reactivación de las empresas.

Por eso, el programa prevé que las empresas cuya facturación nominal sea nula o positiva hasta el 30% (comparando junio 2020 con junio 2019), podrán solicitar un crédito garantizado y subsidiado por el Gobierno Nacional con tres meses de gracia a devolver en 12 cuotas fijas y que deberá ser destinado al pago de los salarios.

El monto del préstamo se calculará en función de la masa salarial a razón de 1,2 Salarios Mínimo Vital y Movil (SMVM) por cada trabajador/a registrado/a de la empresa que figure en la plantilla de salarios correspondiente a mayo del 2020.

Para las empresas que hayan facturado entre 0% y 10% más que en junio de año pasado, la tasa será del 0%, si la facturación se incrementó entre 11% y 20%, la tasa será del 7,5%; mientras que en las empresas donde la facturación haya experimentado un aumento del 21% al 30% la tasa de interés será del 15%.

 

Aquellas que cumplan con estos parámetros de facturación estarán habilitadas para solicitar el crédito, que podrá ser tomado en forma total o parcial y los fondos se depositarán en la entidad financiera indicada por la empresa o el comercio. Su destino obligado es el pago de los salarios de las y los trabajadores.

 

Estos créditos contarán con la asistencia del FoGAR del Ministerio de Desarrollo Productivo (para colaborar a través de la garantía estatal en el caso de las PyMES) y también del FONDEP (para el subsidio de tasa).

 

Por otra parte, las empresas cuya facturación haya sido nominal negativa en la comparación entre junio 2020 y el mismo mes de 2019, percibirán el salario complementario -con independencia de la localización geográfica de las empresas- por hasta el equivalente a 1.5 Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM).

 

Las empresas que pertenecen a actividades consideradas “críticas” (turismo, entretenimiento y cultura, salud y deportes) percibirán el salario complementario en todo el país por hasta el equivalente a 2 SMVM. En este caso, la asistencia es tanto para las empresas de menos 800 empleados/as como para las más grandes. Estos sectores podrán recibir asistencia por parte del Estado en el marco del Programa ATP hasta diciembre de 2020.

 

Las empresas que accedan a estos préstamos o las que reciban salario complementario no podrán distribuir utilidades, no podrán recomprar sus acciones directa o indirectamente, no podrán operar en el CCL y no podrán realizar erogaciones con sujetos relacionados directa o indirectamente en domicilios no cooperantes o de bajo o nula tributación.

 

En el marco del nuevo ATP también se crea un préstamo a tasa 0% para las y los trabajadores independientes (monotributistas y autónomos), pertenecientes a códigos de actividad vinculados con la cultura, con un período de gracia más amplio (12 meses) para poder acompañarlos hasta tanto sus actividades se recuperen y contemplando la estacionalidad particular de estas actividades.

 

Con esta medida el Gobierno Nacional redefine un instrumento que ha demostrado ser muy eficiente en el cuidado de las capacidades productivas y el empleo, tomando en cuenta la evolución de la realidad económica y ampliando el número de empresas y comercios beneficiarios para poder colaborar también en la salida de la crisis.

DECRETO PROVINCIAL 647/20 – SE EXIGE HISOPADO NEGATIVO PARA NO RESIDENTES.

Las personas, transportistas, trabajadores o profesionales que tengan que prestar tareas en la provincia de Santa Fe y tengan domicilio en zona de Circulación Local de Coronavirus deberán ingresar con hispado NEGATIVO.

“…A partir de las cero (0) horas del dia 27 de julio de 2020 las personas que ingresen al territorio de la provincia de Santa Fe sin residir en el mismo provenientes de zonas donde se mantiene la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, por estar definidas como de circulación local del coronavirus (COVID-19) por el Ministerio de Salud de la Nación deberán circular munidas de un hisopado o testeo de resultado negativo respecto al mismo de antigüedad no superior a setenta y dos (72) horas anteriores a la del ingreso, o tener cumplimentado o por cumplimentar el procedimiento que el Ministerio de Salud determine a análogos fines, lo que deberán acreditar a simple requerimiento de las autoridades competentes, junto con la demás documentación habilitante para circular….”

 

Zonas definidas con transmisión comunitaria en Argentina
• Ciudad Autónoma de Buenos Aires
• Provincia de Buenos Aires:
Área Metropolitana de la provincia de Buenos Aires
o RS V (completa): General San Martín, José C. Paz, Malvinas Argentinas, San Fernando, San Isidro, San Miguel, Tigre, Vicente López, Campana, Escobar, Exaltación de la Cruz, Pilar, Zárate
o RS VI (completa): Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, Lanús, Lomas de Zamora, Quilmes
o RS VII (completa): Hurlingham, Ituzaingó, Merlo, Moreno, Morón, Tres de Febrero, General Las Heras, General Rodríguez, Luján, Marcos Paz.
o RS XI en los siguientes municipios: Berisso, Brandsen, Cañuelas, Ensenada, La Plata, Presidente Perón, San Vicente.
o RS XII: La Matanza
• Provincia del Chaco:
o Resistencia
o Barranqueras,
o Fontana
o Puerto Vilelas
• Provincia de Mendoza:
o Área metropolitana (Guaymallen, Maipú, Godoy Cruz, Lujan de Cuyo, Capital)
• Provincia de Neuquén:
o Ciudad de Neuquén
o Plottier
o Centenario
• Provincia de Río Negro:
o Bariloche
o Cipoletti
o General Roca
• Provincia de Santa Fe:
o Rosario y gran Rosario

D0064720C

la AFIP prorrogó los vencimientos y los pagos del impuesto a las ganancias

La AFIP prorrogó los vencimientos y los pagos del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales:

PRÓRROGA DE VENCIMIENTOS DE GANANCIAS Y BIENES PERSONALES

 

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorroga más de 15 días los plazos para que las personas humanas presenten sus declaraciones juradas y paguen los saldos correspondientes a los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. La medida del organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont también alcanza al vencimiento del impuesto Cedular.

Las decisiones de la AFIP buscan facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio. La presentación de las declaraciones juradas y el ingreso del saldo resultante de ambos impuestos estaba prevista originalmente para mediados de junio. Con esta medida el organismo concreta una segunda prórroga de los vencimientos y beneficia a 2 millones de contribuyentes.

Las obligaciones correspondientes al período fiscal 2019 podrán cumplirse hasta las fechas que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente, se indican a continuación:

Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales

 

Terminación CUIT Fecha del vencimiento Presentación DDJJ Ingreso saldo resultante
0, 1, 2, 3 10/08/2020, inclusive 11/08/2020, inclusive
4, 5, 6 11/08/2020, inclusive 12/08/2020, inclusive
7, 8, 9 12/08/2020, inclusive 13/08/2020, inclusive

 

Impuesto Cedular

 

Terminación CUIT Fecha de presentación y pago
0, 1, 2, 3 11/08/2020, inclusive
4, 5, 6 12/08/2020, inclusive
7, 8, 9 13/08/2020, inclusive

La medida que será publicada en el Boletín Oficial forma parte del conjunto de herramientas ofrecidas por la AFIP para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Con ese objetivo el organismo también definió, a comienzos de la semana, postergar hasta el 31 de agosto del plazo para la presentación de las declaraciones juradas informativas de Ganancias y Bienes Personales. Dicha resolución fue acompañada por el incremento de 1.500.000 a 2.000.000 de pesos del umbral de ingresos y rentas a partir del cual los contribuyentes deben realizar una declaración jurada informativa.

10,6% de locales desocupados en el centro rosarino

Según datos relevados por Federación Gremial y la Corporación de Empresas Inmobiliarias el mercado inmobiliario rosarino registró en el último año un aumento del 14% en la cantidad de locales comerciales vacantes   

 

La observación, que se realiza de forma semestral y no incluye los locales dentro de galerías y centros comerciales, se llevó a cabo en la primera semana de julio del presente año con la intención de obtener información actualizada sobre el nivel de actividad económica en el casco central. El relevamiento tiene como universo, locales ocupados donde se desarrolla una actividad comercial y locales desocupados, con vidriera a la calle.

 

Al finalizar la primera mitad del presente año se observaron 425 locales vacíos sobre un total de 3.999 en el área censada, lo que implica una tasa de desocupación del 10,6%.

 

El estudio, realizado exactamente un año atrás, había dado como resultado un total de 372 locales ociosos. En comparación con mediciones actuales, el aumento interanual de locales que se encuentran vacíos en el centro rosarino fue del 14,2%. En tanto que, en el primer semestre de 2020 la vacancia de locales aumentó 10,7%.

 

 

Bajos niveles de consumo relacionado con las medidas de restricción a la circulación y producción profundizaron el escenario base de recesión y restaron volumen de venta a los comerciantes. Los permisos de funcionamiento según actividades esenciales generaron cambiantes condiciones económicas que impactaron sobre la venta de productos y la rentabilidad comercial. En el último año, se registraron contracciones interanuales del 34% en la Industria, 27% en Comercio, 86% en Construcción y 86% en Hoteles y Restaurantes.

 

Al respecto CEIR está impulsando entre sus inmobiliarias asociadas medidas para acompañar a los propietarios e inquilinos en el contexto económico actual proponiendo un esfuerzo compartido que mejore las condiciones de nuevas contrataciones y evitar ante todo la no renovación de contratos ya existentes de locales comerciales.

 

Se establecieron mejoras en las condiciones de contratación mediante el prorrateo y alivio de gastos iniciales de alquiler, extendiendo el plazo de pago de cada mes según la situación del local, además en algunos casos se bonifica el mes inicial sumado a la posibilidad de abonar los honorarios de la inmobiliaria en cuotas.

 

Otra iniciativa es flexibilizar los requisitos de garantía con la gestión de un seguro de caución para aquellos inquilinos que no posean garantía propietaria, asegurando al propietario el cobro de las mensualidades adeudadas en caso de mora y a su vez facilitar a los posibles inquilinos el acceso a un local. 

 

Alto promedio de desocupados

Entre las calles céntricas con mayor tasa de desocupación se encuentra calle San Juan, San Lorenzo Mendoza, Santa Fe y Rioja que poseen gran número de locales comerciales y muestran índices de desocupación superiores a la media del centro.

 

Otras calles con altos porcentajes de desocupación, si bien la cantidad de locales con que cuentan es menor, son Sarmiento, Mitre y Laprida, al igual que España.

 

Un factor a analizar, es la infraestructura que hay en la zona y la facilidad de acceso, en áreas donde se observa un deterioro de las instalaciones el interés de los inversores se verá limitado por el mayor costo de acondicionamiento del local y obras de mantenimiento, sumado al déficit de estacionamientos el cual constituye una restricción adicional.

 

Puntualmente, mantienen alta tasa de desocupación, zonas como el comienzo de peatonal Córdoba, San Luis y Rioja a la misma altura, calles Sarmiento y Maipú a lo largo de su recorrido por el microcentro y calle San Juan desde Buenos Aires a Mitre.

 

 

 

Bajo promedio de desocupados

Sin embargo, calles o zonas de mucho tránsito de personas son atractivas para emprendimientos comerciales, por lo que encontrar locales comerciales disponibles en ubicaciones céntricas sobre calle San Luis y las peatonales Córdoba y San Martín resulta difícil ya que son las principales arterias comerciales de la ciudad con baja estacionalidad en la ocupación.

 

Mejores registros de ocupación y expectativas de mayor demanda de locales se observan en el Paseo del Siglo y sus calles transversales, donde muchos emprendimientos se reubican buscando alternativas por fuera de las peatonales. El desplazamiento del negocio a superficies pequeñas o locaciones de mayor circulación es una estrategia que busca aumentar la rentabilidad del establecimiento.

 

Por ello, calles como Oroño, Pte. Roca, Corrientes, Entre Ríos y Urquiza alejadas del centro histórico han mantenido su ocupación y se encuentran entre las que registran bajo promedio de locales vacíos.

 

Se realizó el encuentro empresarial con una gran convocatoria.

 

El día 15 de julio, la Federación Gremial del Comercio e Industria realizó un encuentro virtual con más de 70 empresarios y dirigentes de la región santafesina, la presencia del Secretario de Desarrollo Económico y Empleo, Sr. Sebastián Chale, y el Diputado por la prov. De Santa Fe, Sr. Gabriel Chumpitaz.

 

El encuentro inició con la palabra del Gerente Ejecutivo de la entidad, Cp. Damián Sottile, quien explicó la metodología de trabajo que se iba a tomar en el encuentro. Se dividió en 3 bloques, en el primer bloque se expusieron las principales acciones de la institución desde los comienzos de la Pandemia hasta el momento; en el segundo bloque tomaron la palabra diferentes representantes de las comisiones que conforman la FECOI (Comisión de Industria, Comisión de Jóvenes, Comisión de Servicios y Comisión de Comercio) quienes comentaron las tareas que vienen realizando y algunos proyectos que quedaron estancados debido a que la situación que estamos viviendo imposibilitan su curso y gestión; y, en el  tercer bloque tomó la palabra el Presidente de la FECOI, Sr. Ariel Dolce, para dar comienzo al debate entre todos los empresarios presentes y así conversar sobre diferentes opiniones de mejora sobre lo que viene realizando la institución, hacia nuevas ideas y oportunidades, así como también acciones, proyectos, programas de las empresas donde la entidad pueda colaborar.

 

En el transcurso del encuentro, desde diferentes sectores y cámaras, se expusieron distintas ideas para poder trabajar en conjunto hacia una salida o un camino menos empantanado desde que comenzó la Pandemia. Algunos de los temas planteados fueron, la problemática del pago de salarios, la nueva metodología de trabajo (Home Office – Teletrabajo); se planteó esta situación que se vive como un nuevo desafío para las empresas; proyectar ideas para el gobierno nacional, provincial y municipal para el pago de salarios; preocupación por un verdadero plan a futuro; petición de trabajar en un plan de medidas públicas, generar desde la FECOI espacios educativos, entre otras.

Al final del encuentro, se recibió una pregunta para el presidente sobre que se necesitaba para ser gremialista empresario, a lo que respondió “En principio, tremenda paciencia, empatía y prudencia”.

 

Los invitamos a todos aquellos que quieran seguir participando, generando ideas, aportar cambios para mejorar, a compartirnos sus inquietudes, a que nos escriban a nuestro Whatsapp:  +54 341 267-8817