Consultorio Pyme

Estimado/a:

 

En esta oportunidad, nos comunicamos con usted a los efectos de presentarle de qué se trata “Consultorio Pyme”.

 

Es una iniciativa de la Federación Gremial de Comercio e Industria de Rosario cuyo objetivo es asesorar, capacitar, realizar consultorías y auspiciar como facilitador en la solución de problemas para las empresas asociadas de la entidad.
Es por lo mencionado anteriormente que, queremos acercarle distintas propuestas de herramientas de financiamiento para actividades industriales y comerciales existentes tanto a nivel gubernamental como de mercado . Fuentes de financiamiento para pymes
Para mayor información y asesoramiento, puede contactarnos a nuestro correo electrónico [email protected] . Esperamos ser de utilidad en el crecimiento de su compañía.

 

 

 

 

 Sin otro particular lo saludamos muy atentamente.

Consultorio Pyme

 FECOI

Comunicado de Prensa FIFRA

Comunicado de Prensa

Limitaciones de exportación de carnes CABA, 18 de mayo de 2021

Con suma preocupación somos espectadores del anuncio realizado por el Presidente de la Nación a un sector de la Industria Frigorífica que implicaría la “limitación” de exportaciones durante 30 días. Todo según reza un comunicado de prensa emitido por Presidencia de la Nación el día 17/05 a última hora.

Desde FIFRA consideramos que una decisión de tal carácter, anunciada de manera intempestiva, a una semana de haber anunciado un programa de precios y a días del inicio de un sistema de Declaraciones Juradas de Exportación, es absolutamente extemporánea.

Los efectos negativos del cese de exportaciones o “limitaciones” son por todos conocidos, ocurrieron a partir del cese declarado por Nestor Kirchner en 2006 y lo siguieron una serie de medidas intervencionistas que tuvieron el mérito de lograr la liquidación de un stock ganadero equivalente al de Uruguay (12 millones de cabezas que a una década no se recuperó cierre de frigoríficos, pérdidas de empleo, de confianza en los compradores internacionales y el precio de la carne más cara para los consumidores argentinos en 2011.

Es absolutamente intempestiva la decisión porque todos los actores tienen prevista su producción y asumidos compromisos de entregas lo que representara incumplimientos contractuales. Sin ir mas lejos, vence el 30 de Junio el periodo de cumplimiento de cortes Hilton con beneficios arancelarios. Esta medida hará perder la oportunidad de aprovechar esos beneficios arancelarios y serán menores ingresos de divisas al país.

Esta medida además de afectar directamente al sector de ganados y carnes, agrava la situación institucional del país y por ese motivo hacemos un llamado a todos los sectores a que se expresen, para demostrar el desencanto con la medida e instar a su inmediata revisión. La comunicación es un medio pacífico y democrático de demostrar el descontento con la gestión de gobierno.

 

 

Comunicado de prensa FIFRA 18-05-21

Q. E. P. D Ing. Roberto Miguel Lifschitz

Federación Gremial del Comercio e Industria participa con profundo pesar del fallecimiento del Sr. Ex Gobernador de la Provincia de Santa Fe, Ing. Roberto Miguel Lifschitz.

 

La ausencia de su destacable persona deja un gran vacío político, institucional y social. Recordamos en este momento los espacios institucionales de articulación en los que juntamente con el Ing. Lifschitz tuvimos la oportunidad de protagonizar la transformación de la Ciudad de Rosario y de la Provincia de Santa Fe a través de iniciativas como el Plan Estratégico Metropolitano de Rosario, El Consejo Consultivo del Aeropuerto de Rosario y la Mesa de Análisis del Sistema Tributario de la Provincia de Santa Fe. Además, destacamos su gestión en obras emblemáticas como la Planificación y ejecución del Sistema de Acueductos de la Provincia de Santa Fe, la reconstrucción de la Pista del Aeropuerto de la Ciudad de Rosario, el Plan de Obras en Infraestructura Eléctrica de la Empresa Provincial de la Energía y la construcción de Hospitales en distintos puntos de la Provincia, sólo por nombrar algunos.

 

Se destacó como una persona de escucha y reflexión, de consenso y de planificación conjunta de las políticas públicas. Estas cualidades le permitieron potenciar, junto con el tejido institucional del que formamos parte, el desarrollo económico y social de nuestro territorio.

Decreto Provincial Nro. 458/2021

Nuevas definiciones sobre las restricciones a las Actividades

El pasado 8 de mayo el Gobierno Provincial, emitió el Decreto nro. 458/2021. Incorpora las siguientes novedades sobre las actividades productivas:

1-      Prolonga hasta el 14 de mayo la restricción horaria de Bares y Restaurantes hasta las 19 hs. para los departamentos Rosario y San Lorenzo.

2-      Suspende hasta el 21 de mayo la actividad de clubes, gimnasios y otros establecimientos de práctica de deportes.

Adjuntamos texto del decreto

D0045821C

OSECAC: Instructivo Contribución Adicional y Solidaria (CAS)

La Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC) publicó en su página web el instructivo y la aplicación para cumplir con el pago de la  Contribución Adicional y Solidaria (CAS)  de $300 que los empleadores deberán realizar a esta Obra Social, en virtud del acuerdo paritario 2021.

La Declaración jurada y el respectivo pago se deben efectuar mediante un aplicativo online al que se puede acceder desde la página  empresas.osecac.org.ar .

Actualmente, el pago sólo se puede hacer mediante las plataformas «Interbanking» y/o “Pago Fácil”, con la identificación de la empresa que hace el aporte y detalle del personal por el cual se realiza.

Recordamos que los importes deben ser declarados e ingresados únicamente mediante este aplicativo y dentro de los 10 días siguientes al vencimiento de cada mes respectivo (abril 2021 a marzo 2022).

Para acceder al instructivo, hacer click en el siguiente enlace .

 

 

 

 

 

 

Nuevas normativas según Decreto Provincial 447/21 | 2da. Ola COVID 19

Decreto Provincial 447/21 Restricciones 2da. Ola COVID 19

Restricciones a la actividad comercial para el Departamento Rosario y San Lorenzo.

El 02 de mayo de 2021, el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, emitió el Decreto 447/21 en el cual se disponen nuevas restricciones ante el aumento de casos de COVID 19. En el mensaje grabado por el Gobernador Omar Perotti, se aclaró que algunas de las disposiciones rigen por 7 días para los departamentos de Rosario y San Lorenzo exclusivamente, debido a que son los únicos que se encuentran en Alarma Sanitaria.

Extiende hasta el 21 de mayo las restricciones establecidas por el Decreto Provincial 386/21. Adiciona que los Bares y Restaurantes podrán trabajar hasta las 23 hs., con entrada de los comensales hasta las 22 hs. para toda la provincia de Santa Fe. En especial para los Departamentos Rosario y San Lorenzo y por el término de 7 días, los bares y restaurantes deberán cerrar a las 19 hs. El resto del Horario podrán trabajarlo con la modalidad “para llevar” o “con entrega”.

Queda especificado que en todo el territorio de la Provincia el Comercio por Mayor y Menor tiene horario de cierre 19 hs. y aquellos que comercialicen productos alimenticios hasta las 20 hs. Se reduce la capacidad de recepción de público dentro del local al 30%.

No se podrá circular en coche particular o moto desde las 20:00 hs hasta las 06:00 hs.

Se prorrogan todos los permisos y habilitaciones que emita la Provincia hasta el 31 de julio de 2021.

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA:

D044721C

Se firmó la paritaria de Comercio

 

Se acordó un incremento salarial a abonarse en 4 tramos no remunerativos y no acumulativos de 8% cada uno.
La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), suscribieron el nuevo acuerdo paritario 2021 para la actividad mercantil. Las partes pactaron un incremento salarial del 32% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT N° 130/75 a cuyo efecto se tomará como base de cálculo los valores expresados para el mes de mayo de 2021. 

El mencionado incremento del 32% se abonará en forma de asignación no remunerativa (Art. 6 Ley 24.241), en su valor nominal y no acumulativamente, y en cuatro tramos: 8% en mayo, 8% en septiembre, 8% en enero de 2022, y 8% en febrero de 2022.

Los incrementos de los meses de mayo y septiembre mantendrán su carácter de no remunerativo hasta el mes de enero de 2022, momento en que se incorporan a los nuevos básicos de convenio. Asimismo, los incrementos de los meses de enero de 2022 y febrero de 2022 se incorporan a los básicos en el mes de abril de 2022.

Es importante destacar que los incrementos acordados no tienen impacto sobre los adicionales del CCT 130/75 mientras mantengan su condición de no remunerativos y, por tanto, no se aplicará ningún equivalente hasta su incorporación, a saber: presentismo, antigüedad, cajero, armado de vidrieras, chofer y ayudante de chofer. Tampoco computarán para el cálculo del sueldo anual complementario. 

Lo pactado tiene vigencia desde el 1° de abril de 2021 y hasta el 31 de marzo de 2022, sin perjuicio de lo cual las partes se comprometieron a reunirse en el mes de enero de 2022 para analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido.   

Se aclara que los incrementos del presente acuerdo no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Rio Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.

Asimismo, se informa que dentro del marco de la emergencia sanitaria decretada por Ley 27.541, y en especial atención a la situación en que se encuentra nuestro país con motivo de la pandemia COVID-19, las partes signatarias acordaron una Contribución patronal solidaria, excepcional y extraordinaria, por única vez y exclusivamente por el plazo de vigencia del acuerdo en cuestión, equivalente a la suma de $ 300 mensuales, por cada trabajador comprendido en el CCT 130/75, y siempre que el trabajador mantenga contrato vigente.

Por último, se resolvió prorrogar en idénticos términos y condiciones, para los meses de abril, mayo y junio de 2021, el Convenio de Emergencia por suspensión de actividades para el sostenimiento de los puestos de trabajo y la actividad productiva.

Reunión de Entidades Empresariales con el ministro de Economía

 

Federación Gremial participó del encuentro con el ministro de Economía de Santa Fe, Walter Agosto, junto a representantes del gobierno provincial y miembros de 10 entidades empresarias con el objeto de revisar la Ley Impositiva Anual y el Régimen de Estabilidad Fiscal para Pymes

 

El ministro de Economía de la provincia reflexionó sobre la preocupación que genera la presión impositiva en la actual coyuntura macroeconómica recesiva, para lo cual, propuso la conformación de comisiones específicas de trabajo en el marco de la Mesa de Análisis Tributaria prevista por ley, de esta manera los distintos sectores podrán elaborar una agenda de temas a tratar en las reuniones previas a la presentación de la próxima Ley Impositiva Anual.

 

Asimismo, el funcionario expresó la intención de prorrogar para el próximo año la vigencia de la Ley de Estabilidad Fiscal para todos los sectores, por la cual, las pymes comerciales e industriales no podrán ver incrementada su carga tributaria en Ingresos Brutos en el ámbito provincial.

 

Además, en el marco de la reunión fueron planteados otros ejes como las demoras en la obtención de Certificados de no retención, la digitalización de los procedimientos de emisión de certificados y la acumulación de saldos a favor en otras provincias. Sobre ello, el secretario de Finanzas e Ingresos Públicos, Jorge Simón, manifestó el compromiso de analizar en detalle los casos que presenten las entidades e informó que se está gestionando un sistema de compensaciones de retenciones entre las distintas provincias y la reutilización de los saldos a favor.

 

Al mismo tiempo, el Ministerio evalúa retomar las discusiones sobre fin de año por el Consenso Fiscal firmado a fines de 2017 entre el Estado nacional y las provincias actualmente suspendido. También se informó que la creación de un Tribunal Fiscal de Santa Fe es un tema en análisis, pero por el momento no se considera necesaria su creación.

 

Agenda de temas:

  1. Comisión de Análisis Tributario
  2. La acumulación de saldos a favor
  3. La emisión de Certificados de no retención.
  4. Consenso Fiscal
  5. Estabilidad Fiscal
  6. Retenciones en otras jurisdicciones
  7. Impuesto Inmobiliario
  8. Factor de Convergencia
  9. Tribunal Fiscal de Santa Fe

 

Asistentes:

Por el Gobierno

Walter Agosto Ministro de Economía

Jorge Simón Secretario de Finanzas e Ingresos Públicos

Martín Avalos Administrador Provincial de Impuestos

 

Entidades Empresariales

Beltrán López ADEESSA

Mario Acoroni BCR

Enrique Lingua BCR

Carlos Sansevich BCSF

Pablo Nasar CAMARCO Delegación Rosario

Ruben Llenas CAMARCO Delegación Rosario

Ricardo Gagliardi CAMARCO Delegación Santa Fe

Fernando Bonardi CARSFE

Mariana Massat CARSFE

Adalberto Saperdi CONINAGRO

Leandro Aglieri FECECO

Gabriel Pogliani FECOI

Gabriela Tozzini FISFE

Maximiliano Ferraro Coordinador

 

 

 

 

 

 

Nuevos horarios de Comercio (2da. Ola COVID)

Decreto Municipal 620/21

El intendente de la ciudad de Rosario, Dr. Pablo Javkin, promulgó el Decreto 620/21 que establece horarios de apertura y cierre de Comercio, en virtud de la segunda ola de contagios de COVID 19. Así establece los siguientes horarios de apertura y cierre:

– Locales comerciales céntricos no esenciales: de lunes a viernes en el horario de 10 a 19 horas y los días sábados de 09 a 19 horas.

– Los centros comerciales, paseos comerciales o shoppings y demás establecimientos comprendidos en el artículo 2° inciso e) apartado 4. de la Ley N° 12069: en el horario de 11.30 a 19.30 horas.

– Comercios de venta de productos alimenticios: de 08 a 20 horas.

Texto Completo de la Norma:

dec0620

Restricciones 2da. Ola de COVID 19 – Provincia de Santa Fe.

Decreto Provincial 386/21

El Gobernador de la Provincia de Santa Fe, en función del aumento de casos de contagio de Covid 19 de la Provincia, estableció las siguientes suspensiones a las actividades productivas que se aplicarán desde el 23 de abril hasta el 2 de mayo:

– Actividad hípica en hipódromos;

– Actividad de salas y complejos cinematográficos,

– Cines, bares, restaurantes, patios de comidas y espacios de juegos infantiles ubicados en centros comerciales, paseos comerciales y shoppings.

-Además se suspenden las Asambleas y actos eleccionarios de Cámaras Empresarias, Asociaciones Civiles y similares que se realicen de manera presencial.

– Se limita el Horario de atención de Comercio Mayorista y Minorista con atención en el local hasta las 19 hs., en el caso de Comercio de Alimentos hasta las 20 hs.

-Se restringe la circulación en coche particular a partir de las 21:00 hs. hasta las 6:00 hs.

Respecto de Bares y restaurantes se mantiene la restricción de ingreso de Público hasta las 23:00 hs. y de retiro hasta las 24:00 hs. La capacidad se encuentra limitada al 30% del total. Los Salones de Eventos no podrán realizar encuentros de más de 100 personas.

Texto Completo de la Norma:

2021-04-21NID_270739O_2