Fase 5: Nuevas Actividades y Extensión de horarios

 La intendencia municipal de Rosario ha dispuesto pasar a la fase 5 del distanciamiento social en su jurisdicción. Las actividades y extensiones de horarios que se habilitan son los siguientes:

▪️Desde el martes 16 de junio los comercios mayoristas y minoristas de zona céntrica abrirán de lunes a viernes de 11 a 19 y los sábados de 9 a 18. En los barrios, el comercio mayorista y minorista el horario será de lunes a viernes de 11 a 19 y los sábados de 9 a 13 y de 16 a 20.

▪️Los profesionales independientes continúan con la misma modalidad. Se admitirá atención al público con turno previo de lunes a viernes.

▪️Desde hoy, jueves 11 de junio, los servicios de peluquería, manicuría y podología podrán atender de lunes a viernes de 12 a 19, y los sábados y domingos de 9 a 18 hs. Además, en las peluquerías se admitirán clientes mayores a 60 años en el horario de 12 a 13.

▪️Desde este jueves 11 de junio, los servicios de maquillaje, al igual que lo centros de estética, podrán abrir de lunes a viernes de 13 a 19 y los sábados de 9 a 18 hs.

▪️Los espacios de coworking funcionarán de lunes a sábados de 7 a 21 hs, con el 50% de factor ocupacional y cumpliendo con el distanciamiento, protocolos y trazabilidad de asistentes.

▪️A partir de hoy, jueves 11 de junio, los jardines particulares, institutos privados y de educación, podrán realizar clases virtuales desde los establecimientos sin alumnos presentes.

▪️Desde el martes 16 de junio, las obras sociales, entidades sindicales, entidades empresariales, partidos políticos, administración de universidades nacionales y privadas, colegios profesionales podrán abrir de lunes a viernes de 10 a 15 y realizar atención al público con turno previo.

▪️Las empresas de trabajo temporario a terceros podrán atender desde hoy, jueves 11 de junio, de lunes a viernes de 9 a 13 y de 16 a 20.

▪️A partir de hoy, jueves 11 de junio, las agencias de turismo realizarán servicios de atención al público de lunes a viernes de 13 a 19 y sábados de 9 a 18, con turno previo.

▪️Las guarderías náuticas podrán funcionar de lunes a domingos de 8 a 20, sujeto a la autorización de Prefectura Nacional Argentina.

▪️Desde hoy, jueves 11 de junio, las producciones audiovisuales (publicidad, fotografía, otras) podrán trabajar de lunes a viernes de 13 a 20 y los sábados de 9 a 13.

▪️A partir de hoy, jueves 11 de junio, los salones de fiestas podrán mostrar sus instalaciones con turno previo de lunes a viernes de 9 a 13 y de 16 a 20.

▪️Desde hoy, jueves 11 de junio, las salas velatorias funcionarán con un límite de 10 personas y cumpliendo con el distanciamiento social de 2,25 m.

▪️Los cementerios abrirán de lunes a domingos, de 9 a 18, a partir del sábado 13 de junio.

▪️Las escuelas de conductores funcionarán bajo horario comercial con protocolo oficial aprobado, sin clases teóricas presenciales, desde el próximo martes 16 de junio.

▪️ La enseñanza de disciplinas artísticas funcionará de lunes a viernes de 13 a 21, con límite de 10 personas (incluidos instructores o docentes) y 2,25 m de distancia entre asistentes, desde el martes 16.

▪️Teniendo en cuenta el incremento de la circulación de vehículos luego de la reactivación de nuevas actividades, se habilitan los carriles exclusivos. Funcionarán los días hábiles de 8 a 20.

-Estarán delimitados e identificados por señalización horizontal y vertical en toda su extensión:

San Lorenzo de Laprida a Moreno, Laprida de San Lorenzo a Av. Pellegrini, Santa Fe de Maipú a Cafferata, Maipú de Santa Fe a Av. Pellegrini, Córdoba de Bv. Oroño a Cafferata y Av. Alberdi.

-Recordamos que está prohibido estacionar los días hábiles de 7 a 21 hs. Excepto: Córdoba entre Vera Mujica y Bv. Oroño (mano izquierda) y Salta entre San Nicolás y Bv. Oroño (mano izquierda).

▪️El estacionamiento medido funcionará de lunes a viernes de 9 a 20 y los sábados de 9 a 12.

▪️Los seis distritos municipales comenzarán a funcionar desde hoy, jueves 11 de junio, de 7:15 a 16:30. El jueves 11 y viernes 12 se atenderá sólo para trámites de conducir y renovaciones. Desde el martes 16, se podrán realizar todos los trámites municipales, con turno previo, que podrá solicitarse desde la página del municipio o por teléfono.

Posición sobre la intervención de Vicentin saic

Federación Gremial del Comercio e Industria cuestiona la intervención del Concurso Preventivo de la Empresa VICENTIN SAIC.

 

La Federación Gremial del Comercio e Industria, entidad representativa de los empresarios de la Ciudad de Rosario y su Área de Influencia, hace saber su posición ante la Intervención de la Empresa VICENTIN SAIC.

La Federación Gremial del Comercio e Industria considera que la iniciativa privada y la libre empresa, son los mecanismos adecuados para la generación de riqueza, empleo y prosperidad en una sociedad. Siendo la intervención Estatal un mecanismo saludable solamente en el marco de las regulaciones y de la excepción.

Así, resulta cuanto menos cuestionable, la intervención de VICENTIN SAIC, ya que no se ajusta a norma específica del Derecho Argentino, pone en dudas la legalidad del proceso desatado y no permite prever consecuencias jurídicas sobre el futuro del mismo. Al estar instrumentada por un Decreto de Necesidad y Urgencia, se ha omitido la discusión a través del Congreso de la Nación y además, se ha intervenido un proceso judicial en curso, vulnerando con esta norma la forma Republicana de Gobierno.

Es preocupante este hecho, pone en jaque una vez más la seguridad jurídica de la Argentina, indispensable para tener un asiento real sobre el cual los ciudadanos proyectamos no solo nuestras empresas, sino nuestras vidas.

El gobierno nacional extendió la doble indemnización hasta fin de año

Lo prorrogó nuevamente a través del Decreto 528/20

Una vez más, el Gobierno Nacional, prorrogó a través de un DNU la obligatoriedad de otorgar Doble Indemnización ante despidos sin justa causa. Según el mismo decreto se debe a la extensión de la Emergencia Ocupacional por 180 días.

para ingresar a leer el decreto haga clic Aquí 

Panorama cambiario en el contexto actual

El estrés en la brecha cambiaria con el tipo de cambio oficial administrado por el BCRA es consecuencia inmediata del shock que provoca la emergencia sanitaria en la economía mundial, el actual proceso de reestructuración de deuda y el programa de asistencia monetaria del Gobierno con el cual se busca financiar la caída de la actividad.

Las medidas de contención en el mundo para transitar la recesión económica pueden resumirse en tres instrumentos, depreciación del tipo de cambio, inyección de liquidez y baja de la tasa de interés. Sin embargo, la aplicación de estas medidas en nuestro país puede tener un efecto no buscado.

En primer lugar, el tipo de cambio es generalmente utilizado como ancla antiinflacionaria, relegando su función de variable de ajuste de las cuentas externas. Segundo, una tasa de interés negativa y la inyección de liquidez mediante emisión o desarme de encajes y letras de liquidez exacerban la dolarización de las carteras ampliando el spread cambiario y generando expectativas de futuras devaluación.

Por ello, la canalización de estos fondos al crédito pyme, no sólo será una política anticíclica direccionada al sector real de la economía, sino un instrumento fundamental para reducir la presión sobre las brechas que produce el desdoblamiento del mercado cambiario.

Cotización del dólar oficial y contado con liquidación

La política del BCRA, es permitir una leve corrección del tipo de cambio sin notificar formalmente una tasa de devaluación. La divisa oficial, desde el mes de marzo, pasó de $64 a $71,5 subiendo 11,7%. Similar recorrido registró el mayorista pasando de $62,26 a $69,15 (+11%).

En tanto, el dólar bursátil, al que se puede acceder mediante instrumentos financieros que cotizan local y en bolsas extranjeras como la de New York, trepó de $82,8 a $116 pesos, siendo la brecha del 67% con el mayorista oficial para aquellas empresas que quieran dolarizar su cartera a través de operaciones entre privados.

En adelante

Una ampliación de la brecha de precios entre el oficial y los paralelos sumará presión sobre los precios internos por expectativas de devaluación y precios de reposición de stock. A su vez, aumentará los incentivos a una menor liquidación de exportaciones y adelantos de importaciones, sumado a mayores controles sobre la demanda de divisas, el desarme de depósitos en pesos del sistema bancario y retiro de depósitos en dólares. Los depósitos en dólares cayeron u$s 1.020 millones, desde que se habilitó el retiro de dólares el día 20 de abril, hasta el nivel actual de u$s 19.250 millones.

Este escenario podría forzar una corrección mayor del valor oficial tendiente a recuperar competitividad con socios comerciales, 16% fue la depreciación del Real desde marzo. Asimismo, evitar la apreciación del tipo de cambio real y la perdida de reservas, por ello, los analistas del REM prevén que el tipo de cambio nominal promedio alcance $87,3 por dólar en diciembre 2020.

Federación Gremial considera que el Proyecto de ART oficial debe ser modificado

Si se sanciona como está presentado será perjudicial para el Sector Empresarial.

El Proyecto contiene en general las expresiones de la necesidad del sector empresario de la Provincia de Santa Fe. Este proyecto debe, encontrar solución a las siguientes prerrogativas que han sido un flagelo para el sistema laboral santafesino: Rápida y justa satisfacción al trabajador, eliminación de raíz de la Industria del Juicio y el Fraude Laboral, otorgar seguridad jurídica a las empresas santafesinas.

En este sentido resulta observable por parte de nuestra entidad, que se le otorgue efecto devolutivo a los recursos interpuestos por las partes. En el artículo 12, del texto original del Mensaje 4879 se especifica:

“Artículo 12. Efecto recursivo. Los recursos que interpongan las partes tienen efecto devolutivo respecto de la incapacidad determinada, del monto de capital correspondiente y de las prestaciones en especie.

El recurso interpuesto por el trabajador que cuestiona únicamente el porcentaje de incapacidad no impide el cobro de la indemnización que corresponda conforme el porcentaje determinado por la Comisión Médica Jurisdiccional.”

Estimamos la introducción de esta novedad, como la caída del sistema. Las consecuencias del cambio del efecto del recurso interpuesto hace inefectivo el sistema de Comisiones Médicas. Permite que ante el desacuerdo con el Dictamen de las Comisiones Médicas el litigio se pueda continuar pero solventando las indemnizaciones correspondientes. Así las partes no tienen incentivos a llegar a un acuerdo en la Comisión Médica, pudiendo continuar el litigio.

Solamente con este artículo, se echaría por tierra lo expresado en los considerandos del mismo mensaje, respecto de promover un mecanismo efectivo, que otorgue rápida satisfacción al trabajador y seguridad jurídica a las empresas. Tampoco se logrará el fin ulterior de descomprimir los abarrotados de expedientes tribunales laborales de la Provincia de Santa Fe. Simplemente se habrá impuesto una etapa más que prolongue un proceso judicial que ya hoy dura en promedio entre 4 y 5 años.

A los fines de aportar soluciones, es que consideramos que el texto del artículo 12 del Proyecto de Ley, remitido por el Poder Ejecutivo debe conservarse en los términos de la Ley Nacional 27.348. En su artículo 46 la ley 27.348 nos indica:

“…Los recursos interpuestos procederán en relación y con efecto suspensivo, a excepción de los siguientes casos, en los que procederán con efecto devolutivo:

a) cuando medie apelación de la A.R.T. ante la Comisión Médica Central en el caso previsto en el artículo 6°, apartado 2, punto c) de la ley 24.557, sustituido por el artículo 2° del decreto 1278/2000;

b) cuando medie apelación de la A.R.T. ante la Comisión Médica Central, en caso de reagravamiento del accidente de trabajo o de la enfermedad profesional.

El recurso interpuesto por el trabajador atraerá al que eventualmente interponga la aseguradora de riesgos del trabajo ante la Comisión Médica Central y la sentencia que se dicte en instancia laboral resultará vinculante para todas las partes….”

Bajo este articulado, los recursos interpuestos por el trabajador tienen efecto suspensivo y estarán sujetos a los procesos judiciales ordinarios disponibles actualmente. En tanto si la ART es la que interpone un recurso, el efecto cambia, debiendo hacer frente a las prestaciones determinadas por la Comisión Médica Jurisdiccional.

Así se crean incentivos para llegar a acuerdos respecto de la controversia surgida, fomentando el acuerdo entre las partes y dando un rápido y efectivo fin a las mismas. Destacamos que los derechos del trabajador a tutelar durante todo el proceso se encuentran garantidos en tanto que en el Proyecto de Ley, se expresa que el Servicio de Homologación será compartido entre la Superintendencia de Riesgos de Trabajo y el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Santa Fe (art.7) y además de contar con patrocinio letrado obligatorio (art.8).

Por otro lado destacamos una vez más que el proceso que se pretende implementar bajo esta adhesión, ya se encuentra reglamentado en otras Provincias, sobre todo aquellas con un desarrollo productivo significativo, a saber, Buenos Aires, Córdoba, Mendoza, Entre Ríos y Capital Federal entre otras. Todas ellas bajo las características enunciadas por la Ley 27.348.

Destacamos también que la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, ya ha hecho importantes inversiones en el territorio Provincial, poniendo a disposición varias Comisiones Médicas según la descripción del Proyecto de Ley que ya se encuentran funcionando.

En conclusión, consideramos fundamental introducir las modificaciones necesarias para garantizar un proceso prejudicial efectivo y que aporte soluciones a los trabajadores y a las empresas de la Provincia de Santa Fe. Así consideramos fundamental dejar la redacción original de la Ley 27.348 respecto al efecto de los recursos.

Licitaciones para locales comerciales en el Mercado del Patio

 

Por medio de la presente, les informamos  que se encuentran licitando 4 espacios comerciales en el Mercado del Patio. Aquellos interesados en los pliegos pueden solicitar su texto a la federación gremial mediante nuestro n° de WhatsApp +54 341 267-8817 o al correo electrónico [email protected].

El Mercado del Patio, ubicado en Cafferata 729 Rosario, Santa Fe, Argentina, se concibe como un espacio comercial minorista de valorización de productos locales y regionales.

 

Su propuesta comercial está pensada para los consumidores rosarinos y del área metropolitana que buscan productos alimenticios frescos, naturales, diversos, diferentes, de calidad y a buen precio. Es también un espacio de referencia para turistas y visitantes que llegan a la ciudad ávidos de conocer su cultura a partir de su producción local y su gastronomía.

 

El Mercado del Patio es, además, el primer mercado minorista del país en formar parte de la Unión Mundial de Mercados Mayoristas (World Union of Wholesale Market), una asociación que nuclea a los principales establecimientos de este tipo alrededor del mundo.

Reunión con el secretario de la Producción Municipal, Lic. Sebastian Chale

Federación Gremial planteó su agenda post cuarentena.

El encuentro se desarrolló el miércoles pasado, fueron invitados empresarios de Federación Gremial del Comercio e Industria e Integrantes de Comisiones Internas de Trabajo.

El Secretario de la Producción presentó el estado de la actividad productiva de la ciudad de Rosario y obtenidas a través del Centro de Información Económica del Municipio.

Nuestra institución aprovechó a trasladar la preocupación por las dificultades que deben atravesar los sectores productivos de la ciudad y especialmente aquellos seriamente afectados como Gastronomía y Hotelería, Viajes y Turismo y Recreación en General. Además se presentó la agenda de Temas Estratégicos en los que se encuentra trabajando la Institución para que la post Pandemia resulte transitable.

Estos fueron los temas presentados:

Temas Estratégicos Post CUARENTENA – FEDERACIÓN GREMIAL DEL COMERCIO E INDUSTRIA.

Temas estratégicos POST COVID 19:

1- El nuevo contexto laboral:
Cómo los protocolos cambiaron la realidad de las empresas: instalaciones, horarios, traslados. Impacto en los costos y posibles «derechos adquiridos».
Teletrabajo: transitorio o permanente? Consecuencias organizativas, económicas y en las condiciones laborales. Relación con las ART.
Leyes laborales y Convenios colectivos: sirven las viejas normas para las nuevas formas?

2- Rol e imagen de las empresas y los empresarios en la sociedad:
El empresario como generador de trabajo, riqueza y abastecedor de bienes y servicios escenciales. El empresario PyME. Idiosincrasia del empresario PyME. Fortalecimiento piramidal de las instituciones gremiales empresarias.

3- Competitividad e innovación:
La necesidad de repensar nuestros negocios: cambios en el consumo y en los consumidores, tamaño del mercado interno, posibilidades en el mercado externo. Transformación digital: comercio electrónico, industria 4.0, banca electrónica, teletrabajo.

4- Rol del estado:
El apoyo a las empresas como una inversión. Protección vs Promoción.

Resultados de la encuesta CAC para empresas COVID-19

La encuesta realizada por la Cámara Argentina de Comercio y Servicios a empresas del todo el país se llevó a cabo entre los días 26 y 31 de mayo, con el objeto de contar con información actualizada sobre la situación presente de las empresas y las perspectivas para los próximos meses.

Participaron del relevamiento empresas de distintos tamaños tales como, comercios minoristas, mayoristas y gastronómicos entre otros. El 61% de las empresas participantes realizan actividades esenciales, y el 71% de los encuestados son empresas de hasta 9 empleados.

Principales resultados

  • Situación actual de las operaciones

El 79% de las empresas actualmente se encuentran parcial o totalmente operativas. El 21% restante no registra operaciones.

Del 79% anterior, un 33% nunca interrumpió sus operaciones, 21,5% retomó sus actividades desde abril y el 24,5% desde el mes de mayo.

  • Ventas Online

Desde el inicio de la cuarentena a la actualidad, las empresas que realizan parte de sus ventas en forma online aumentaron del 34,5% al 50,5%.

Actualmente, 58% de las empresas cuenta con un esquema de entrega a domicilio, de las cuales 27% lo implementó tras la cuarentena.

Los obstáculos más frecuentes que se presentaron a la hora de implementar un sistema online fueron:

  1. No es un canal apropiado para mi producto
  2. Problemas de abastecimiento por parte de los proveedores
  3. Inconvenientes con logística interna
  4. Problemas de financiamiento con tarjeta de crédito
  5. Demoras en la entrega de los productos al consumidor

 

  • Ventas

El 23,7% de las empresas consultadas reportó una caída de sus ventas superior al 50%. En el otro extremo, un 7,2% de los participantes señalaron que sus ventas crecieron más de 50%.

El 16,9% de las empresas consultadas estima una caída de sus ventas superior al 50%. Por otro lado, un 23,1% de los participantes estiman que sus ventas crecerán durante junio.

  • Salarios, servicios, impuestos y ART

El 70,5% de las empresas relevadas no tuvieron atraso en el pago de salarios. En relación a los servicios, el 53% si tuvieron algún grado de atraso en su pago, y el 67% atrasó el pago de impuestos.

En relación a la alícuota de la ART, 67% de las empresas no tiene trabajadores suspendidos, del resto con personal suspendidos, un 12% no efectuó el pago correspondiente por esos trabajadores.

  • Asistencia estatal

El 45,5% de las empresas ha utilizado el salario complementario como asistencia estatal en materia laboral y un 35,5% obtuvo la reducción o prórroga de las contribuciones patronales. En cambio, el 41% no utiliza asistencia alguna.

  • En caso de continuar las restricciones los próximos 30 días

El 32,5% expresó que su establecimiento podrá continuar operativo, del resto, el 50% prevé importantes pérdidas. Asimismo, un 11,5% deberá cerrar sus puertas y 23,5% reducirá su tamaño.

 

37_Resultados Encuesta CAC

Decisión administrativa 968/2020: incorpora para santa fe la apertura al público de bares y restaurantes

La apertura de locales gastronómicos está enmarcada en el siguiente protocolo:

  1. a) con modalidad de reserva previa, garantizando el debido distanciamiento social entre los comensales, los que deberán concurrir por sus propios medios, pudiendo ocuparse simultáneamente hasta un máximo del 50% de la capacidad de los locales;

 

  1. b) arbitrando medidas para desinfectar el calzado de los asistentes; y la limpieza y desinfección de las superficies y objetos de uso frecuente, antes de la apertura, periódicamente durante el horario en el que las instalaciones permanezcan abiertas y al cierre;

 

  1. c) uso obligatorio de manera correcta por parte del personal del establecimiento de los elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón;

 

Que deviene fundamental para minimizar el impacto que pueda tener la aparición de nuevos casos del virus SARSCov-2, extremar las medidas de precaución y avanzar con lentitud en la habilitación de actividades que generen mayor circulación de personas, y por lo tanto, más riesgo.

La CAC solicitó acciones para reducir la conflictividad y proteger a las empresas

Lo hizo a través de una nota enviada a Santiago Cafiero y Sergio Massa, a quienes se les propuso una serie de medidas en vistas a disminuir litigios y evitar el cierre de unidades productivas.

La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) envió al jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y al presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, una nota con el pedido de implementación de una serie de medidas para proteger a la trama empresaria y reducir al mínimo las consecuencias de las situaciones de conflictividad en el marco de la crisis provocada por la pandemia.

El pedido surge tras la reducción de la cantidad de empresas activas y frente al deterioro en materia laboral en lo que va de la cuarentena. “Es esperable, entonces, que en los próximos meses los argentinos atravesemos una situación económica y social crítica, con empresas profundamente afectadas en su estabilidad financiera por el corte de las cadenas de pago y la caída de la actividad, toda vez que los flujos de fondos, en el mejor de los casos, se recuperarán solo de forma paulatina”, agrega la nota.

“La adopción de una normativa que establezca procedimientos de emergencia preservará la operatividad de las unidades productivas y evitará la saturación del sistema judicial con embargos, ejecuciones, rescisiones contractuales, concursos, conflictos laborales, entre otras consecuencias que, podemos prever, provocaría el colapso del funcionamiento de un poder del Estado con dificultades de larga data”, continúa.

Para ello, desde la CAC se hizo el siguiente listado de acciones:

1) Creación de una instancia administrativa específica con facultades conciliatorias que funcione como espacio alternativo de solución de controversias previo a la judicialización del conflicto.

2) Suspensión temporal de medidas cautelares, embargos, inhibiciones, ejecuciones, basadas en obligaciones incumplidas en el curso (o como consecuencia posterior) de la aplicación de las medidas de emergencia dictadas por los Gobiernos Nacional, Provinciales y Municipales.

3) Regulación normativa del proceso de regularización del endeudamiento con los fiscos, para permitir recuperar la recaudación sin destrucción de empresas.

4) Adecuación de la legislación aplicable en materia concursal en relación con la situación de emergencia pública sanitaria.

5) Determinación de esquemas de financiamiento de los pasivos con el sistema financiero, incluyendo a las tarjetas de crédito.

Cabe remarcar que la CAC considera acertada la ayuda estatal al sector privado en materia laboral, crediticia e impositiva, aunque sostiene que “en muchos casos no ha logrado evitar el incumplimiento de obligaciones asumidas por las empresas, lo que da lugar a una conflictividad latente que las expone —especialmente a las MiPyMEs— a su potencial extinción”.

 

45_CAC – nota a Cafiero y Massa