E-commerce. Venta en plataformas digitales

Día: 07/07/21

Hora: 16 hs.

Link de Inscripción 

El crecimiento del comercio electrónico es, sin duda, una buena noticia no solo para los proveedores que pueden vender sus productos en todas las partes del mundo, sino también para los consumidores que, sin necesidad de desplazarse a las instalaciones de sus proveedores, pueden adquirir todo tipo de artículos en tiempos récord. No hay duda de que el comercio online ha dinamizado la economía de una forma sin precedentes. Esto ha hecho que se hayan incorporado un grandísimo número de operadores al ciclo económico del e-commerce.

Hoy en día esta labor de facilitar la venta online la realizan las plataformas digitales con un altísimo grado de eficiencia logística y explotando el valor que puede proporcionar el propio acceso a la información del usuario. Su relevancia, a pesar de la pandemia o en algunos casos como consecuencia de ella, no ha dejado de crecer.

 

Contenido:

 

  • Generar nuevas plataformas y nuevos mercados.
  • Ampliar el rango de acción de la empresa
  • Amplificar nuestra logística
  • Incrementar la comunidad con un enfoque de alto valor. Ya no vale con cantidad sino que debemos buscar la calidad.
  • Seguidores que sean activos, compartan, comenten y finalmente compren los productos o servicios de la marca.
  • SearchEngineOptimization (SEO): Cómo optimizar el posicionamiento de NUESTRA TIENDA ONLINE en buscadores de manera natural

E-commerce. Venta en plataformas digitales

Día: 07/07/21

Hora: 16 hs.

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El crecimiento del comercio electrónico es, sin duda, una buena noticia no solo para los proveedores que pueden vender sus productos en todas las partes del mundo, sino también para los consumidores que, sin necesidad de desplazarse a las instalaciones de sus proveedores, pueden adquirir todo tipo de artículos en tiempos récord. No hay duda de que el comercio online ha dinamizado la economía de una forma sin precedentes. Esto ha hecho que se hayan incorporado un grandísimo número de operadores al ciclo económico del e-commerce.

Hoy en día esta labor de facilitar la venta online la realizan las plataformas digitales con un altísimo grado de eficiencia logística y explotando el valor que puede proporcionar el propio acceso a la información del usuario. Su relevancia, a pesar de la pandemia o en algunos casos como consecuencia de ella, no ha dejado de crecer.

 

Contenido:

 

  • Generar nuevas plataformas y nuevos mercados.
  • Ampliar el rango de acción de la empresa
  • Amplificar nuestra logística
  • Incrementar la comunidad con un enfoque de alto valor. Ya no vale con cantidad sino que debemos buscar la calidad.
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Decreto 944/20 Poder Ejecutivo Provincial

Suspensión de Actividades por Aumentos de Caso de Contagio de COVID 19.

El 04 de septiembre el Gobierno de la Provincia de Santa Fe emitió el Decreto Provincial NRO. 944/20. En la norma se dispone la suspensión de la habilitación para funcionar, por 14 días, a las siguientes actividades:

  1. a) Comercio mayorista y comercio minorista de venta de mercaderías de rubros no esenciales. A los fines de la determinación de los rubros esenciales no alcanzados por la restricción se estará a lo dispuesto por los artículos 12 y 13 del Decreto de Necesidad y Urgencia DNU 714/20 del Poder Ejecutivo Nacional, al que la provincia adhiriera mediante Decreto N° 0927/20.
  2. b) Locales gastronómicos (bares, restaurantes, rotiserías, heladerías, y otros de venta de productos alimenticios elaborados); los que solo podrán permanecer abiertos durante las veinticuatro (24) horas del dia para brindar exclusivamente los servicios de envío a domicilio («delivery»), y hasta las veintidós (22:00) horas bajo la modalidad «para Ilevar» (también llamada «take away») con la dotación mínima de personal estrictamente necesario a esos fines.
  3. c) Apertura de shoppings y demás establecimientos comprendidos en el artículo 2° inciso e) apartado 4. de la Ley N° 12069.
  4. d) Actividades religiosas individuales y reuniones o ceremonias grupales, en iglesias, templos y lugares de culto, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de CuIto.
  5. e) Ejercicio de profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros; y excluidas las vinculadas al arte de curar, que continuaran funcionando como al presente

g Obras privadas que ocupen más de cinco (5) trabajadores, profesionales o contratistas de distintos oficios desarrollando tareas simultáneamente en el lugar y actividad inmobiliaria y mudanzas

  1. g) Actividades administrativas de sindicatos, entidades gremiales empresarias, cajas y colegios profesionales, administración de entidades deportivas, y la actividad administrativa y académica de universidades nacionales y privadas con sedes en el territorio provincial, incluidos los exámenes presenciales que hubieren sido autorizados.
  2. h) Práctica de actividades deportivas y físicas en instalaciones cerradas tales como clubes o gimnasios, o espacios públicos al aire libre. Quedan exceptuadas de la restricción las actividades de los deportistas olímpicos y profesionales que cuenten con habilitación para la práctica brindada por las autoridades nacionales.
  3. i) Apertura al público de los museos, bibliotecas y lugares recreativos de divulgación científica públicos o privados.
  4. j) Pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados, navegación recreativa y actividades de guarderías náuticas y clubes deportivos vinculados a las mismas.
  5. k) Actividad a distancia de artistas en salas de grabación y ensayo, preproducción, producción y postproducción de audios o audiovisuales.
  6. I) Enseñanza de expresiones y disciplinas artísticas en forma particular por un docente o artista en tal carácter, o integrado a un espacio colectivo, institución o establecimiento.

II)Actividad artística y artesanal a cielo abierto, en plazas, parques y paseos.

  1. m) Seivicios de peluquería, manicuría, cosmetología y podología.
  2. n) Actividad laboral de las empleadas y empleados de casas particulares, comprendidos en el régimen de la Ley N° 26844. Quedan excluidos de la restricción y en consecuencia habilitados para ejercer su actividad quienes se desempeñan como cuidadores de adultos mayores, y personas con discapacidad.

Respecto del apartado a) dejamos el link con el listado completo de actividades esenciales. https://www.argentina.gob.ar/coronavirus/aislamiento/exceptuados.

Asimismo, aclaramos que el decreto no contempla suspensión de actividades industriales ni bancarias, por lo que estas permanecen funcionando bajo los protocolos que se encuentran ya establecidos.

Si bien nuestra sede social se encuentra cerrada, la Federación Gremial del Comercio e Industria seguirá funcionando y atendiendo a sus asociados a través de los siguientes correos electrónicos: [email protected] o [email protected], también por la nueva línea de comunicación a través de WhatsApp +54 341 267-8817.

Adjuntamos el DECRETO NRO. 944: D0094420

BENEPLÁCITO POR LA MEDIA SANCIÓN DE LA ADHESIÓN PROVINCIAL A LA LEY DE ART

El Senado Provincial le dio media sanción al Proyecto enviado por el Ejecutivo.

Federación Gremial del Comercio e Industria expresa su beneplácito por la media sanción obtenida por el Proyecto de ley de Adhesión a las Modificaciones en el Régimen de Riesgos de Trabajo.

Es un importante paso para conseguir equidad competitiva entre las empresas de Santa Fe respecto del resto del país. Además, un importante beneficio a los trabajadores damnificados que encontrarán una rápida resolución a sus incidentes.

Agradecemos a todos los Senadores Provinciales que han sabido comprender la problemática que la falta de adhesión provoca en las Empresas Santafesinas. Especialmente queremos agradecer al Dr. Miguel Cappiello quien como Senador del Departamento Rosario se ha hecho eco de nuestras inquietudes y ha sido quien las ha trasladado al recinto.

Esperamos con ansias tenga un trámite rápido por la Cámara de Diputados de la Provincia con el objetivo no menor de ponernos a trabajar en la implementación de las Comisiones Médicas.

 

MEDIDAS ECONÓMICAS ANUNCIADAS POR EL GOBIERNO NACIONAL

 

APOYO PARA LAS PYMES

REGULARIZACIÓN DE DEUDA TRIBUTARIA VENCIDA HASTA EN 60 CUOTAS

Nuevo plan de pagos AFIP para regularizar deudas tributarias vencidas al 31 de enero de todos los contribuyentes. Incluye las deudas de los principales impuestos (IVA, Ganancias y Bienes Personales) como también las retenciones y percepciones impositivas.

El nuevo plan podrá regularizarse hasta en 60 cuotas (los anteriores llegaban a 48 cuotas) a una tasa de interés tope para las pymes del 2,5% mensual.

Podrán presentarse todos los planes que se deseen, sin límites y la primera cuota vencerá el 16 de septiembre de este año.

El resto de los contribuyentes también podrá tener una tasa del 2,5% mensual si realizan un pago inicial del 20% de su deuda.

MEJORES CONDICIONES PARA EL SECTOR COMERCIO

VENTA CON TARJETA DE CRÉDITO: se acorta el plazo en el que los comercios reciben el monto de la venta, pasando de 19 días a 10 días hábiles como máximo de efectuada la operación.

COMISIÓN POR DEPÓSITO EN EFECTIVO: se prohíbe el cobro de comisión por parte de los bancos a las pymes por recibir efectivo.

MENOS RETENCIONES A PYMES EXPORTADORAS

Se eliminan retenciones a aquellas pymes que exporten por encima de su promedio de exportaciones del año pasado. Solo aplicable a pymes exportadoras de menos de U$S 50 millones anuales.

 

SUSPENDEN AUMENTO DE TARIFA DE SERVICIOS PÚBLICOS

El Gobierno Nacional no dispondrá más aumentos de tarifas de electricidad, gas y transporte público para las familias en lo que resta de año. La suspensión solo alcanzará a los usuarios residenciales y se aplicará a las tarifas nacionales, excluyendo de la medida la decisión de las provincias y municipios sobre los servicios.

Se estima en $9.000 millones el Costo Fiscal del congelamiento, el cual será compensado a través de ahorro generado en otros rubros y mayor recaudación.

ELECTRICIDAD RESIDENCIAL

No habrá nuevos aumentos. Los dos tramos de aumentos que permanecían pendientes (4% para Mayo y 4% para Agosto) serán absorbidos por el Estado Nacional.

GAS

El aumento escalonado vigente desde abril del 10%, seguido del 9% en mayo y finalmente el 8% en junio serán los últimos incrementos programados del año.

TRANSPORTE Y PEAJES

No habrá más aumento en Colectivos, Trenes y Peajes dependientes del Gobierno Nacional para el resto del año. A su vez, operadoras de Telefonía Celular acordaron mantener sus precios por 5 meses.

 

NUEVO LLAMADO DE ProCreAr

Apertura de convocatoria a 10.000 nuevas familias para el acceso al Plan Procrear por el cual, el Estado aportará el 20% del valor de la vivienda (promedio $550.000) con un subsidio no reembolsable.

 

ACUERDO DE PRECIOS PARA PRODUCTOS DE LA CANASTA BÁSICA

Acuerdo con 16 empresas líderes para mantener el precio de 60 productos de la canasta básica por un período de tiempo de al menos 6 meses

En el acuerdo, las empresas se comprometen a asegurar disponibilidad de los productos en góndola en los 2.500 puntos de venta adheridos de todo el país y cuyo cumplimiento será fiscalizado por la Secretaría de Comercio Interior, con el apoyo de asociaciones de consumidores.

 

 

Nuevas categorías para ser PyME

 

  • El Ministerio de Producción y Trabajo publicó la actualización de topes para determinar qué empresas se encuadran dentro de la categoría PyME.
  • Además, la normativa busca simplificar trámites y mejorar el acceso a líneas de  financiamiento y beneficios con la opción de compartir datos a entidades públicas y privadas.

 

Buenos Aires, 15 abril de 2019.- A través de la Resolución 220/2019, la Secretaría de Emprendedores y PyMEs del Ministerio de Producción  y Trabajo publicó la nueva clasificación para determinar qué empresas se encuadran dentro de la categoría PyME.

 

Como Autoridad de Aplicación, la Secretaría se ocupa de revisar anualmente la definición de PyMEs a fin de actualizar los parámetros contemplados en la definición adoptada.

 

Respecto a la elevación del límite en la facturación anual se tomó en consideración las especificidades propias de los distintos sectores y la evolución reciente de los mismos. Para el sector de industria, por ejemplo, ahora se considera una microempresa la que facture en promedio durante los últimos  años hasta $21.990.000, una pequeña hasta $157.740.000; una mediana tramo 1 hasta $986.080.000 y una mediana tramo dos hasta $1.441.090.000.

 

Límites de ventas totales anuales expresados en pesos

 

 

 

Además de actualizar las categorías se incorporan estos nuevos parámetros:

 

  • Se agrega la opción de compartir datos a organismos privados, con el objetivo de facilitar el acceso a líneas especiales de financiamiento, simplificar trámites y propiciar la transparencia. Las PyMEs que no opten por compartir información no perderán los beneficios fiscales comprendidos en el Registro PyME.

 

  • Se simplifica y se agiliza el trámite de PyMEs integrantes de un grupo económico.

 

  • Se unifica el cuerpo normativo PyME con el agrupamiento de las resoluciones PyME, de Categorización y de Certificado PyME para facilitar el acceso y gestión.

 

Las empresas que se ubiquen dentro de estos nuevos parámetros, estarán en condiciones de acceder a los beneficios que brinda la Ley PyME como medidas de alivio en materia administrativa y fiscal.

 

Las PyMEs deben inscribirse por internet en el Registro PyME: www.produccion.gob.ar/pymes

 

 

 

 

Jornada de Consulta sobre Factura de Crédito AFIP.

La jornada se realizará el día martes 23/04 a las 14:30 en Córdoba 1868 (FECOI). La Actividad no tiene costo pero si requiere de una inscripción previa para poder concurrir.

Ademas, los invitamos a seguirnos en la capacitación virtual del miércoles 17 de abril a las 9.30 hs. a la que podrán registrarse con el siguiente link:

https://academiaproduccion.adobeconnect.com/euqhca5iiwjy/event/event_info.html

NOTA: El link de capacitación virtual tendrá acceso habilitado a partir del Miércoles 17/04 a las 9.30

 

 

En el caso de querer inscribirse directamente a la Jornada podrá hacerlo haciendo click AQUÍ.

 

Reunión con el Diputado Nacional del Frente Renovador por la Provincia de Santa Fe Alejandro Grandinetti.

El Presidente de la Federación Gremial del Comercio y la Industria, Ariel Dolce, se reunió con el Diputado Nacional del Frente Renovador por la Provincia de Santa Fe Alejandro Grandinetti.

 

El día Lunes 16 de Enero, el Presidente de FECOI mantuvo una charla con Alejandro grandinetti, donde los temas principales de la misma fueron sobre el impacto de las decisiones económicas del gobierno en el sector empresarial y comercial; El altísimo índice de inflación  con que finalizó el 2018 dejando así, en evidencia, que el camino elegido no funciona.

 

 

 

 

 

Mayor coparticipación mejora las finanzas provinciales

El aumento de la coparticipación federal de impuestos nacionales, fundamentalmente de IVA ligado al efecto suba de precios, fue el principal sostén de la recaudación provincial, acumulando en el trascurso del año un superávit de $2.945 millones

 

Las finanzas santafesinas registraron balance positivo en sus cuentas por Ingresos que crecen por encima del Gasto. Los Recursos Totales de Santa Fe acumularon una suba interanual del 30%, en tanto los Gastos Totales mostrando un crecimiento de 24%.

 

Los Recursos Totales de la provincia al finalizar el tercer trimestre del año sumaron $149.754 millones de pesos. La participación de los Ingresos Brutos en la recaudación propia de Santa Fe llegó al 78%, en tanto Sellos con el 12% fue el segundo tributo más importante por encima del Impuesto Inmobiliario.

 

La Coparticipación Nacional tuvo un incremento superior al 35%, en cambio los Ingresos Brutos solo acompañaron la corrección de precios y crecieron 29% en relación al año anterior.

 

Durante este período, los Gastos Totales de Santa Fe fueron de $146.809 millones, mostrando un crecimiento de 24%. Las Remuneraciones al personal, rubro que absorbe la mayor proporción del Gasto, se incrementaron 20% en línea con los acuerdos paritarios.

 

En tanto, los gastos destinados principalmente a Inversión y Obra Pública, continúan exhibiendo una mayor participación sobre el total. En este período, el ahorro primario de las cuentas públicas fue destinado a esa partida ($16.335 millones), representando el 11% de los gastos totales.

Federación Gremial Ampliará su capacidad de acción gremial con una nueva sede social

El nuevo edificio se ubicará a pocos metros de su sede histórica en la calle Rioja al 1800.

 

Federación Gremial del Comercio e Industria ampliará su capacidad en la prestación de servicios a sus asociados. La entidad ha iniciado un proyecto de rehabilitación de una casona de valor patrimonial de la Ciudad de Rosario sita en la Calle Rioja 1882. El Proyecto ya se encuentra aprobado por la Municipalidad de Rosario Expte. 40826/17, otorgándose oportunamente la viabilidad patrimonial.

El nuevo edificio estará destinado principalmente a uno de los servicios que la entidad empresaria más ha desarrollado en estos últimos años, la capacitación. La nueva sede contará con seis aulas totalmente equipadas y 3 salas de reuniones. El total del proyecto contará con 700 m2.

 

 

 

 

 

 

Ampliar Fachada INTERIOR 1

 

 

 

 

 

 

 

Ampliar Fachada INTERIOR 2

 

 

 

 

 

 

 

Ampliar Fachada INTERIOR 3

 

 

 

 

 

 

 

 

Ampliar FACHADA